Absolutismo a Liberalismo en España: Reinado de Fernando VII y Cortes de Cádiz

Absolutismo frente a Liberalismo en España

Tras la Guerra de Independencia y según el Tratado de Valençay (1813), Fernando VII regresa al trono de España. Su retorno significó la reimplantación del sistema absolutista, desmantelando la obra legislativa de las Cortes de Cádiz. Esta situación favoreció la confrontación entre liberales y absolutistas durante su reinado, el cual se divide en tres etapas:

  • Sexenio Absolutista (1814-1820)
  • Trienio Liberal (1820-1823)
  • Década Absolutista (1823-1833)

Sexenio Absolutista (1814-1820)

Tras seis años de cautiverio en Francia, Fernando VII firmó el Tratado de Valençay en diciembre de 1813, por el cual Napoleón lo reconocía como rey de España. Sin embargo, en lugar de jurar la Constitución en Madrid, se desvió a Valencia, donde 69 diputados absolutistas le entregaron el «Manifiesto de los Persas» el 14 de abril de 1814, un escrito de apoyo al absolutismo. Tras leerlo, el rey firmó el Decreto del 4 de mayo de 1814, restaurando el poder absoluto y aboliendo la obra legislativa de las Cortes de Cádiz, incluida la Constitución. Esto implicó la vuelta al Antiguo Régimen, con el apoyo de la Santa Alianza. Las consecuencias inmediatas fueron: la restauración de instituciones feudales (incluida la Inquisición), la vuelta a los antiguos Consejos y Cortes estamentales, la censura de prensa, la restauración de la Mesta y la actividad gremial, la devolución de los bienes desamortizados y la represión contra liberales y afrancesados, quienes se exiliaron o formaron sociedades secretas. Entre 1815 y 1820, se produjeron conspiraciones liberales y pronunciamientos militares fracasados (Lazy, Mina o Porlier).

Los gobiernos de Fernando VII fueron débiles e inestables, y las reformas propuestas chocaron con los intereses de las fuerzas reaccionarias. La política del rey estuvo influenciada por una camarilla. La quiebra de la Hacienda obligó a adoptar medidas liberales, como la reforma fiscal propuesta por Martín de Garay, que fracasó ante el aumento del gasto por la guerra en las colonias americanas.

Trienio Liberal (1820-1823)

El comandante Riego se pronunció el 1 de enero de 1820 en Sevilla, con tropas destinadas a la guerra en las colonias americanas. A pesar de un inicio incierto, el pronunciamiento se extendió por toda España gracias al apoyo de juntas. Fernando VII se vio obligado a jurar la Constitución de 1812, restaurando la obra legislativa de las Cortes de Cádiz. El nuevo gobierno suprimió la Inquisición y los señoríos jurisdiccionales, reformó el sistema fiscal y restableció los derechos de los ciudadanos.

Esta etapa se caracterizó por la división de los liberales en moderados («doceañistas») y exaltados («veinteañistas»). Los moderados gobernaron entre 1820 y 1822, creyendo que la Constitución debía ser modificada. Los exaltados, partidarios de la Constitución de 1812, gobernaron entre 1822 y 1823, buscando acelerar las reformas. Los absolutistas o «realistas» crearon la Regencia de Urgel y buscaron el apoyo de la Santa Alianza. Tras el Congreso de Viena, Francia intervino en España con los Cien Mil Hijos de San Luis, restableciendo a Fernando VII en el poder en octubre de 1823.

Década Absolutista (1823-1833)

Esta etapa no fue un simple retorno a las instituciones de la monarquía absoluta (excepto la Inquisición), sino que el Gobierno evolucionó hacia un reformismo moderado, que contó con la oposición de los absolutistas radicales. La represión se dirigió contra los liberales más destacados del Trienio, muchos de los cuales se exiliaron. A partir de 1826, hubo pronunciamientos militares liberales como el de Torrijos (1831).

