Desamortización de Mendizábal y Manifiesto de Cádiz: Claves del Siglo XIX Español

Desamortización de Mendizábal

Análisis del texto

[Clasificación] Texto histórico que recoge algunos fragmentos del Decreto firmado por Juan Álvarez Mendizábal, ministro de Hacienda y presidente del gobierno progresista, por el que se pone en pública subasta un conjunto de bienes inmuebles que han sido desvinculados y expropiados por el Estado a las órdenes religiosas. Se trata del preámbulo del Decreto de Desamortización. Es un documento jurídico, fuente primaria, de naturaleza económico social, va dirigido a la Reina Gobernadora, María Cristina, que actúa como regente de su hija Isabel II, para su aprobación. El documento es oficial y público. Fue dado en Madrid el 21 de diciembre (19 de diciembre) de 1836 y publicado el 21 de febrero de 1936 en la Gaceta de Madrid.

[Análisis de contenido] En el texto aparecen las siguientes ideas: El preámbulo de este Decreto es una exposición de argumentos y justificación del interés nacional de poner a la venta los bienes nacionalizados por el Estado en base a objetivos económicos y políticos, los cuales responden al concepto de propiedad del liberalismo. Entre los económicos uno de los fines es sanear la Hacienda Pública, fuertemente endeudada, entregando la venta de esos bienes a cambio de los títulos de Deuda. Otro de los objetivos económicos es convertir esos bienes que constituyen una “riqueza muerta” en propiedad privada mercantilizada que permita aumentar su capitalización y productividad y desobstruyendo “los canales de la industria y de la circulación”. Un objetivo político: ganar apoyos -“nuevos y fuertes vínculos”– para el nuevo régimen liberal, representado en la reina niña Isabel II, a la que se menciona en el documento, que representa la nueva sociedad liberal como “símbolo de orden y libertad”. Estos apoyos estarían constituidos por esa “copiosa familia de propietarios” que surgirían del producto de la “venta de esos bienes adquiridos ya para la nación”.

Definiciones:

Deuda nacional: se refiere a los compromisos económicos contraídos por el Estado para hacer frente al aumento creciente de gastos. El origen de la deuda está en la falta de ingresos como consecuencia de una política fiscal que exime del pago de impuestos a los sectores más ricos y no logra aumentar la recaudación. La deuda se concreta en créditos bancarios y títulos de deuda pública, cuya amortización e intereses hacen que crezca constantemente a lo largo del siglo XIX, convirtiéndose en el principal problema económico del Estado.

Riqueza muerta: esta expresión hace alusión a las tierras y bienes inmuebles que tenían la condición de amortizados y, por tanto, no se podían vender. Generalmente son propiedades de la iglesia católica, pero también algunas de los ayuntamientos, de la nobleza o de la casa real. En muchos casos no estaban explotados por sus dueños o lo eran de forma muy deficiente.

Isabel II: reina de España de 1833 a 1868. Su llegada al trono provocó la Primera Guerra Carlista, al no aceptarla los absolutistas partidarios de don Carlos. Durante su reinado se consolidó la revolución liberal, tanto en el plano político (fin del Antiguo Régimen, constituciones, sistema de partidos, etc.), como en el económico (privatización de la tierra, inicio de la industrialización, implantación del capitalismo, etc.). Los problemas políticos y económicos, además de la corrupción generada por las “camarillas” de las que se rodeó, provocaron una revolución (“La Gloriosa”) que forzó su exilio.

Manifiesto de Cádiz

Análisis

[Clasificación] Fuente primaria, documento histórico de carácter político que llama al pueblo español a un movimiento insurreccional contra el gobierno moderado de Madrid y la monarquía de Isabel II, iniciando así la etapa conocida como Sexenio Revolucionario (1868-1874). El autor es colectivo: Prim, Serrano, Topete y otros militares que se ponen al frente de la insurrección. El Manifiesto fue proclamado el 19 de septiembre de 1868, iniciando una revolución que se conoce como la Gloriosa. Su finalidad es de carácter público, dirigido a todos los españoles y de ámbito nacional.

[Análisis del contenido] En el documento se pueden diferenciar varias partes. En las tres primeras líneas plantean el hecho de la insurrección contra el gobierno de Madrid destacando que son leales “interpretes de todos los ciudadanos”. A continuación, desde “Hollada la ley fundamental” hasta “ Tal es la España de hoy” se exponen las razones que condujeron al levantamiento armado y que describen la situación del país. Se aluden motivos políticos (incumplimiento de la Constitución de 1845, restricción y corrupción del sufragio, falta de autonomía local), sociales (falta de libertad de prensa y de la enseñanza) y económicos relacionados con la situación de corrupción (agio) de la Administración y la Hacienda protagonizado por los “favoritos” que rodean a la Reina. La siguiente parte (“Desde queremos…”) los sublevados proponen los objetivos que, con el fin de conseguir la regeneración política y social, pretende llevar a cabo el nuevo gobierno provisional: la redacción de una nueva Constitución, que aúne todas las “fuerzas vivas” sobre la base del sufragio universal y el respeto a la legalidad y las libertades individuales. En las siguientes líneas (Desde “contamos…” hasta “con el pueblo todo”) exponen el conjunto de grupos y fuerzas que apoyan la revolución: todos los sectores liberales, las clases acomodadas, militares, clero y del pueblo en general. Finalmente, se pide a todos los españoles que acudan a las armas para lograr estos propósitos.

Definiciones

Constitución. Ley fundamental que regula la organización y el funcionamiento de los poderes y las instituciones del Estado, así como su relación con los ciudadanos. Establece también los derechos y libertades básicos. Sus principios son superiores a todas las demás normas legales. Son un fenómeno político moderno que surge a partir de las revoluciones burguesas. Las actuales emanan de la soberanía popular ejercida a través de sus representantes en las Cortes.

Sufragio universal: reconocimiento del derecho al voto a todos los ciudadanos sin más limitaciones que los requisitos de edad y nacionalidad. En España no se concedió el sufragio universal masculino hasta 1869 (rescatado de nuevo en la ley electoral de 1891) y el femenino hasta 1931.

Liberales: Partidarios del liberalismo, doctrina económica, social y política surgida a finales del siglo XVIII. Se basa en la libertad individual como máxima aspiración social. En el terreno político afirma los derechos fundamentales del individuo, la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley, la defensa de la propiedad privada, la separación de poderes y la soberanía nacional, todo ello reconocido en una constitución. Los liberales defienden en lo económico la propiedad privada individual y la libertad de empresa garantizada a través de las leyes del mercado (oferta y demanda), teoría que planteó Adam Smith.

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