Cogestión Empresarial: Participación de los Trabajadores en la Empresa

La Cogestión: Participación de los Trabajadores en la Empresa

La cogestión implica que los trabajadores pueden participar en la propiedad de la empresa, convirtiéndose en copropietarios en mayor o menor grado. Se promueve la participación de los trabajadores en la propiedad a través de mecanismos que buscan una mayor integración. Al participar en la propiedad, los trabajadores pueden obtener dividendos si la empresa genera beneficios a repartir. En Europa, muchas empresas públicas se han privatizado, facilitando en ese proceso que los trabajadores tengan preferencia en la suscripción de acciones.

En algunas empresas, los trabajadores pueden participar en los beneficios, aunque no sean copropietarios. Esta participación se considera parte del salario.

Una tercera forma de participación es la participación en la gestión. Por su condición de trabajadores, tendrían derecho a participar en la gestión de la empresa. Existen distinciones en esta participación:

Sectores de Participación

Los sectores son los ámbitos donde se toman las decisiones en la empresa. Teóricamente, los trabajadores podrían participar en todos o en algunos de ellos. Generalmente, se permite la participación en el ámbito social, pero es más difícil en los ámbitos económico, profesional y técnico. Es crucial establecer si la participación abarca todos los sectores o solo algunos.

Grados de Participación o Cogestión

Se pueden diferenciar distintos grados:

  • Derecho a ser informados: La empresa está obligada a informar a los trabajadores sobre ciertos sucesos, como la situación de producción y ventas, o la externalización de actividades.
  • Consulta y discusión: La empresa no solo informa, sino que también consulta a los trabajadores y escucha a sus representantes. Estas consultas suelen ser preceptivas, pero no vinculantes. La empresa está obligada a consultar, pero no a seguir la opinión de los trabajadores.
  • Posibilidad de veto: Los representantes de los trabajadores podrían vetar las decisiones de la empresa.
  • Cogestión paritaria: Se requiere el acuerdo de los trabajadores (50% de representación) para tomar una decisión.

En España, no se sigue un sistema de cogestión estricta, aunque sí existen grados de participación leve de los trabajadores a través de sus representantes. En 1962, durante el régimen de Franco, se aprobó un sistema de cogestión limitada para las grandes empresas (más de 500 trabajadores). Se estableció que, en el consejo de administración, por cada seis representantes del capital, debía haber un representante de los trabajadores. Este sistema desapareció, y hoy no existe una norma similar, salvo que la empresa lo admita o lo pacte con los trabajadores.

En España y en países del entorno, no hay un sistema de cogestión generalizado. El mayor grado de cogestión se ha dado en empresas públicas, más que en privadas. La mayoría de los países han experimentado procesos de privatización de empresas públicas, lo que ha llevado a la desaparición de la cogestión limitada que existía en algunas de ellas. La participación de los trabajadores, cuando se establece, suele implicar la presencia de representantes en los consejos de administración, pero con carácter informativo, sin derecho a voto.

La Perspectiva de los Sindicatos

Los sindicatos tienen una opinión sobre la cogestión, y su ideología ha variado a lo largo del tiempo. Los sindicatos dominantes en Europa occidental (marxistas, socialdemócratas y de orientación cristiana) han evolucionado y se han adaptado. Inicialmente, no eran muy partidarios de la cogestión, ya que la consideraban una integración de los trabajadores en el sistema capitalista, un sistema que pretendían sustituir. Apostaban por la negociación colectiva de las condiciones de trabajo, sin que los trabajadores se corresponsabilizaran de la dirección de la empresa.

El Caso de Alemania: Un Modelo de Cogestión

El país más avanzado en cogestión es Alemania, debido a razones históricas. Tras la Segunda Guerra Mundial, las fuerzas aliadas (EE. UU., Reino Unido y Francia) intervinieron grandes empresas del carbón y del acero, que habían sido fundamentales para el nazismo. Se estableció un sistema de cogestión en estas empresas, con el consejo de vigilancia compuesto en un 50% por representantes de los trabajadores y en un 50% por representantes del capital, con un presidente neutral.

Cuando Alemania Occidental recuperó la soberanía, se intentó eliminar este sistema, pero la DGB (Confederación Alemana de Sindicatos) apoyó su permanencia e intensificación. El sistema actual establece que las empresas de más de 2000 trabajadores y las siderometalúrgicas de más de 1000 nombren un consejo de vigilancia. En este consejo, el 50% representa al capital y el otro 50% a los trabajadores, pero el presidente pertenece al capital, garantizando su supremacía. Los trabajadores se dividen en tercios: directivos, obreros y empleados.

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