Fernando mantuvo gobiernos inestables, pero conscientes de la necesidad de reformas para mantener la monarquía. Estas reformas pretendían evitar la quiebra del Estado y modernizar la administración: la reforma fiscal de Luis López Ballesteros (un plan de minería mediante el alquiler a compañías extranjeras, un arancel proteccionista para las manufacturas catalanas, la creación de los primeros presupuestos generales del Estado y una reducción de la deuda pública). El mayor problema fue el sucesorio, pues Fernando derogó la Ley Sálica y promulgó la Pragmática Sanción para que su hija Isabel pudiera gobernar. Esto enfrentó a los absolutistas partidarios de Carlos María Isidro (absolutistas «apostólicos») con los liberales y absolutistas fieles a Fernando, partidarios de Isabel II. A la muerte de Fernando VII, María Cristina asumió la regencia y se alió con los liberales moderados, lo que llevó al estallido de la primera guerra carlista en 1833.

El reinado de Fernando VII se basó en una continua disputa por imponer un modelo de sociedad: mantener el Antiguo Régimen o modernizarla. Su gobierno terminó con la disputa sucesoria, que enfrentó a liberales y absolutistas. Esta etapa ofrece un balance con muchos aspectos negativos para la historia de España: además de precipitar la pérdida de las colonias americanas, la restauración del absolutismo encendió el odio entre los españoles, de manera que el periodo se caracterizó por la represión política y por las continuas conspiraciones y pronunciamientos.


Las Cortes de Cádiz y la Constitución de 1812

Introducción

El inicio de la Guerra de la Independencia en 1808 marca el comienzo de la Historia Contemporánea de España. Ante la abdicación borbónica, se produce un vacío de poder real, y una parte del país se rebela contra los franceses y asume el control político, rompiendo con el Antiguo Régimen. Este proceso revolucionario llevó a la creación de nuevos órganos de poder como el Consejo de Regencia, que convocó Cortes generales. Sus representantes, elegidos por sufragio universal masculino indirecto, y reunidos en la ciudad de Cádiz, aprobarían la Constitución de 1812, base jurídica del nuevo estado liberal que se estaba formando.

Desarrollo

Las Cortes de Cádiz

En 1807, durante el reinado de Carlos IV, se firma el Tratado de Fontainebleau. Manuel Godoy permitió a las tropas de Napoleón atravesar España para conquistar Portugal, aunque su verdadera intención era conquistar España también. El Motín de Aranjuez obligó a Carlos IV a destituir a Godoy y a abdicar en favor de su hijo Fernando. Napoleón convocó a Carlos y a su hijo en Bayona, donde les forzó a abdicar (doble abdicación) para nombrar a su hermano José Bonaparte como rey de España. Todos estos sucesos dieron lugar al estallido de la Guerra de Independencia (guerra de guerrillas) en 1808. En España, tras la salida de la familia real, el poder quedó en manos de una Junta Suprema de Gobierno, que pronto se disolvió, quedando un vacío de poder. Una parte de la población se alió con los franceses y reconocieron a José I como rey de España (afrancesados), mientras que otra parte se hizo con el control político en las zonas no ocupadas a través de las juntas locales, provinciales y, por último, la Junta Suprema Central. En el avance de los ejércitos franceses, la Junta se trasladó a Cádiz (única ciudad libre del control francés), aunque finalmente acabó por disolverse y traspasó sus poderes a un Consejo de Regencia que convocará las Cortes de Cádiz. Estas Cortes fueron extraordinarias y generales y su función era la de redactar la Constitución. Estaban integradas por representantes de todas las provincias españolas y territorios americanos. Había tres grupos políticos: los liberales (Argüelles, Torreno), los absolutistas (el obispo de Orense) y los jovellanistas, una posición intermedia.

