1. PRINCIPIOS DEL LIBERALISMO
Uno de los principios supremos defendido por las doctrinas liberales es que el objetivo prioritario del ser humano es alcanzar la felicidad, para lo cual se considera imprescindible gozar de unas condiciones materiales de vida adecuadas. Por ello la posesión de unos bienes que aseguren la estabilidad material presente y que garanticen el sustento en el futuro se convierte en algo estrictamente necesario. Para lograr este objetivo habría que librar el camino de los obstáculos que dificulten la marcha, garantizando un contexto de libertades que permita a las personas buscar y hallar la felicidad, usando para ello los medios que se estimen convenientes. Un estado liberal debe amparar, proteger y alentar a los ciudadanos para que prosperen, por lo que entre sus funciones fundamentales estará la de garantizar la propiedad privada y un sistema de libertades. Por estos motivos, libertad y propiedad son para los liberales derechos naturales del hombre. De acuerdo con estos razonamientos, la revolución liberal burguesa actuó sobre el sistema de tenencia y propiedad de la tierra propios del Antiguo Régimen, gran obstáculo para la puesta en práctica de la teoría liberal.
2. CONCEPTOS GENERALES
En el Antiguo Régimen gran parte de la tierra era propiedad de manos muertas y no se podía vender, permutar o transferir en forma alguna, es decir, estaba fuera del mercado. Tanto la nobleza como la Iglesia explotaba sus propiedades mediante el sistema señorial. Pero hubo que esperar al Siglo XIX para que se produjeran verdaderos cambios en el sistema de propiedad y tenencia de la tierra. Para ello fue necesario actuar en dos frentes: desvinculando los bienes de la nobleza y convirtiendo a los nobles en propietarios; y desamortizando los bienes eclesiásticos y municipales. Los titulares de usufructuarios a propietarios, pudiendo de este modo vender libremente sus posesiones. Para poner en marcha las desvinculaciones fue necesario: – Abolir los señoríos. Este quedaba como usufructuario, por lo que no podía vender bienes heredados debía transmitirlos igualmente íntegros a sus herederos. – Convertir la tierra en propiedad particular y libre. A través de la desamortización el estado nacionalizaba los bienes, eclesiásticos o civiles (de los municipios), para su posterior venta en subasta pública. En un proceso desamortizador se pueden distinguir, grosso modo, varios pasos: 1. En primer lugar se promulgan leyes para desvincular los bienes nobiliarios y desamortizar los bienes eclesiásticos y municipales. A continuación son convertidos en bienes nacionales, dejando de este modo de estar en manos muertas (fuera del mercado) para convertirse en bienes susceptibles de ser vendidos en el mercado. Finalmente esos bienes salen a la venta en subasta pública.
Los motivos que se adujeron para justificar la puesta en marcha de las desamortizaciones hacían hincapié en que con ellas aumentaría el número de propietarios y que estos trabajarían sus tierras con la intención de prosperar económicamente. Los beneficios obtenidos por el Estado español a través de las desamortizaciones fueron destinados principalmente a disminuir la dilatada deuda pública, a financiar la Guerra Carlista y a construir la estructura del nuevo Estado liberal burgués.
3. EL PROCESO DESAMORTIZADOR EN ESPAÑA
Las desamortizaciones se desarrollaron en el tiempo de manera discontinua. Los principales procesos desamortizadores fueron:
– Desamortización de Godoy, ministro de Carlos IV (1798) – Desamortización de José I y de las Cortes de Cádiz (1811-1813) – Desamortización del Trienio Liberal (1820-1823) –
Desamortización de Mendizábal (1836-1851) –
Desamortización de Madoz (1855-1924) Una de las primeras desamortizaciones eclesiásticas se llevó a cabo en tiempos de Carlos IV, hacia 1798. El estado obtuvo permiso de la Santa Sede para expropiar y vender los bienes de los jesuitas y de obras pías (hospicios y beneficencias). Las desamortizaciones posteriores fueron las más importantes, debido al gran volumen de bienes que se vieron afectados y por la transcendencia que tuvieron.
3.1. Desamortización de Mendizábal (1836)
También denominada eclesiástica, debido al importante volumen de bienes pertenecientes a la Iglesia a los que afectó. Mendizábal actuó durante el Bienio Progresista (1835-1837), primero como primer ministro, más tarde como ministro de Hacienda. Estos motivos legitimaron la promulgación del Decreto desamortizador de Febrero de 1836, obra de Mendizábal, a través del que se ponían en venta todos los bienes del clero regular (frailes y monjas). Al año siguiente, en 1837, otra ley amplió los bienes afectados a los del clero secular. La puesta en marcha de este proceso provocó la ruptura de las relaciones diplomáticas entre el gobierno de España y Roma. El campesinado no tuvo por lo general capacidad económica para participar en las compras.
3.2. Desamortización de Madoz (1855)
A través de la Ley de Desamortización general, de 1 de Mayo de 1855, se pusieron en venta los bienes eclesiásticos que no habían sido afectados en la etapa desamortizadora anterior, así como los bienes de los pueblos, los denominados bienes de propios, con cuyo arrendamiento se sufragaban los gastos de los concejos, y los bienes comunales o baldíos, que eran aprovechados libremente por los vecinos y que por lo tanto constituían una parte bastante importante de las economías domésticas campesinas. Sólo se aceptó el pago en metálico. Al pagarse los bienes por su valor real, dejó de constituir un negocio tan atractivo y rentable como fue la anterior desamortización, por lo que la burguésía no mostró tanto interés. El campesinado participó en mayor medida en las compras, al menos en las zonas centro y norte peninsular.
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CONSECUENCIAS DEL PROCESO DESAMORTIZADOR
La tierra no quedó repartida de manera equitativa. El objetivo no era llevar a cabo una reforma agraria y social, sino recaudar dinero para respaldar los planes del Estado. Fue este el origen del grave problema conocido como el hambre de tierras. La estructura de la propiedad preexistente se consolidó e incluso salíó fortalecida.
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TRANSFORMACIONES AGRARIAS Y DESAMORTIZACIÓN EN ANDALUCÍA
Las desvinculaciones no supusieron una modificación de la estructura económica vigente hasta entonces. Los viejos señores se convirtieron en propietarios, aumentando incluso sus patrimonios con la compra de los bienes de propios, comunales o baldíos y eclesiásticos. La estructura de la propiedad preexistente salíó refortalecida. El latifundismo jugaba un papel importante en Andalucía, aunque la estructura de la propiedad mayoritaria variaba regionalmente: – En la Baja Andalucía (Campiñas de Sevilla, Córdoba y Cádiz) se consolidó el latifundismo. Se aprecia, grosso modo, una clara continuidad en de tipos de cultivos y técnicas empleadas. El buen funcionamiento de este sistema hacía innecesario su cambio. Los cambios comenzarían a ser demandados por el proletariado