1. La Estructura de la Propiedad en el Antiguo Régimen
En la España del Antiguo Régimen, la propiedad de la tierra se caracterizaba por estar amortizada, es decir, no se podía vender, ni traspasar, ni enajenar. La tierra era, en este sentido, comunal, no privada.
- Nobleza: Gracias a la institución del mayorazgo, no podía vender ni dividir sus propiedades, que debían ser transmitidas íntegras al primogénito. Además, ejercían jurisdicción sobre los llamados señoríos jurisdiccionales.
- Clero: Poseía tierras por donaciones recibidas durante la Reconquista. Estas tierras estaban inmovilizadas y se consideraban de “manos muertas”.
- Ayuntamientos: Se mantenían con dos tipos de bienes:
- Bienes de propios: Parcelas sorteadas entre los campesinos.
- Bienes comunales.
Como resultado, las tierras a las que podía acceder el campesino disminuyeron y se encarecieron. El campo español se fue vaciando, provocando una despoblación. El problema esencial, sin embargo, seguía siendo el bajo rendimiento agrícola debido al atraso técnico, ya que todavía se trabajaba con el arado romano y se cultivaba con el sistema de año y medio. A esto se sumaban las antiguas leyes que prohibían cercar fincas, favoreciendo a la asociación de ganaderos (la Mesta), y reglamentaciones que limitaban la comercialización de determinados productos.
2. El Cambio del Sistema Señorial al Liberal y Capitalista
Durante la España liberal, existía una contradicción entre la estructura tradicional de la propiedad del suelo y la necesidad de liberalizar las tierras en una sociedad capitalista. La liberalización de la propiedad permitía a los propietarios vender y adquirir tierras libremente, lo que fue crucial para el Estado liberal. Esto aumentó la capacidad recaudatoria del Estado y amplió su base social, beneficiando principalmente a la clase media-alta.
El objetivo de los liberales era convertir una sociedad estamental en una capitalista y privada. Para ello, la propiedad tenía que ser individual, libre (quitarla de estar amortizada) y plena.
Se abolieron los señoríos de los nobles, los derechos jurisdiccionales, el diezmo, los privilegios de la Mesta y se avanzó hacia la consolidación de la propiedad privada. A los nobles solo se les prohibió el mayorazgo.
Sin embargo, la desamortización fue la medida adoptada por el régimen liberal que causó mayor impacto en la economía española del siglo XIX. No persiguió una reforma agraria como reclamaban los ilustrados, sino la solución de la insostenible situación de la penuria de la Hacienda pública.
La desamortización consistió en desvincular dichas tierras de sus propietarios a través de su incautación por parte del Estado (expropiación forzosa) de tierras comunales, ya fuera de la Iglesia o de municipios, para posteriormente ser vendidas en pública subasta, convirtiéndose en propiedad privada.
3. Las Etapas de la Desamortización
3.1. La Desamortización Eclesiástica en el Reinado de Carlos IV
Ya desde el reinado de Carlos III, los ilustrados criticaron la existencia de bienes amortizados (vinculados) de la Iglesia, la nobleza y los ayuntamientos, pues la consideraban la causa principal del estancamiento agrario, e incluso sugerían su supresión. Pero la Corona se opuso, al igual que la nobleza y la Iglesia.
Godoy se vio obligado a iniciar la desamortización de 1798. Un decreto de Carlos IV puso en marcha la primera desamortización de los bienes de la Iglesia, dedicando el importe a la amortización de deuda. Se vendieron bienes por un valor de 1600 millones de reales (una sexta parte de la propiedad eclesiástica), pero solo sirvió para reforzar la estructura agraria existente.
3.2. La Guerra de la Independencia (1808-1814)
Durante la Guerra de la Independencia, tanto el gobierno bonapartista de José I como las Cortes de Cádiz realizaron una legislación paralela y crearon el decreto de Supresión de los Señoríos Jurisdiccionales en las Cortes de Cádiz, pero no pudo llevarse a cabo por la vuelta de Fernando VII.
