Eje cronológico historia de España desde Carlos IV a la Guerra Civil

TEMA 7: LAS CORTES DE CÁDIZ. LA CONSTITUCIÓN DE 1812


El inicio de la Guerra de la Independencia el 2 de Mayo de 1808 marca el comienzo de la Historia Contemporánea de España. No solo fue un levantamiento contra los franceses, también fue una revolución para acabar con el Antiguo Régimen. Ante la situación creada por la abdicación borbónica, se produce un vacío de poder real, es el momento en que una parte del país se rebela contra los franceses. Fue entonces, tras el levantamiento del 2 de Mayo de 1808, cuando los españoles asumieron la soberanía nacional y formaron sus propios métodos de gobierno, rompiendo así con el Antiguo Régimen. Se une así a la Guerra de la independencia un proceso revolucionario que llevaría a la creación de nuevos métodos de poder como la Junta Central, que convocaría Cortes Generales. Sus representantes, elegidos por sufragio universal y reunidos en la ciudad de Cádiz, aprobarían la Constitución de 1812 base jurídica del nuevo estado liberal que se estaba formando en España.

Las Cortes de Cádiz

A la vez  que una parte de la sociedad española se enfrentaba a los franceses, un sector de ilustrados pretendía implantar en España las mismas ideas que en Francia habían supuesto una verdadera revolución burguesa. Fue entonces, tras el levantamiento del 2 de Mayo de 1808, cuando los españoles asumieron la soberanía nacional y formaron sus propios métodos de gobierno, rompiendo así con el Antiguo Régimen. En los territorios donde triunfaron los rebeldes antifranceses se crearon las juntas locales como nuevos métodos de poder. La necesidad de coordinación entre las diferentes juntas provinciales propició la creación de una Junta Suprema Central que dirigíó la Guerra contra los franceses y asumíó el gobierno del país en las zonas no ocupadas. Fruto de esta nueva situación, la Junta Central convocó reuníón de Cortes extraordinarias en Cádiz, acto que iniciaba el proceso revolucionario. En este contexto de guerra y aislamiento de Cádiz se convocaron Cortes Generales y Extraordinarias, cuyos representantes no serían elegidos por estamentos del Antiguo Régimen, sino que los diputados, elegidos por sufragio universal, fueron considerados depositarios de la soberanía nacional y asumieron el poder legislativo. De inmediato surgieron dos grandes tendencias: los liberales partidarios de reformas revolucionarias y los absolutistas que defendían el mantenimiento de los principios del Antiguo Régimen, en especial la monarquía absoluta. 


Labor legislativa de las Cortes


la obra legislativa de las Cortes de Cádiz contribuyó también a la destrucción de los fundamentos del Antiguo Régimen en el orden social y económico. Entre las medidas más relevantes destacan: La  abolición de los señoríos. Derogación de los gremios, lo que permitíó la libertad de contratación propia de las modernas relaciones de producción liberal-capitalista. Desamortización de las tierras comunales de los municipios. Abolición de la inquisición, presentada como un obstáculo para la libertad  de pensamiento y desarrollo de la ciencia. Implantación de una nueva división territorial en España. Las Cortes eliminaron los antiguos reinos y decretaron una nueva división provincial, con el fin de conseguir la unificación territorial y la centralización política. Aprobación de la libertad de imprenta.  

Constitución de 18122. Carácterísticas

Aprobada el 19 de Marzo de 1812 y popularmente conocida como “La Pepa”, este texto legal fue la primera constitución liberal del país. Es el resultado del compromiso entre la burguésía liberal y los absolutistas. Es un texto muy extenso, porque, en su deseo de evitar interpretaciones contrarias al espíritu de la Constitución, los legisladores gaditanos regularon hasta el detalle todas las cuestiones relacionadas con la vida política y los derechos de los ciudadanos. Contiene varios principios básicos: Soberanía nacional. La autoridad suprema reside en el conjunto de la nacíón representada en las Cortes. Los diputados liberales españoles concibieron la nacíón como un sujeto indivisible, compuesto exclusivamente de  individuos iguales, al margen de cualquier consideración estamental y territorial. Tal idea de nacíón supónía suprimir los estamentos y los gremios, eliminando los privilegios y las diferencias territoriales que existían entre los españoles. La Constitución introdujo además otros principios políticos innovadores, modernos y en aquella época revolucionarios: La estructura del nuevo Estado es una monarquía limitada con división de poderes: el legislativo correspondía al rey junto con las Cortes; el ejecutivo al rey que presidía el gobierno; el judicial a los tribunales de justicia. El poder legislativo reside en «las Cortes con el Rey». Son Cortes unicamerales con amplios poderes en la elaboración de leyes, aprobación de los presupuestos y tratado internacionales. 


