Principios y Repercusiones de la Constitución Española de 1812

Principios Fundamentales de la Constitución de 1812

Soberanía Nacional

La Constitución de 1812 afirma que la soberanía «reside esencialmente en la Nación» (art. 3). Según este principio liberal, el poder político pertenecía a la nación en su conjunto, aunque su ejercicio era delegado en los representantes elegidos en votación por los ciudadanos. Este es un punto fundamental, ya que significa el fin del Antiguo Régimen.

División de Poderes

Se declara el Estado como una “monarquía moderna hereditaria” y se separan los tres poderes. El poder legislativo fue confiado a unas Cortes unicamerales, y el gobierno asumió el ejercicio del poder ejecutivo, mientras que el poder judicial quedó depositado en los tribunales. De este modo, se puso fin a la anterior acumulación de poderes en manos del rey.

Sistema Político Parlamentario y Representativo

La representación nacional reside en las Cortes, que son unicamerales y elegidas por sufragio universal indirecto de los varones mayores de 25 años. Los diputados deberán ser españoles y serán elegibles quienes tributen a la Hacienda una determinada cantidad (elegibilidad censitaria). Las Cortes se reúnen automáticamente durante un mínimo de tres meses al año, a partir del 1 de marzo, tienen un mandato de dos años y los diputados gozan de inviolabilidad en el ejercicio de su cargo.

Reorganización del Ejército

La Constitución establece un Ejército permanente, cuyos efectivos, ordenanzas y dotación serán regulados por las Cortes, en cuanto dependen del erario público. También se remodelaron las fuerzas armadas y se redefinieron sus funciones.

Religión

Respecto a la religión, se recoge explícitamente la confesionalidad y exclusividad de la religión católica.

Participación Ciudadana y Derechos Individuales

  • Participación de los ciudadanos en las decisiones políticas: Según las normas electorales contenidas en el articulado constitucional, los diputados actuaban en representación de todos los ciudadanos españoles, quienes debían elegirlos mediante un complicado procedimiento por sufragio universal indirecto en cuarto grado.
  • Igualdad de todos los ciudadanos ante la ley: Se considera iguales a los españoles de ambos hemisferios, aunque en la práctica no se reconocerán a aquellos descendientes de mezclas étnicas. Significó el fin de las diferencias estamentales y de los privilegios fiscales, militares y jurídicos que habían beneficiado a los nobles durante siglos.
  • Afirmación de los derechos y libertades individuales.

Los seculares Consejos desaparecen, excepto el Consejo de Estado, único del rey, cuya principal función sería la de asesorar al monarca en las escasas decisiones que le permitía la ley.

El Regreso de Fernando VII y la Restauración Absolutista

Aunque por el Tratado de Valençay (11 de diciembre de 1813) Napoleón devolvía la Corona española a Fernando VII, el Rey sólo fue liberado y pudo regresar al país el 22 de marzo de 1814. Dicho tratado no fue reconocido por las Cortes.

Las Cortes, que se habían trasladado a Madrid, habían dictado órdenes confidenciales con el fin de garantizar su viaje directo a la capital para jurar la Constitución, ante los indicios de que pudiera negarse. Pero las instrucciones de las Cortes fueron desobedecidas.

Fernando VII se traslada a Valencia, donde recibe el «Manifiesto de los Persas», un escrito redactado por diputados de corte absolutista, y el 4 de mayo, tras ser recibido por el general Elio, dictó un Real Decreto por el que suprimía las Cortes, declaraba nula toda su actuación y, por consiguiente, abolía la Constitución y toda la legislación realizada por la Cámara.

El golpe de Estado había sido posible gracias al apoyo recibido por el Rey de parte del ejército, con Elio a la cabeza, de la nobleza y del clero reaccionarios y, también, de un pueblo llano que creyó firmemente en la voluntad real, y que por tanto apoyó las medidas reaccionarias al grito de «¡Viva el Rey! ¡Muera la Constitución!». Se reclamaba la vuelta al sistema del Antiguo Régimen y a la situación de partida de 1808, y se defendía la Alianza del altar y del trono.

El decreto del 4 de mayo eliminó la soberanía nacional y la institución que la representaba, las Cortes constitucionales.

El golpe de Estado de mayo de 1814 no es un hecho aislado en Europa, sino que se inscribe en un proceso general de restauración del Antiguo Régimen en todas las monarquías del continente.

Reacciones de los Liberales

La dureza de la reacción absolutista obligó a los liberales a decidir entre:

  1. Marchar al exilio: Esta fue la actitud de millares de liberales, e incluso de los afrancesados, mucho más moderados que aquellos.
  2. Pasar a la clandestinidad: Así obraron quienes eran conscientes del peligro de la represión y del escaso apoyo popular con que contaba el liberalismo. Por esto pensaron que el triunfo de sus ideas dependía de la actitud del ejército.
  3. El atentado político: Aunque es menos conocido este aspecto, tampoco faltaron los intentos de imponer la solución liberal eliminando al principal obstáculo: Fernando VII. En 1816 tuvo lugar un intento de asesinato del Rey en un burdel de Madrid.
  4. Ganarse el aprecio del nuevo régimen: Este fue el caso de quienes intentaron lavar su imagen para hacerse perdonar el papel desempeñado durante la guerra, o su colaboración o simpatía con José I Bonaparte.

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