Contexto Histórico
La Ilustración y las Revoluciones Burguesas
Hasta el siglo XVIII, la monarquía era absoluta, la sociedad estamental, la economía dirigida, la soberanía real y todo el poder recaía en el rey. Este sistema cambió con la llegada de las ideas ilustradas, que promovían un gobierno representativo del pueblo, una sociedad clasista, una economía libre (con la desaparición de los gremios), la soberanía popular y la división de poderes.
Estas ideas, impulsadas por los filósofos ilustrados, se materializaron gracias a las revoluciones burguesas. Comenzaron a manifestarse a partir de la Revolución Francesa (1789) y se extendieron mediante las conquistas de Napoleón.
España y la Invasión Francesa
En 1788, Carlos IV reinaba en España con Godoy como Primer Ministro. La condición plebeya de Godoy generaba descontento entre la nobleza y el clero. Godoy intentó implementar reformas, incluyendo la reducción del poder de estos estamentos. En este contexto, estalla la Revolución Francesa en 1789, con el objetivo de abolir la monarquía absoluta. Tras un periodo de enfrentamiento, España y Francia se aliaron.
En 1808, Godoy y Napoleón firmaron un acuerdo que permitía el paso de tropas francesas por España para conquistar Portugal. Godoy intentó trasladar a la familia real al sur para protegerlos de la posible amenaza francesa, pero la nobleza lo acusó de secuestrar a los reyes, lo que provocó el Motín de Aranjuez. En Bayona, Carlos IV abdicó en favor de José Bonaparte, hermano de Napoleón, quien reinó en España como José I. El rechazo de los españoles a José I desencadenó la Guerra de la Independencia. Los españoles obtuvieron una victoria en Bailén, forzando la retirada de José I a Francia. Napoleón respondió enviando sus mejores tropas y recuperando el control del reino para José I.
El Estatuto de Bayona (1808)
Con Napoleón afianzado en España, se promulgó el Estatuto de Bayona, una carta otorgada que buscaba abolir los privilegios, establecer impuestos para todos y suprimir los mayorazgos. Se implementó una forma de separación de poderes. El Estado se declaró confesionalmente católico, prohibiendo cualquier otra religión.
Las Cortes de Cádiz y la Constitución de 1812
Ante el rechazo a José I, los españoles se organizaron en juntas locales y provinciales, que luego formaron la Junta Suprema Central Gubernativa del Reino. Esta junta se trasladó a Cádiz, libre de la ocupación francesa, y se transformó en Regencia, convocando elecciones a Cortes en 1810. Aunque las Cortes debían contar con representantes de todas las provincias, algunas, como Galicia y Aragón, no pudieron enviar representantes, siendo sustituidos por burgueses de Cádiz.
Estas Cortes promulgaron la Constitución el 19 de marzo de 1812.
Análisis de la Constitución de 1812
Soberanía Nacional y Derechos Fundamentales
Los tres primeros artículos establecen el principio de soberanía nacional: el poder reside y emana del pueblo. El artículo cuarto establece la obligación del Estado de garantizar y proteger los derechos de la nación.
Religión
El Estado se define como confesional católico, prohibiendo otras religiones. Esto se explica por la influencia de los numerosos clérigos diputados en las Cortes, que presionaron para que la Constitución reconociera privilegios a la Iglesia Católica.
Monarquía Moderada y Separación de Poderes
El artículo 14 define al Estado como una monarquía moderada, reconociendo los principios de soberanía nacional y separación de poderes, característicos del pensamiento liberal.
Los artículos 15, 16 y 17 establecen los mecanismos para garantizar la separación de poderes. La potestad legislativa se comparte entre las Cortes y el rey, quien tenía un derecho a veto limitado a dos años y una iniciativa legal reducida. El poder ejecutivo también se comparte entre el rey y las Cortes. Finalmente, se establece la independencia del poder judicial, encomendando la aplicación de las leyes a los tribunales.
Otros Aspectos
La Inquisición fue abolida. El sufragio era universal e indirecto: los representantes elegían a los diputados, que debían tener recursos económicos.
Vigencia y Legado
La Constitución de 1812 fue muy avanzada para su época, excepto en el ámbito religioso. Estuvo vigente durante dos años solo en Cádiz, ya que el resto de la península estaba bajo el dominio de José I.
Fernando VII abolió la Constitución durante el Sexenio Absolutista (1814-1820). Fue reinstaurada durante el Trienio Liberal (1820-1823) y abolida nuevamente en la Década Ominosa (1823-1833).
Durante el reinado de Isabel II, se promulgó una nueva constitución en 1837, basada en la de 1812, que estuvo en vigor hasta 1840. La Constitución de 1812 sirvió como base para futuras constituciones, incluso en América.