La labor legislativa de las Cortes

Finalmente se impuso la ideología liberal, que se reflejó en las leyes redactadas. El resultado de la labor legislativa de las Cortes de Cádiz fue la promulgación de un conjunto de leyes y decretos entre los que destacan:

  • La libertad de imprenta, suprimiendo la censura salvo para los escritos religiosos.
  • La Ley de Señoríos de 1811, por la cual se abolieron los derechos feudales y los señoríos jurisdiccionales. También convirtió los señoríos territoriales en propiedades particulares.
  • Derogación de los gremios, pues suponían un obstáculo para la industrialización y la consiguiente libertad de trabajo.
  • Supresión de la Mesta, ya que perjudicaba el desarrollo de una agricultura moderna.
  • Abolición de la Inquisición, presentada como un obstáculo para la libertad de pensamiento.
  • Desamortización de las tierras municipales y del clero, medida que no llegó a materializarse por la guerra.

La Constitución de 1812

La obra más trascendente de las Cortes de Cádiz fue la aprobación, tras año y medio de debates, de la Constitución el 19 de marzo de 1812 (bautizada como “La Pepa”). Es un texto de 384 artículos y 20 títulos que resume las ideas liberales del S.XIX y se inspira en los principios de Rosseau (“contrato social”) y Montesquieu (principio de separación de poderes), además de la Constitución americana de 1787 y la francesa de 1791. Las ideas principales de la Constitución son:

  • El principio de la soberanía nacional: Corresponde a todos los españoles el derecho a establecer las leyes por las que regirse. Todos los ciudadanos estarán representados en las Cortes.
  • El principio de la división de poderes.
  • El poder legislativo corresponde “a las Cortes con el Rey”. Las Cortes estarán formadas por los representantes de los ciudadanos y se reunirán en una sola cámara (sistema unicameral). Las elecciones se celebrarán por sufragio universal masculino, pero sólo podrán presentarse como candidatos los hombres mayores de 25 años que posean una cierta renta. El rey interviene en la elaboración de las leyes, tiene iniciativa y sanción y derecho de veto suspensivo de las leyes por dos veces durante un periodo de tres años.
  • El poder ejecutivo pertenece al Rey, quien nombra a su gobierno formado por secretarios de Estado y de Despacho y crea su Gabinete. El rey está sometido a la Constitución y solo tiene los poderes que esta le otorga.
  • El poder judicial corresponde a los tribunales de justicia. Además, se crea en España el Tribunal Supremo.
  • Se impone el catolicismo como religión única y oficial (Estado confesional). Fue una concesión de los liberales a los absolutistas para contentarlos.
  • Reorganización de la Administración provincial y local. Se trata de una Administración jerarquizada en la que el escalafón más alto lo ocupa el Gobierno Central del que depende la autoridad provincial y de esta, la municipal.
  • Reforma de los impuestos y la Hacienda pública: Hay un sistema fiscal unificado para todo el territorio, sin privilegios para ningún grupo o estamento.
  • Creación de la milicia nacional y de un Ejército nacional con obligatoriedad del servicio militar
  • Supresión de las aduanas interiores para la unificación del Estado.
  • Creación de un Presupuesto Nacional como forma de control de los ingresos y gastos del Estado.
  • Igualdad jurídica: igualdad de derechos y deberes para todos los ciudadanos. Entre estos derechos se encuentra la igualdad ante la ley (todos los ciudadanos se juzgan por las mismas leyes), la libertad civil (garantía penales y procesales) o el derecho a la propiedad.

Reinado de Isabel II: Transformación Liberal y Carlismo

Introducción

El largo reinado de Isabel II coincide con la transformación de la antigua monarquía absoluta, cuyos pilares eran la nobleza y la Iglesia, en una monarquía parlamentaria de corte liberal, cuya base social va a estar en la burguesía. No obstante, este reinado se inscribe en un proceso más dilatado en el tiempo en el que no faltaron interrupciones, como durante el reinado de su padre, Fernando VII. En esencia el periodo isabelino lo podemos secuenciar en varias fases:

  • Período de las Regencias (1833-1843)
  • Década Moderada (1844-1854)
  • Bienio Progresista (1854-1856)
  • Epílogo Isabelino (1857-1868)

Durante todos estos años debemos destacar la 1ª Guerra Carlista y las distintas Constituciones que, junto con otras medidas legislativas, desmontaron definitivamente el Antiguo Régimen en España y dieron paso al Estado burgués.