Elección de los diputados mediante sufragio universal. Para ser candidato era necesario disponer de rentas propias. Se garantiza una amplia serie de derechos fundamentales del individuo: igualdad ante la ley, inviolabilidad del domicilio, libertad de imprenta, sufragio, educación elemental, garantías penales y procesales… No se reconocía en cambio la libertad de culto, sino que se impónía el catolicismo como religión oficial y única, lo que era una concesión clara al sector absolutista de las Cortes. Creación de la Milicia Nacional, cuerpo de civiles armados para la defensa del sistema constitucional.

TEMA 9: REVOLUCIÓN LIBERAL EN EL REINADO DE Isabel II. CARLISMO Y Guerra Civil.CONSTRUCCIÓN Y EVOLUCIÓN DEL ESTADO LIBERAL.

En 1833 moría Fernando VII y se iniciaba un cambio de tendencia en España con la introducción del régimen liberal, pero de forma limitada. El nuevo régimen no triunfó ni por la vía parlamentaria ni revolucionaria. La clave fue el ejército, en el que tuvo que apoyarse la reina María Cristina, (viuda
de Fernando VII) para garantizar el acceso al trono de su hija Isabel. La debilidad del nuevo régimen se tradujo en la poca duración de las constituciones, ya que cada partido que gobernaba intentaba elaborarlas a su medida. Los partidos políticos eran débiles y
frecuentemente estaban dirigidos por un militar. Solo disfrutaba del derecho de voto una minoría y se adulteraban los resultados de las elecciones. Con estas deficiencias del sistema político fue frecuente el recurso al militar victorioso para la formación de los gobiernos, y al pronunciamiento militar, un golpe de fuerza de un grupo de generales. La preponderancia militar legitimó el intervencionismo del ejército en la vida política e hizo cristalizar una teoría nacional militar que hacía de las fuerzas armadas la institución esencial del estado y de la nacíón.

Minoría DE EDAD DE Isabel II. GUERRAS CARLISTAS Y REGENCIAS (1833-1843). II.1.1Regencia de María Cristina (1833-1840)

En este período se inició el tránsito político desde el absolutismo al liberalismo. La muerte de Fernando VII dejó el poder político en manos de su viuda y madre de la futura Isabel II (que contaba 3 años), María Cristina de Nápoles (Regente o Reina Gobernadora). El hermano del rey Carlos María Isidro, que se había convertido en la cabeza del llamado partido apostólico, agrupaba a los monárquicos más intransigentes, que deseaban el mantenimiento del absolutismo. Al morir Fernando VII (Septiembre 1833),


Don Carlos se negó a reconocer la legitimidad de la princesa Isabel y se autoproclamó Carlos V. Sus partidarios, los carlistas, se levantaron en armas, y así comenzó una Guerra Civil que duraría siete años, la llamada Primera Guerra Carlista.

II.1.2.El carlismo. Las Guerras Carlistas

El carlismo, como opción dinástica, apoyó las pretensiones al trono del hermano de Fernando VII,  Carlos María Isidro, y de sus descendientes, en contra de la línea sucesoria femenina de Isabel II. Su ideario, de una simplicidad extrema, se caracterizó por una identificación del trono y el altar En realidad, el problema sucesorio no fue más que un pretexto que encubríó la verdadera naturaleza del carlismo: la defensa a ultranza de los valores propios del Antiguo Régimen frente a los cambios que conllevaba la revolución liberal. La tradición política del absolutismo monárquico y la recuperación del poder eclesiástico y
de los viejos valores del catolicismo. La defensa de las instituciones y los fueros tradicionales de vascos, navarros y catalanes. La idealización del mundo rural y la aversión por lo moderno, materializado en la sociedad urbana y en el proceso de industrialización. La defensa de la tradición y el rechazo de la modernidad. Socialmente se apoyó en un sector del clero, en especial del clero regular, para los que el liberalismo equivalía a la nacionalización y venta de sus bienes y una amenaza contra la religión y que junto a pequeños notables rurales, burócratas, militares y algunos intelectuales reaccionarios fueron los dirigentes del carlismo.

