Los años finales del siglo XVIII y las primeras décadas del XIX constituyen una de las etapas más complejas de la historia. España se ve envuelta en una serie de conflictos bélicos (Guerra de Independencia 1808-1814 contra los franceses y la independencia de Hispanoamérica). Estos pondrán de manifiesto la existencia de grupos políticos enfrentados como los absolutistas, los partidos del despotismo ilustrado, los afrancesados y los liberales, que tratarán de imponer sus ideas y hacerse con el poder. Así, en plena guerra de independencia, las Cortes de Cádiz (1810-1814) intentaron llevar a cabo un programa revolucionario, plasmado en la primera Constitución española propiamente dicha y una amplia tarea legislativa que pretendía desmontar las bases del Antiguo Régimen.
El Contexto Histórico
Durante la Guerra de Independencia, una minoría de intelectuales liberales quiso aprovechar el vacío de poder generado por las abdicaciones de Bayona para llevar a cabo la revolución burguesa y acabar con el antiguo régimen. El pueblo de Madrid se alzó de forma espontánea contra los franceses. Esto se generalizó por todo el país, originando la creación de juntas locales, después provinciales, en casi todas las regiones. Estas juntas se hicieron con el poder e iniciaron la reacción frente a la ocupación francesa. Para coordinar la labor de las juntas se creó la Junta Suprema Central, que se trasladó a Cádiz, la cual no fue tomada por los franceses. Los fracasos militares llevaron a su disolución y en su lugar se nombró un Consejo de Regencia, que gobernaría, durante su ausencia en nombre de Fernando VII. Las noticias sobre las sublevaciones independentistas en las colonias americanas llevaron a convocar las Cortes, creyendo que frenarían el movimiento separatista, pues también acudirían representantes de las provincias americanas.
Las Cortes de Cádiz
Las Cortes de Cádiz estuvieron integradas por representantes de todas las provincias. Pero debido a la guerra, hubo muchos diputados sustitutos gaditanos, por lo que predominó la clase media partidaria de las reformas frente al clero y a la nobleza, contrarios a los cambios. Las Cortes se constituyeron en Asamblea Constituyente y asumieron la soberanía nacional, al tiempo que proclamaba la igualdad jurídica de todos los ciudadanos. Las Cortes se dividieron en tres grupos:
- Los liberales: querían incorporar los avances de la Revolución Francesa.
- Los absolutistas: querían el mantenimiento de las prerrogativas de la monarquía.
- Los jovellanistas: partidarios de las reformas continuadoras de la Ilustración.
Los liberales fueron los más numerosos, por lo que aprobaron una serie de decretos, tales como la libertad de imprenta, la abolición de la Inquisición, la supresión de la Mesta, la derogación de los gremios, la desamortización de las tierras municipales… Esto no llegó a materializarse debido a la guerra y el posterior regreso de Fernando VII en 1814.
La Constitución de 1812
La Constitución se aprobó el 19 de marzo de 1812 y fue bautizada como «La Pepa«. Su extenso texto hace un resumen de las ideas del liberalismo español en su primera época. Se inspira en muchos principios procedentes de Francia. Entre las ideas más importantes destacan:
- El principio de soberanía nacional, según el cual corresponde a la nación el derecho a establecer las leyes por las que regirse.
- El principio de la división de poderes:
- Poder Legislativo (Las Cortes): Formada por diputados elegidos por éstos y se reunirán en una sola cámara. Las elecciones se celebrarán por sufragio, pero solo podrán presentarse aquellos que posean cierta renta.
- Poder Ejecutivo (Rey): El rey nombra a su gobierno y quedará sometido a la Constitución y tendrá los poderes que ésta le otorga (monarquía constitucional).
- Poder Judicial (Tribunal de Justicia): Nace la institución del Tribunal Supremo. La justicia actúa con total independencia del rey y de las Cortes.
- Se regulan las funciones de las diputaciones provinciales y de los ayuntamientos.
- Se proclama la catolicidad del estado y no establece libertad religiosa.
- La igualdad jurídica de los ciudadanos: Iguales derechos y deberes para todos los españoles.
- Sistema fiscal unificado, sin privilegios para ningún estamento.
- Supresión de las aduanas interiores.
- Creación del presupuesto nacional como forma de control de los ingresos y gastos del estado.
Importancia y Legado
La situación de la guerra y la posterior vuelta de Fernando VII hicieron que la Constitución de Cádiz no llegara a tener vigencia real. No obstante, es una constitución casi mítica para la doctrina liberal, con un enorme prestigio en Europa y América. Las colonias americanas, una vez convertidas en estados independientes, la tomarían como modelo. En los periodos 1820-1823 y 1836-1837 los liberales españoles conseguirán reponerla.