La Transición Española: De la Dictadura a la Democracia

**TEMA 2: LA TRANSICIÓN ESPAÑOLA**

1. TRANSICIÓN DE LA DICTADURA A LA DEMOCRACIA

/ORÍGENES

El 20 de noviembre de 1975 muere el dictador Francisco Franco. Carrero Blanco iba a ser el presidente del gobierno tras la muerte del dictador, pero fue asesinado por ETA, lo que torció los planes de Franco. El 22 de noviembre de 1975, con Franco ya muerto, Juan Carlos I fue proclamado rey de España. En su proclamación juró las leyes franquistas, donde juraba mantener el legado del dictador, aunque esto no se cumplió.

/CARACTERÍSTICAS

La transición fue un proceso dilatado en el tiempo, fue pacífica, ya que se hizo consensuando las posturas de los franquistas con las de los antifranquistas y además se hizo a través de las leyes franquistas, que eran 7:

  1. Fuero del trabajo (1938): Se recogen las bases socioeconómicas del régimen franquista, las relaciones laborales, cómo intervenía el estado en la economía, etc.
  2. Ley constitutiva de las cortes (1942)
  3. Fuero de los españoles (1945): Se recogen los derechos de los españoles.
  4. Ley de referéndum nacional (1945)
  5. Ley de sucesión a la jefatura del estado (1947): A partir de esta ley se anuncia que tras la muerte del dictador, se pasará a una monarquía en la que el rey será Juan Carlos I
  6. Ley de los principios del movimiento nacional (1958)
  7. Ley orgánica del estado (1967): Ley que pretende organizar los poderes del estado

2. FASES DE LA TRANSICIÓN

1. Transformación del marco jurídico

Se produjo la aprobación por parte de las cortes franquistas de la Ley Para la Reforma Política (LEY 1/1977, del 4 de enero).

2. Legalización de los partidos políticos (Actores políticos)

En 1977 se produjo la segunda gran oleada de indultos, ya que la primera se había producido en 1976.

La legalización de los partidos políticos, por su parte, culminó en Semana Santa de 1977 con la legalización del Partido Comunista Español (PCE) y la dimisión del ministro del ejército, que estaba en contra de esta decisión política. Paralelamente se produjo también la disolución de la organización del Movimiento Nacional y los sindicatos franquistas verticales.

3. Primeras elecciones democráticas

Tuvieron lugar el 15 de junio de 1977 y en ellas obtuvo la victoria la UCD con 165 escaños. Por detrás estaban otros partidos como el PSOE con 118 escaños, el PCE con 20 escaños, la Alianza Popular con 16 o el Partido nacionalista vasco con 8 escaños. En virtud de estos resultados fue elegido como presidente el líder de la UCD, Adolfo Suárez.

3. ELABORACIÓN Y APROBACIÓN DE LA CONSTITUCIÓN DE 1978

/CONSTITUCIÓN DE CORTES DEMOCRÁTICAS (Congreso-Senado)

  1. En julio de 1977 el Pleno de Congreso aprobó la creación de una Comisión para la elaboración de una nueva Constitución, que a su vez encarga a una Ponencia integrada por siete miembros (Padres Constituyentes) su redacción.
  2. La primera redacción (borrador) se redactó en diciembre de 1977, y fue publicada en el BOP en enero de 1978.
  3. En ella tuvo lugar la presentación de enmiendas
  4. Estas fueron examinadas por la ponencia constitucional y en abril de 1978 se aprueba el Anteproyecto Constitucional.
  5. La tramitación parlamentaria del Anteproyecto (Aprobación por el Congreso y Senado) tiene lugar en octubre de 1978.
  6. El 6 de diciembre de 1978 tuvo lugar la aprobación por Referéndum del pueblo español.
  7. Posteriormente tuvo lugar una sesión conjunta de ambas cámaras (Congreso-Senado) y la Sanción Real se produjo el 28 de diciembre de 1978.
  8. Finalmente, la constitución fue publicada en el BOP el 29 de diciembre.

/CARACTERÍSTICAS DE LA CONSTITUCIÓN

  1. Escrita: Esta es una característica común a todas las constituciones, si exceptuamos, al menos en parte,  a la Constitución inglesa.
  2. Consensuada: La composición de las Cortes obligó a elaborar una constitución que fuera apoyada por la mayoría de los grupos parlamentarios. Esto explica su carácter neutral (por no partidista) y la imprecisión, la ambigüedad e incluso las contradicciones en que incurre. Dicha ambigüedad permite que los preceptos sirvan para justificar diferentes formas de gobernar.
  3. Abierta: Porque deja muchas cuestiones sin regular, remitiéndose a las futuras leyes orgánicas, y en el tema de la organización territorial la regulación es fundamentalmente dispositiva.
  4. Extensa: Aunque la distinción entre breves y extensas es puramente convencional, la CE puede considerarse de las más extensas, sobre todo por la amplísima regulación de los derechos.  Consta de 169 Artículos, distribuidos en Títulos, Capítulos y Secciones.
  5. Poco original: La CE está claramente influida por las constituciones históricas españolas (en la regulación de la sucesión a la Corona, en los Estatutos de Autonomía) y, sobre todo, por las constituciones europeas de la postguerra, en especial la italiana, alemana y portuguesa.
  6. Superrigida: El procedimiento de reforma  establecido en el título X hace dificilísima la reforma constitucional. La inclusión de dos procedimientos diferentes no hace, sino complicar el tema.

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