Ii.1.3. Las guerras carlistas

Es una Guerra Civil de 6 años, que provocó 150.000 muertes. No es solo un pleito dinástico, es un enfrentamiento entre los partidarios de modernizar España (liberales) o seguir con el Antiguo Régimen (carlistas – absolutistas).Las aspiraciones de estos grupos absolutistas desembocaron en tres conflictos armados, conocidos históricamente como guerras carlistas, que representaron un grave problema para la estabilidad política de España durante gran parte del Siglo XIX.

La primera guerra carlista (1833-1840)

Los primeros levantamientos en apoyo de Carlos María Isidro, proclamado rey por sus seguidores con el nombre de Carlos V, ocurrieron a los pocos días de morir Fernando VII, pero fueron sofocados en todas partes con facilidad, salvo en el medio rural de las Vascongadas, Navarra, Aragón, Cataluña y Valencia. El bando isabelino contaba con el ejército regular y las ciudades, y los carlistas consiguieron formar, a partir del descontento 


campesino, un amplio ejército popular reclutado esencialmente en el campo, que utilizaba la guerrilla como táctica militar. A grandes rasgos, las operaciones militares de los carlistas se desarrollaron en tres fases, la primera estuvo dominada por la personalidad de Zumalacárregui, que al frente de los ejércitos carlistas, estabilizó la guerra en el norte. Esta fase fue, sin duda, la de los grandes triunfos de la insurrección, conquistaron Tolosa, Vergara, Durango y Éibar. La muerte de Zumalacárregui durante el sitio de Bilbao, marca un cambio en la guerra. En una segunda fase, el pretendiente al trono organizó una expedición hasta las mismas puertas de Madrid. Esta operación quería aprovechar la situación creada en Madrid, tras la sublevación de La Granja, que obligó a la regente a entregar el gobierno a los progresistas, derogar el Estatuto Real de 1834, restablecer la constitución de 1812 y realizar una nueva convocatoria de Cortes. La operación carlista fue un fracaso. Sí tuvo importancia la guerra en el Maestrazgo con Cabrera.  A partir del otoño de 1837, la suerte de la guerra  está decidida. Finalmente, el agotamiento  carlista provocó la división interna del movimiento entre los intransigentes, partidarios de seguir la guerra, y los moderados, encabezados por el general Maroto, partidarios de llegar a un acuerdo honroso con el enemigo. Las negociaciones entre Maroto y Espartero culminaron en el Convenio de Vergara (1839) marcó el fin de la guerra en el norte, no obstante, Cabrera resistíó en Levante casi un año más. El Convenio establecía el mantenimiento de los fueros y la incorporación de los carlistas al ejército isabelino.

La segunda guerra carlista (1846-1849)

Tuvo lugar en el reinado de Isabel II, durante el gobierno de los moderados, con Narváez como presidente del gobierno). Se originó al no celebrarse la boda entre Isabel II y el pretendiente carlista, conde de Montemolín (Carlos VI) y tuvo su principal escenario en el campo catalán. Este conflicto, casi permanente durante la primera mitad del reinado de Isabel II, tuvo importantes repercusiones, destacando la inclinación de la monarquía hacia el liberalismo y el protagonismo político de los militares. Ante la amenaza carlista, los militares se convirtieron en una pieza clave para la defensa del régimen liberal. Además los enormes gastos de guerra: situaron a la nueva monarquía liberal ante serios apuros fiscales, que condicionaron las reformas que se llevarían a cabo, como la desamortización.


Ii.2.1 implantanción del estado liberal


Esta situación no satisface a nadie y se producen revueltas populares que llevan a la quema de conventos y en Barcelona la destrucción de la fábrica del industrial Bonaplata. Se constituyen Juntas revolucionarias que exigen la reuníón de las Cortes, la reforma de la ley electoral y la libertad de imprenta. La reina entrega el poder a Mendizábal, liberal radical, que  emprendíó reformas fundamentales, su objetivo era desmantelar las instituciones del Antiguo Régimen e implantar el régimen liberal constitucional con una monarquía parlamentaria. Las reformas progresistas Con Mendizábal como ministro de Hacienda, la principal medida sería la Ley de Desamortización civil y eclesiástica. También se suprimen los conventos de menos de 12 religiosos, afectó a todas las órdenes religiosas, excepto las dedicadas a la enseñanza y asistencia hospitalaria. Sin embargo la reforma de la Ley Electoral no fue aceptada y dimitíó, la situación se agrava y en 1836 tiene lugar la rebelión de los sargentos de La Granja y la reina llama de nuevo a los progresistas con José Ma Calatrava como presidente del gobierno y Mendizábal como ministro de Hacienda. Este nuevo gobierno restablecíó la Constitución de Cádiz y convocó elecciones para unas nuevas Cortes que se encargarían de elaborar una nueva constitución, a la vez que se toman medidas para implantar el liberalismo económico, como la disolución del régimen señorial, desvinculación de los mayorazgos, abolición de los privilegios de la Mesta o la libertad de arrendamientos. Estas medidas junto con la desamortización civil y eclesiástica tenían el objetivo de conseguir la propiedad privada y libre disponibilidad de las tierras.