Desarrollo

El problema del Carlismo. La Tradición y la Cuestión Foral

El Carlismo defendía las pretensiones dinásticas de Carlos María Isidro de Borbón y de sus descendientes, frente a la línea sucesoria femenina de su sobrina Isabel II. Su ideario político se articulaba en torno a los siguientes principios: defensa del absolutismo monárquico y del poder de la Iglesia Católica, idealización del medio rural frente a la sociedad urbana e industrial y defensa de las instituciones forales de Navarra, Provincias Vascas y Cataluña. Esto se tradujo en que sus apoyos principales los obtuviera de parte del clero y del pequeño campesinado en aquellas regiones donde este último predominaba, como eran las zonas rurales de Las Vascongadas, Navarra, Aragón, Cataluña interior y Maestrazgo.

La Primera Guerra Carlista (1833-1840), la más violenta con casi 200.000 muertos fue, sobre todo, una contienda civil, pero ambos bandos contaron con apoyos en las potencias extranjeras de ideología similar. La gran cualificación de sus generales: Maroto, Zumalacárregui y Cabrera entre los carlistas y Espartero entre los isabelinos, prolongó el conflicto. Finalmente, el agotamiento carlista y su división interna entre partidarios de prolongar el conflicto y defensores de un acuerdo honroso, llevó al triunfo de estas últimas tesis, y a la firma del Convenio de Vergara (1839) entre Maroto y Espartero que marcó el fin de la Primera Guerra Carlista.

Esta guerra y las dos siguientes (1846-49 y 1872-76), provocaron la inclinación definitiva de la monarquía hacia el liberalismo, pero también dieron un protagonismo político excesivo (y a la larga nefasto a los militares), y supusieron cuantiosos gastos que impidieron invertir lo necesario en otras medidas modernizadoras, a la vez que precipitaron la desamortización eclesiástica de Mendizábal.

Aparición de los primeros partidos políticos

El Partido Moderado (fundado en 1834) y dirigido por el general Narváez, se apoyaba en los grandes terratenientes, la alta burguesía y la clase media alta. Defendía la soberanía compartida entre el rey y Las Cortes, dotar al monarca de amplios poderes y limitar los derechos de los ciudadanos con un sufragio muy restringido.

El Partido Progresista, principal rival del Partido Moderado (fundado en 1835) y dirigido por Espartero, tenía su base social en las clases medias y propugnaba la soberanía nacional representada en Las Cortes y un sufragio restringido, pero más amplio.

El Partido Demócrata, escindido del Progresista a partir de 1848, defendía, además de la soberanía nacional, el sufragio universal (masculino), los derechos de reunión y asociación, educación primaria universal y gratuita e intervención del Estado en todos los ámbitos de la asistencia social. Por su oposición a la monarquía de Isabel II, nunca participó en las elecciones.

La Unión Liberal (creada en 1858 y disuelta en 1874), estaba encabezada por el general O´Donnell, se instituyó como partido de centro y se nutría del ala derecha del Partido Progresista y del ala izquierda del Moderado.

Fuera del liberalismo estaban los carlistas y el incipiente socialismo.

El Proceso Constitucional: Del Estatuto Real a la Constitución de 1845

El Estatuto Real de 1834 no fue una Constitución sino una Carta otorgada, pues se trataba de una concesión de la soberana regente Mª Cristina de Borbón. Se centraba en la reforma de las Cortes. En lo sucesivo serían bicamerales, compuestas por un Estamento de Próceres por designación regia y un Estamento de Procuradores elegibles entre ciudadanos con cierto patrimonio mediante un sufragio muy restrictivo, que englobaba sólo a 16.000 electores (el 0,15 % de la población). Ambas Cámaras tenían carácter consultivo y eran convocadas y disueltas por la reina, tratando sólo los asuntos planteados por ésta.