3.3. Trienio Liberal
En el Trienio Liberal (1820-1823) volvieron a entrar en vigor las decisiones de las Cortes de Cádiz, y en 1822 una parte de los bienes de conventos fueron vendidos. Sin embargo, al año siguiente retornó el régimen absolutista y Fernando VII obligó a restituir los bienes vendidos.
3.4. La Desamortización de Mendizábal
En 1836, se estableció definitivamente la Ley de Desvinculación de Mayorazgos. Hubo pleitos entre los campesinos y los señores por la propiedad. La inhibición del gobierno hizo que las decisiones las tomaran los tribunales. Los nobles se convirtieron en terratenientes.
Ese mismo año apareció el nuevo estatuto de la propiedad agraria, aprobándose leyes sobre el pleno derecho a disponer de la tierra.
A partir de 1836, se realizó la desamortización eclesiástica de Mendizábal, es decir, la expropiación de órdenes regulares, nacionalizándose las tierras. El objetivo de Mendizábal era solucionar los problemas de Hacienda subastando las tierras expropiadas.
3.5. La Desamortización Civil de Pascual Madoz
En 1855 se realizó la desamortización general de Pascual Madoz, que afectaba a la totalidad de los bienes pertenecientes al Estado, a los municipios, al clero secular y a otras instituciones. Esta desamortización afectaba sobre todo al clero secular y a los bienes municipales (comunes y propios). La venta de los bienes eclesiásticos provocó la ruptura de relaciones con la Iglesia después del Concordato de 1851. La ley de 1855 autorizaba la venta de bienes propios, pero fue aprovechada por muchos ayuntamientos para vender también los bienes comunales, con grave perjuicio para los ciudadanos y para los campesinos más pobres, que ya no dispondrían de su aprovechamiento.
4. Los Efectos de la Desamortización
Efectos Económicos
- Se favoreció la expansión de la superficie cultivada de cereal, pero también estuvo acompañada de un efecto negativo: la deforestación.
- En 1855 se insistió en la necesidad de evitar todos los daños. Hubo mejoras en los precios, transportes y abastecimientos del mercado interno de trigo, adquiriendo una gran importancia las exportaciones de trigo y harina.
- También fue importante la gran expansión de la vid (ayudada por la plaga de la filoxera en Francia). Se extendió por La Rioja y parte de La Mancha.
- Se acrecentó la concentración de la tierra en pocas manos. Se perfiló así el mapa de los grandes latifundios en Andalucía, La Mancha y Extremadura, y los minifundios en el norte peninsular.
- La desamortización consiguió frenar parte de la deuda de la Hacienda pública, pero no se obtuvieron los resultados financieros que se esperaban.
- Se sustituyó la propiedad feudal por la propiedad privada.
Efectos Sociales
- No consiguió crear una amplia clase media agraria (no fue una reforma agraria). Los principales beneficiarios no fueron los antiguos trabajadores de la tierra.
- Los efectos fueron más importantes en la consolidación de las clases medias urbanas.
- Los principales compradores y beneficiarios de la desamortización fueron la clase alta y la clase media urbana.
- El mayor efecto fue para el clero, ya que hubo una gran disminución numérica del clero regular.
- Aumentó enormemente el número de jornaleros, que vieron rebajados sus salarios y empeoraron sus condiciones de vida.
- Se empobrecieron los ayuntamientos debido a la privatización de las tierras.
Efectos Políticos
- Se creó una masa de adheridos a la causa liberal; se impuso el liberalismo.
- Con los “Progresistas” se impuso la desamortización; con los “Moderados” se frenó, y con la “Unión Liberal” continuó, pero llegando a un acuerdo con la Iglesia.
Efectos Urbanísticos
- Se transformó la fisonomía de las ciudades.
La desamortización se convirtió en una frustrada reforma agraria que hizo más mísera la condición del campesino y creó, al mismo tiempo, una oligarquía agraria.