La Constitución Española de 1978: Un Hito en la Democracia

La Paz Social Durante la Dictadura (1923-1930)

T.8 Sociales

Desde el punto de vista social, estos años fueron de “paz social”, asegurada por:

  • El desmantelamiento de la CNT (sindicato anarquista fundado en 1910, con gran implantación en Cataluña).
  • Para regular las relaciones entre los empresarios y los trabajadores, el Estado creó los Comités Paritarios. Estaban formados por 10 vocales, 5 en representación de los obreros y otros 5 de los empresarios. Son los que fijan las condiciones salariales y laborales bajo la autoridad del gobierno (Ministerio de Trabajo). Este sistema está inspirado en el que Mussolini había impuesto en Italia.
  • Se crearon muchos puestos de trabajo y hubo una relativa estabilidad de los precios, tras las fuertes subidas del periodo 1915-1921. Además, los salarios aumentaron.
  • Se hicieron leyes que aumentaron las prestaciones de la Seguridad Social y concedieron ayudas a las familias numerosas.

El sindicato socialista UGT apoyó la dictadura, incluso su dirigente Largo Caballero fue nombrado Consejero de Estado. Más tarde, conforme se veía cada vez más próximo el fin de la dictadura, la alianza se fue convirtiendo en enemistad.

La Constitución de 1978: Pilar de la Democracia Española

T.12 La Constitución de 1978

En su redacción participaron representantes de los principales partidos del Congreso: 3 diputados centristas, 1 socialista, 1 comunista, 1 nacionalista y 1 de Alianza Popular. La propuesta de Constitución elaborada por esta comisión fue aprobada por el Congreso y el Senado y el 6 de diciembre de 1978, se aprobó en referéndum con el 88 % de votos afirmativos. El 27 de diciembre el rey juraba la Constitución en una sesión conjunta del Congreso y el Senado. España pasaba a ser una monarquía parlamentaria con un sistema plenamente democrático.

Características Fundamentales de la Constitución

  • El Estado social y democrático de Derecho: Social porque los ciudadanos tienen derecho a un trabajo digno, a una educación adecuada, a una pensión suficiente en caso de incapacidad o vejez, etc. Democrático porque los ciudadanos participan en la política eligiendo a sus representantes o perteneciendo a asociaciones y partidos políticos. De Derecho porque los ciudadanos están protegidos por las leyes y el Estado no puede actuar por encima de ellas.
  • Laicidad del Estado: Aunque se expresa la importancia de la Iglesia católica como la más seguida entre los creyentes españoles, el Estado se mantiene ajeno a cualquier confesionalidad y por tanto será laico.
  • Reconocimiento de los Derechos Civiles: Se reconocen los derechos civiles de todo tipo en una enumeración minuciosa del artículo 10 al 55. Destacan: la libertad de asociación, de reunión y de expresión, el derecho a la intimidad, el derecho al honor, la inviolabilidad del domicilio, el derecho al sufragio universal para los mayores de 18 años, derecho al trabajo… Entre estos derechos se incluye el derecho al divorcio y la supresión de la pena de muerte.

Instituciones Establecidas

  • La Corona: Es hereditaria y vitalicia en la familia de los Borbones. La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad. Se establece la Monarquía parlamentaria; el Rey arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones, representa a España en el extranjero, sanciona las leyes, ostenta el mando supremo de las Fuerzas Armadas, convoca y disuelve las Cortes y nombra al Presidente del Gobierno en los términos establecidos por la Ley.
  • Las Cortes Generales (poder legislativo): El Congreso y el Senado. Ambas cámaras renuevan sus miembros por sufragio universal cada cuatro años como máximo, pudiéndose celebrar elecciones legislativas anticipadas según los términos previstos por la Ley. La potestad legislativa confiere al Congreso y al Senado las funciones de aprobar, modificar o derogar las leyes presentadas por el Gobierno y los Presupuestos Generales del Estado, elegir al Presidente del Gobierno, controlar la acción del gobierno y ratificar los tratados internacionales.
  • El Gobierno (poder ejecutivo): Está formado por el Presidente, Vicepresidente y Ministros. El Gobierno dirige la política interior y exterior, la administración civil y militar y la defensa del Estado. Es el responsable de que se ejecuten y apliquen las leyes, por eso se llama ejecutivo. El Presidente del Gobierno es elegido por las Cortes por mayoría absoluta en primera votación o por mayoría simple en sucesivas votaciones.
  • El Poder Judicial: Se accede por la “carrera judicial” (oposiciones, méritos, etc.). Los Tribunales de Justicia, cualquiera que sea su tipo o categoría, debe decidir en caso de duda o conflicto si una acción o norma se ajusta a Derecho, es decir, si se realiza correctamente según la Ley. Se consagra la Independencia del poder judicial, la justicia gratuita y la igualdad ante la Ley de todos los españoles. Se crean las figuras del Defensor del Pueblo y del Fiscal General del Estado.

Organización Territorial del Estado

  • Se reconoce el principio de autonomía de las nacionalidades y regiones que integran España. Se regulan las competencias del Estado y de las Comunidades Autónomas. Se establecen dos caminos para llegar a la autonomía, uno rápido, dirigido inicialmente a las nacionalidades llamadas “históricas”.

Revisión y Reforma Constitucional

  • Cualquier reforma de la Constitución deberá ser aprobada por las Cortes y ratificada por el pueblo español en referéndum.

El Consenso Constitucional

La Constitución fue fruto del consenso: la izquierda renunciaba al carácter republicano del Estado, la derecha admitía el pleno juego democrático y la existencia de autonomías, los nacionalistas catalanes aceptaban el término “nación española” a cambio de que se reconociera el de “nacionalidad” para Cataluña, etc. Pero el PNV no aceptó la Constitución porque afirmaba la unidad indisoluble de la nación española y propuso la abstención en el referéndum, aunque después la acató. La izquierda abertzale (radical) propugnó el voto negativo.

Aspectos mucho más polémicos son los cambios que algunos partidos políticos piden en la actualidad, para modificar el sistema territorial autonómico .

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