La Regencia de María Cristina y Espartero (1833-1844)

La Regencia de María Cristina (1833-1844)

El Contexto Político

La primera propuesta de los consejos de María Cristina fue realizar reformas necesarias para alcanzar un punto medio entre carlistas y liberales.

Moderados y Progresistas

Las dos tendencias de estos momentos dividían a los liberales en moderados y progresistas. Los moderados pretendían asimilar los principios del antiguo régimen y las nuevas ideas liberales. Estaban más atentos a los intereses económicos que a los políticos. Los progresistas contaban con las clases populares y sostenían que la soberanía residía en la nación. El rey debía jurarla porque era un funcionario del estado al servicio de todos. Su programa era reformista, defendían el sufragio censitario en las elecciones. En lo económico, defendían el librecambismo y deseaban suprimir los privilegios de sangre y el servicio militar obligatorio.

Estatuto Real de 1834

En enero de 1834, el nuevo ministro, De la Rosa, intentó lograr un equilibrio entre las tendencias moderada y radical de los liberales. El primero fue elaborar el Estatuto Real, que fue sancionado y firmado por la regente en abril de 1834. Este estatuto representaba el deseo de una transición entre el antiguo y el nuevo régimen que no fuera demasiado traumática. En los años siguientes, no satisfizo a los más radicales, que proponían una nueva constitución o la vuelta a la de 1812.

Constitución de 1837

El motín de los sargentos de La Granja en agosto de 1836 obligó a la regente a restablecer la Constitución de 1812. De acuerdo con la constitución, se fueron celebrando las elecciones para diputados en las Cortes Constituyentes, que se convocaron exclusivamente para proporcionar una constitución al país. Durante nueve meses fueron construyendo la constitución que finalmente juró la regente María Cristina el 18 de junio de 1837. Resultó ser un vínculo de unión para los liberales, ya que Carlos V se había puesto en marcha para alcanzar Madrid en la llamada Expedición Real del ejército carlista. Los puntos más relevantes de la Constitución de 1837 fueron los referentes a la libertad de prensa y al poder otorgado a los ayuntamientos. Las corporaciones municipales serían elegidas por los vecinos sin intervención del poder central.

Características de la Constitución:

  • Soberanía nacional
  • Libertad de prensa, opinión, asociación, etc.
  • División de poderes

La Primera Guerra Carlista

Fernando VII murió el 29 de septiembre de 1833. Su hermano, a través del Manifiesto de Abrantes, reclamó el trono desde Portugal con el nombre de Carlos V. La guerra que se desató fue algo más que una guerra dinástica por la sucesión al trono. Las zonas de mayor implantación carlista fueron: Álava, Guipúzcoa, Vizcaya, Navarra y el Pirineo catalán. No contaron con el apoyo de ningún país, pero sí con las simpatías de imperios absolutistas. En el bando de los isabelinos, la regente no tuvo más remedio que buscar apoyos en los absolutistas moderados y los liberales. Estos debían apoyar a la regente porque era la única forma de reformar el país. La guerra se inicia en 1833 y destacan los primeros triunfos carlistas. Pero su suerte cambió con la muerte del general Zumalacárregui. En 1837 se produce la expedición de Carlos V a Madrid, que a punto estuvo de tomarla. A partir de este momento, los carlistas pasan a la defensiva y esto lleva al general Maroto (carlista) a negociar con Espartero (isabelino) la paz, que desembocará en la firma del Convenio de Vergara en 1839. Los carlistas se rendían, pero conservaban sus grados militares en el ejército.

Consecuencias de la Guerra:

  • En lo político, la monarquía se inclinó hacia el liberalismo.
  • Los militares cobrarían un gran protagonismo, ya que protagonizarían diversos pronunciamientos.
  • Los gastos de la guerra conllevaron la desamortización de las tierras de la Iglesia.

La Regencia de Espartero

Al finalizar la guerra carlista, Espartero tenía un gran prestigio y se convirtió en el ídolo de los liberales progresistas. Su prestigio creció aún más cuando en 1840 defendió los alzamientos en contra de la Ley de Ayuntamientos que el gobierno moderado había impulsado. Esta ley establecía que los alcaldes no serían elegidos, sino nombrados por el gobierno central. Pese a la oposición, la regente firmó la ley y a partir de este momento llegaron los desórdenes. La regente se autoexilió, renunciando a gobernar. En este momento se otorgaría la regencia a Espartero. Durante los tres años que estuvo en el mandato, gobernó de manera autoritaria y reprimió con dureza los pronunciamientos de moderados que estaban a favor de María Cristina. En 1843, el general Narváez hizo un nuevo pronunciamiento que puso de manifiesto que a Espartero ya no le quedaban partidarios y tanto progresistas como moderados habían decidido acabar con su poder personal.

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