Reinado de Isabel II y la Constitución de 1812: Regencias y Liberalismo en España

El Reinado de Isabel II (1833-1868)

Las Regencias

Durante la minoría de edad de Isabel II, se establecieron dos regencias:

  1. Regencia de María Cristina de Borbón (1833-1840):
    1. Gobierno de Cea Bermúdez: No era un verdadero liberal, sino un reformista dentro del Antiguo Régimen. Los liberales presionaron a la regente para su destitución y exigieron la educación liberal de Isabel II.
    2. Gobierno de Martínez de la Rosa: Liberal destacado del Trienio Liberal, redactor de la Constitución de Cádiz. En 1834, promovió el Estatuto Real, una carta otorgada con poder legislativo repartido entre el rey y una asamblea bicameral (Estamento de Próceres y Estamento de Procuradores).
    3. Gobierno de Mendizábal: Sin cambiar el Estatuto Real, inició una política más avanzada: aumento del censo electoral, creación de un ejército nacional liberal y desamortización de la propiedad de la Iglesia. La regente intentó destituirlo, lo que provocó un golpe de estado que confirmó el poder de Mendizábal. Se formó un gobierno provisional que convocó la Constitución de 1837, basada en la soberanía nacional y el poder legislativo compartido entre Cortes (bicamerales) y rey. Se reconocieron los derechos individuales, especialmente la libertad de expresión. La regente boicoteó el gobierno continuamente.
  2. Regencia de Espartero (1840-1843): Aplicó un liberalismo autoritario, continuó con las desamortizaciones, se recalcaron los fueros vasco-navarros y se adoptó una política de libre mercado que perjudicó a la industria textil catalana. Las protestas en Barcelona fueron respondidas con un bombardeo, lo que provocó la reacción de generales moderados que derrocaron a Espartero y proclamaron a Isabel II mayor de edad con 13 años.

La Constitución de 1876

  • Soberanía compartida entre el rey y las Cortes.
  • Administración centralista.
  • Sistema bicameral: Congreso de Diputados y Senado oligárquico.
  • Libertades individuales (opinión y prensa) limitadas con conservadores y ampliadas con progresistas.
  • Estado confesional católico.

Los partidos de Cánovas y Sagasta se alternaron en el poder.

Las Cortes de Cádiz y la Constitución de 1812

En 1808, surgió un nuevo poder popular que rechazó a José I. Las Juntas Provinciales eligieron una Junta Suprema Central que se transformó en Consejo de Regencia y convocó elecciones para una cámara de diputados que redactara una constitución. Los diputados, en su mayoría de clase media e inspirados en la Revolución Francesa, defendían la separación de poderes, la soberanía nacional, el control del poder del rey y la garantía de derechos y libertades.

La Constitución de 1812 «La Pep»)

  • Primera constitución española, larga, detallada y progresista.
  • Soberanía nacional.
  • División de poderes.
  • Voto indirecto.
  • Libertades individuales (imprenta, educación y propiedad).
  • Igualdad ante la ley.
  • Supresión de fueros.
  • Milicia nacional.
  • Fiscalidad progresiva.
  • Libertad de opinión y prensa.
  • Religión católica, supresión de la Inquisición.

Además, se redactaron reglas para una profunda reforma económica y social: libertad de contratación, supresión del régimen señorial y la tortura, e inicio de desamortizaciones.

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