Invasión Musulmana y Unión Dinástica: Historia de España

1.JUNIO B

Explica las causas de la invasión musulmana y de su rápida ocupación de la Península.

Causas de la invasión musulmana

La presencia de los musulmanes en la península Ibérica se debió a la confluencia de dos procesos simultáneos:

  • El movimiento expansivo del Islam desde el año 634: los musulmanes habían conquistado el norte de África y habían llegado hasta el Atlántico.
  • La crisis interna de la monarquía visigoda, que adolecía de una gran debilidad, tanto por el excesivo poder de la Iglesia y la nobleza como por el carácter electivo de la corona.

La causa inmediata fue la guerra civil desencadenada a la muerte del rey Witiza (en 710 o 711) tras la revuelta encabezada por el duque de la Bética, Roderico (don Rodrigo), para ocupar el trono. Musa, gobernador musulmán del norte de África, aprovechó la ocasión para emprender la conquista de la península Ibérica: en 711 envió una expedición dirigida por Tariq, que derrotó al ejército de Roderico en la batalla de Guadalete.

Rápida ocupación de la Península

La conquista fue rápida fundamentalmente por dos causas:

  • Las escasas resistencias, debido al desinterés de la mayoría de la población hispana por defender una monarquía con la que no se identificaba.
  • La actitud de tolerancia y respeto de los invasores musulmanes hacia los cristianos y los judíos, a los que consideraban sus protegidos por ser también «gentes del Libro».

2.MODELO 0 A

Representa una línea del tiempo desde 1474 hasta 1700, situando en ella los principales acontecimientos históricos

  • 1479. Tratado de Alcaçobas que reconoce a Isabel como reina y delimita territorios con Portugal
  • 1492. Conquista reino nazarí, expulsión de los judíos y descubrimiento de América.
  • 1494. Tratado de Tordesillas con Portugal repartiéndose el Atlántico.
  • 1512. Conquista de Navarra por los Reyes Católicos y primeras Leyes de Indias.
  • 1516. Carlos I es reconocido rey de Castilla y Aragón
  • 1519. Carlos I es reconocido emperador de Alemania, con el título de Carlos V
  • 1520. Inicio de la guerra de las Comunidades en Castilla y las Germanías en Valencia…
  • 1521. Conquista de Méjico por Hernán Cortés
  • 1522. Juan Sebastián Elcano regresa de la vuelta al mundo iniciada con Magallanes.
  • 1523. Conquista del imperio inca por Pizarro…
  • 1525. Batalla victoriosa en Pavía sobre los franceses.
  • 1555. Paz de Augsburgo que reconoce la libertad religiosa en el imperio.
  • 1556. Felipe II es rey de España
  • 1557. Victoria sobre las tropas francesas en San Quintín.
  • 1571. Batalla victoriosa en Lepanto contra los turcos
  • 1581. Reconocimiento de Felipe II como rey de Portugal.
  • 1588. Desastre naval de la Armada Invencible.
  • 1598. Fallece Felipe II y es nombrado rey su hijo Felipe III.
  • 1609. Expulsión de los moriscos de España y firma de la Tregua de los 12 años.
  • 1621. Fallece Felipe III y es nombrado rey su hijo Felipe lV.
  • 1626. Se hace oficial la “Unión de Armas”
  • 1640. Sublevaciones en Cataluña y Portugal.
  • 1648. Paz de Westfalia que pone fin a la guerra de los 30 años.
  • 1659. Paz de los Pirineos donde se pierde el Rosellón y la Cerdaña.
  • 1665. Fallece Felipe IV y es nombrado rey su hijo Carlos II.
  • 1700. Fallece Carlos II y le sucede Felipe V que tiene que encarar una Guerra de Sucesión

2.MODELO 0 B

Define el concepto de “unión dinástica” aplicado a Castilla y Aragón en tiempos de los Reyes Católicos y describe las características del nuevo Estado.

Unión dinástica

Tras la muerte de Juan II de Aragón en 1479, le sucedió en el trono su hijo Fernando II, esposo de Isabel I de Castilla desde 1469. De este modo, las dos grandes coronas hispanas quedaron unidas por el matrimonio de sus respectivos reyes.

Sin embargo, aunque Isabel y Fernando decidieron gobernar conjuntamente en todos sus territorios, según lo establecido entre ellos en la Concordia de Segovia tras proclamarse reina Isabel, cada Corona conservó sus propias leyes e instituciones, así como su propia línea de sucesión dinástica.

Por tanto, la unión de Castilla y Aragón fue meramente dinástica, por el matrimonio de sus titulares, pero sin que se produjera una integración política de ambas coronas en una monarquía unitaria. De hecho, a la muerte de Isabel ambas coronas se separaron de nuevo durante un tiempo y solo el azar determinó que recayesen finalmente en un mismo heredero: su nieto Carlos.

Características del nuevo Estado

El Estado de los Reyes Católicos se puede calificar como una monarquía autoritaria, etapa de transición a la monarquía absoluta característica de la Edad Moderna.

Al aumentar las competencias del Estado y el poder político de la monarquía, la administración central se hizo más compleja y requería una numerosa burocracia que integraba cada vez más a juristas y letrados de formación universitaria.

El Consejo Real, hasta entonces meramente consultivo y acaparado por los magnates de la nobleza y el clero, se convirtió en el órgano de gobierno más importante y desde 1495 todos sus miembros eran letrados. Este organismo solía reunirse en diversos comités, según la naturaleza de los asuntos que debía tratar. Los Reyes Católicos convirtieron algunos de estos comités en Consejos independientes y, además, crearon otros en respuesta a las nuevas necesidades de la monarquía. De este modo se constituyeron los primeros Consejos especializados en ciertas materias: el de la Inquisición, el de Órdenes, el de Aragón o el de Hermandad (extinguido en 1498). Los demás asuntos los seguía tratando el Consejo Real, que estaba por encima de todos los demás y que acabó denominándose Consejo de Castilla, como clara manifestación del predominio de esta Corona sobre el conjunto de la monarquía.

Por sus pretensiones autoritarias los Reyes Católicos evitaron convocar las Cortes de la Corona de Aragón, cuyas atribuciones podían limitar su poder. En cambio, las Cortes de Castilla, más fáciles de dominar por la monarquía, fueron reunidas con cierta frecuencia e incluso se promulgaron numerosas leyes ante ellas y con su consentimiento, para darles mayor solemnidad, a pesar de que las Cortes castellanas carecían de función legislativa.

En el ámbito de la administración de justicia, los Reyes Católicos abandonaron la práctica medieval de juzgar en persona allí donde se encontraban en cada momento y desarrollaron las instituciones creadas por sus predecesores: en la Corona de Castilla se establecieron dos Chancillerías y dos Audiencias, con sedes fijas en diferentes ciudades; y en la Corona de Aragón, Fernando creó una Audiencia en cada uno de los tres reinos con Cortes (Aragón, Cataluña y Valencia).

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