Constitución de 1837

Pese a su tendencia progresista, tenía importantes concesiones a los moderados. Mantiene el
principio de la soberanía nacional. Amplia declaración de derechos de los ciudadanos: libertad de prensa, de opinión, asociación,…. División de poderes. El poder legislativo recae en las Cortes con el rey. Se establecían dos Cámaras, la de los Diputados, elegidos por sufragio censitario y directo y la del Senado cuyos miembros eran nombrados por el rey. El poder ejecutivo recae en el rey, que ve reforzados sus poderes y que elige a sus ministros los cuáles serán responsables ante las Cámaras. En cuanto a la religión, el Estado se comprometía a mantener económicamente al clero católico, pero no se prohíben otras religiones. 


En 1837 los moderados ganan las elecciones y la reina se enfrentó a los progresistas a causa de la nueva ley de de Ayuntamientos que cónfería a la Corona el poder de nombramiento de los alcaldes. Se inicia en diversas partes del país un movimiento insurreccional que acabaría con la renuncia de la regente y el nombramiento de Espartero, general victorioso del carlismo, como nuevo regente.

Regencia de Espartero (1840-1843)

Prosigue la tarea de consolidación del régimen liberal con el desarrollo de la Constitución y de la ley de Desamortización. En su contra jugó la oposición de los moderados (pronunciamientos). La división del progresismo y su talante autoritario. Su política económica también jugaría en su contra:  amplió la desamortización en beneficio de los propietarios y el establecimiento de un arancel librecambista, que abría al mercado español, los tejidos de algodón ingleses le enfrentó a los empresarios catalanes y a los trabajadores que iniciaron un movimiento revolucionario en Cataluña contestado duramente por Espartero, con el bombardeo de la ciudad. Esto sería aprovechado por los moderados que protagonizaron una serie de conspiraciones encabezadas por Narváez y O ́Donnell, que acabarían con la dimisión de Espartero en Agosto de 1843 y el adelantamiento de la mayoría de edad de Isabel II, por las Cortes, que sería proclamada Reina en Noviembre de ese mismo año.

Ii.3.1.Moderados en el poder

Narváez (1844-54). Con el gobierno de Narváez se inicia la Década moderada. Fue en parte el artífice de la Constitución de 1845 y de algunas de las principales reformas legales del período. Supo además controlar el ejército y mantenerlo alejado de la vida política, salvo al final de la década. Reprimíó con extrema dureza los movimientos de protesta populares, lo que le granjeó el apoyo de la corona y de los terratenientes. Institucionalización del régimen liberal: Constitución de 1845. Estructura el Estado y la sociedad conforme a los criterios políticos de los moderados: consolida la hegemonía de la oligarquía agraria y financiera. Los principios de esta constitución marcan las líneas políticas del Estado en el Siglo XIX y parte del S. XX. La constitución estuvo en vigor hasta 1869. Sus contenidos básicos son los siguientes: soberanía compartida: el poder legislativo reside en las Cortes con el Rey. No hay separación de poderes. Las Cortes serán bicamerales, con un Congreso elegido por sufragio censitario muy restringido y un Senado de miembros vitalicios 


nombrados por la corona entre las altas jerarquías de la nobleza, la Iglesia, el ejército, la Administración y poseedores de grandes fortunas. Una declaración de derechos muy restringida, que remite sus limitaciones a leyes posteriores. La religión católica sería la única, con el compromiso del Estado de mantener el culto y el clero. Ayuntamientos y Diputaciones sometidos a la Administración central, con alcaldes y presidentes elegidos por el Rey. Supresión de la Milicia Nacional.

Conflictos:

Matrimonio de Isabel II. Segunda guerra carlista. Oleada de levantamientos, manifestaciones y protestas revolucionarias debidos a la crisis económica (1848) que fueron duramente reprimidas por Narváez. Oposición de los progresistas. Su radicalización daría lugar a la creación del partido Demócrata. Divergencias entre los moderados. Escisión del grupo más radical que formará el partido de “la Uníón Liberal” junto con los progresistas más moderados.

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