La Constitución de 1837 se elaboró tras el pronunciamiento progresista de 1836 (motín de los sargentos de la Granja). Su importancia radica en la implantación definitiva del régimen constitucional en España. A semejanza de la de Cádiz, implantó la soberanía nacional, reconoció amplios derechos a los ciudadanos, la división de poderes, la libertad de imprenta, autonomía a los municipios en la elección de alcaldes, Milicia Nacional y amplió las competencias de las Cortes (podían convocarse automáticamente si el rey no lo hacía antes), reduciendo las de la monarquía. Para conseguir el apoyo de los moderados, mantuvo del Estatuto Real de 1834 las Cortes bicamerales, con un Senado de designación regia y un Congreso de Diputados elegidos por sufragio directo, así como la concesión al rey de los poderes de convocatoria de Cortes y veto de leyes de forma definitiva. El sufragio se mantuvo censitario, pero se amplió hasta los que pagasen un mínimo de 200 reales al año, es decir apenas el 4,32% de la población. Hay que destacar el hecho de que esta constitución nace del consenso entre las diferentes familias del liberalismo ante la necesidad de ganar la guerra a los carlistas.

La Constitución de 1845 tuvo como objetivo garantizar al Partido Moderado su permanencia en el poder. Para ello sustituyó la soberanía nacional por la conjunta del rey y las Cortes, aumentó el poder del monarca (negaba a Las Cortes el derecho de reunirse si no eran convocadas por la Corona), suprimía la Milicia Nacional, restringía la autonomía de los ayuntamientos, establecía un férreo control sobre la prensa y restringió el cuerpo electoral a los que pagasen 400 reales o más (1% de la población), por lo que se garantizaba el apoyo de las oligarquías agraria y financiera.

Evolución Política del Reinado

A diferencia de otros países europeos en los que una amplia burguesía urbana era el apoyo de los sistemas liberales, en España, su reducido número hizo que la monarquía buscara su sostén en los militares liberales. Esto se tradujo en inestabilidad política y en el continuo recurso a los pronunciamientos militares para la consecución de la alternancia política.

Reinado personal de Isabel II (1843-1868)

Fue un periodo de predominio casi absoluto de los moderados, pues de los 25 años, gobernaron durante 17, lo que se tradujo en la Constitución de 1845 y en el Concordato de 1851 que restableció las relaciones con la Santa Sede. Además, se creó la Guardia Civil (13 de mayo de 1844) para salvaguardar la propiedad y el orden en el medio rural, y se reformó la Hacienda, generalizando para todo el territorio nacional los mismos impuestos, pero gravando más a las clases populares (Impuestos de Consumos) que a los grandes propietarios (impuestos directos sobre la propiedad). Todo esto durante la Década Moderada (1844-1854).

Los Progresistas gobernaron entre 1854 y 1856 (Bienio Progresista), tras el pronunciamiento liberal del general O’Donnell (Vicalvarada), que fue acompañado de un levantamiento popular. Impulsaron la segunda desamortización (Madoz), fundaron el Banco de España y la Ley de Ferrocarriles.

Durante el gobierno centrista de la Unión Liberal (1858-1863) se actuó, sobre todo, en política exterior, intentando devolver a España el prestigio internacional con costosas campañas militares de pobres resultados económicos y territoriales en Cochinchina, Marruecos, México y el Pacífico. Los moderados volvieron al poder entre 1863 y 1868, alternándose en el poder con los unionistas. Las medidas restrictivas en materia electoral, la actitud caprichosa de la reina en la designación de los gobiernos y la grave crisis económica de 1866, acentuaron la decadencia política y económica de un reinado, cuya permanencia parecía insostenible.

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