La formación del Estado Español: Repoblación en la Edad Media

Observa la imagen y explica en qué consistió la Unión Dinástica aplicada a Castilla y Aragón en tiempos de los Reyes Católicos y define las características del nuevo Estado.

Se denomina repoblación al proceso de ocupación del territorio conquistado a los musulmanes por los reinos cristianos del Norte, y su puesta en explotación por población cristiana, proveniente del norte peninsular y, en menor medida, de Europa. La amplitud del fenómeno repoblador, tanto en su extensión espacial como en su duración temporal, provocó formas distintas de ocupación y reparto de la propiedad, dependiendo del espacio y del momento en el que se efectuó, y tendrá importantes consecuencias sociales y económicas en los reinos cristianos peninsulares.

Fueron cuatro los principales modelos de repoblación:

Por presura (siglos VIII a XI)

Los monjes y hombres libres se asientan en las tierras yermas del norte del valle del Duero y del bajo Pirineo. La repoblación está dirigida por la monarquía a través de nobles y monasterios, sobre todo, que crean los primeros latifundios, pero también por hombres libres a los que se ofrecen tierras de cultivo individuales. La tradición germánica atribuía al monarca la posesión de toda la tierra yerma. El rey podía autorizar a sus súbditos para que ocupasen parte de esas tierras. Bastaba que un grupo de repobladores buscase una zona con agua para asentarse y poner en explotación terrenos vacíos. Los colonos, organizados en aldeas rurales, procedían a la presura, es decir, a la ocupación y puesta en cultivo de la tierra, tal como establecía el derecho romano. El asentamiento de nuevos pobladores en todas estas regiones originó la existencia de una masa de hombres libres, dispuestos a defender sus tierras contra los musulmanes. El resultado fue un predominio de la pequeña y mediana propiedad. Con esta estructura surge un campesinado libre, si bien en periodos posteriores (proceso de señorialización en el siglo XIV) acabarán convirtiéndose en vasallos.

Concejil (siglo XII)

Durante el siglo XII se repoblaron muchos núcleos urbanos, denominados concejos, en toda la península, bien de nueva planta, bien por ocupación a los musulmanes, durante la segunda mitad del siglo XI y primera del XII. Surgen los grandes concejos preferentemente entre los ríos Duero y Tajo, y en el valle del Ebro. Los monarcas concedieron amplios conjuntos de normas que regulan todos los aspectos de la vida municipal a los repobladores que se concentraron en estos amplios términos municipales. A estas ciudades acuden hombres libres, nobles, sobre todo caballeros, etc.

A cambio, los concejos se comprometen a armar milicias concejiles para el ejército del Rey. Al lado de la repoblación de las ciudades se produjo una repoblación aldeana, con núcleos compuestos de unos diez vecinos. A los nuevos pobladores asentados en el alfoz se les concedía un solar y tierras de cultivo que al cabo de unos años pasaban a ser de su propiedad; asimismo, podían disfrutar de tierras y bienes comunales. La estructura de la propiedad resultante se caracterizaba por el predominio de la propiedad mediana libre y la abundancia de tierras comunales. En el ámbito social aparece una realidad urbana compleja donde la burguesía adquiere una gran relevancia.

De las Órdenes Militares (mediados del siglo XII-principios del s. XIII)

Estas órdenes actuaron en la cuenca del Guadiana medio, y en la de los ríos Guadalope (afluente del Ebro) y Guadalaviar o Turia. Las Órdenes Militares eran una especie de hermandades de caballeros-monjes cuya misión era combatir a los musulmanes. En este periodo, la repoblación de los territorios conquistados es encomendada a las órdenes militares. Las más conocidas fueron la de Calatrava en Castilla, la de Alcántara y Santiago en León y la de Montesa en la Corona de Aragón. Se formaron grandes latifundios propiedad de estas órdenes, donde tuvieron a su cargo numerosos campesinos vasallos. La propiedad, por tanto, fue a parar a manos de la alta nobleza, desapareciendo los campesinos libres. Las estructuras de la propiedad fueron, entonces, los latifundios, dedicados a la explotación ganadera, solución más idónea para una zona rica en espacio y, a la vez, escasa en mano de obra.

Por repartimientos (s. XIII)

Así se repuebla Andalucía, Extremadura, Murcia y una parte de Valencia. La repoblación continúa el sistema de los grandes latifundios, surgiendo las grandes posesiones nobiliarias tanto laicas como eclesiásticas. Las nuevas tierras conquistadas se dividían mediante el sistema de repartimientos, lo que significa que las tierras e inmuebles arrebatados a los musulmanes fueron entregados por los reyes a quienes participaron en la conquista. Se configuró así un tipo de propiedad de grandes terratenientes y medianos propietarios de tierra cuyo tamaño y valor estaban en función del rango social de quien los recibía. La estructura de la propiedad fue similar a la fase anterior. En la tercera y cuarta fase aparecen las relaciones de dependencia personal (vasallaje) típicas del modelo social feudal.

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