El Manifiesto de los Persas: La Restauración del Absolutismo en España
Clasificación del Texto
Nos encontramos ante un texto histórico-político. Se trata de un manifiesto político, de carácter público y fuente primaria. Va dirigido a Fernando VII. Su autor no es individual, sino colectivo: un grupo de 69 diputados defensores del absolutismo, que representan a la alta nobleza y a parte del clero. El texto está fechado el 12 de abril de 1814 en Madrid, coincidiendo con la llegada de Fernando VII procedente de Francia. En Valencia, el rey recibe este texto, que le muestra el apoyo de los sectores absolutistas de las propias Cortes.
Contexto Histórico
Este texto pertenece a la época del reinado de Fernando VII a su vuelta a España en 1814. El pueblo anhelaba el retorno del monarca. El 24 de marzo de 1814, Fernando VII llegó a Gerona para dirigirse a Valencia, pero antes de llegar allí, pasó por Zaragoza. A su entrada, se convirtió en el árbitro entre liberales y conservadores. En Valencia le esperaban los diputados no liberales de las Cortes de Cádiz, quienes le entregaron el texto que analizamos. En él, se pide la convocatoria de Cortes al modelo antiguo, propugnando reformas políticas como la libertad, la propiedad y la seguridad de las personas, y que se evite una monarquía arbitraria mediante leyes emanadas del rey y de las Cortes.
La respuesta del monarca fue el Decreto del 4 de mayo, redactado por Villamil y Lardizábal en el camino de Madrid a Valencia. Este decreto se divide en tres partes: la primera relata negativamente las actividades de la Corte; la segunda expone un plan de reformas centradas en una convocatoria a Cortes; y la tercera declara abiertamente que Fernando VII considera nula la Constitución y no piensa jurarla.
Durante la Restauración absolutista (Sexenio Absolutista), Fernando VII estuvo mal aconsejado por la mediocridad de sus consejeros y la inestabilidad ministerial. El Sexenio Absolutista fue un auténtico fracaso que defraudó a los españoles. Desde el 4 de mayo, comenzó la restauración de todos los organismos del Antiguo Régimen, desmantelando las estructuras políticas, sociales y económicas de las Cortes de Cádiz. Tres aspectos destacan en este Sexenio:
- La represión contra afrancesados y liberales.
- Los intentos de reforma de Hacienda.
- El robustecimiento de la oposición liberal.
La situación económica que encontró Fernando VII fue deplorable, a lo que se sumó la emancipación americana.
La oposición liberal puso en práctica pronunciamientos que fracasaron, como el de Espoz y Mina en 1814, el de Juan Díaz Porlier en 1815, el de Vicente Richart en 1816, el de Lacy en 1816 y el de Vidal en 1819. El pronunciamiento que provocó la caída del régimen fue el de Riego, quien se levantó en varios puntos de la Baja Andalucía y proclamó la Constitución en Cabezas de San Juan.
Extracción y Separación de Ideas
El texto recoge un fragmento del llamado “Manifiesto de los Persas”. A través de él, un grupo de diputados absolutistas solicitan a Fernando VII la abolición de la legislación gaditana y la vuelta al Antiguo Régimen.
En el primer bloque, los autores plantean el problema: un país sumido en el caos por los cambios introducidos por el poder ilegítimo de Cádiz durante la guerra. La preocupación de los firmantes no es el grado de destrucción nacional causado por la guerra, sino la transformación política: “…se ha mudado el sistema que regía al momento de verificarse aquélla, y nos hallamos al frente de la nación en un Congreso que decreta lo contrario de lo que sentimos…”.
El artículo 134 del Manifiesto argumenta por qué, ante esa situación, el absolutismo es la mejor solución y por qué no debió ser suprimido. El primer argumento es propio del pensamiento del Antiguo Régimen: el poder por designación divina (teoría de altar y trono). Su finalidad: el bien común y el mantenimiento del orden: “…fue establecida por derecho de conquista o por la sumisión voluntaria de los primeros hombres que eligieron sus reyes…”.
El documento concluye con una petición: la anulación y el no reconocimiento de la obra legislativa de Cádiz, al no haber sido aprobada por los territorios ni por el soberano. Para los firmantes, las Cortes de Cádiz representan la anarquía propia de la revolución, mientras que la monarquía absoluta representa el orden y la razón.