La Constitución de 1812
Aprobada el 19 de marzo de 1812 y popularmente conocida como “La Pepa”, este texto legal fue la primera constitución liberal de España. La Constitución de 1812 es uno de los grandes textos liberales de la historia, siendo el referente de los posteriores textos constitucionales españoles.
Los diputados liberales Agustín Argüelles, Diego Muñoz Torrero y Pérez de Castro son las figuras más destacadas en su elaboración.
Rasgos principales de la Constitución
- Soberanía nacional: El poder reside en la nación, idea opuesta a la soberanía monárquica.
- División de Poderes:
- Poder legislativo: Cortes Unicamerales
- Poder judicial: Tribunales
- Poder ejecutivo: Rey, pero con importantes limitaciones:
- Sus órdenes deben ir validadas por la firma del Ministro correspondiente.
- No puede disolver las Cortes.
- Veto suspensivo transitorio durante dos años, tras ello la decisión de las Cortes se convierte en ley.
- Nombra a los ministros, pero estos deben ser refrendados por las Cortes (“doble confianza”).
- Nuevo derecho de representación: La nación ejerce su soberanía mediante sus representantes en Cortes.
- Complicado procedimiento electoral: Sufragio universal masculino indirecto en cuarto grado. Derecho de voto: todos los hombres mayores de 25 años, que elegían a unos compromisarios que a su vez elegían a los diputados.
- Igualdad de los ciudadanos ante la ley: Esto supuso el fin de los privilegios estamentales.
- Omisión de los territorios forales: Se omite toda referencia a los territorios con fueros, lo que equivalía a su no reconocimiento. No obstante, los regímenes forales de las provincias vascas y de Navarra no se derogaron explícitamente.
- Reconocimiento de derechos individuales: Derecho a la educación, libertad de imprenta, inviolabilidad del domicilio, a la libertad y a la propiedad.
- Catolicismo como única religión: El catolicismo es la única confesión religiosa permitida. La necesidad de contar con la colaboración del clero en la lucha contra los franceses explica este rasgo intolerante que choca con el espíritu avanzado de la constitución.
La Restauración de Fernando VII
Tras el Tratado de Valençay en 1813, Fernando VII se preparó para regresar a un país donde gobernaban unos principios políticos completamente contrarios a sus convicciones absolutistas. El monarca demoró su regreso a Madrid tanteando la situación ante la cada vez más evidente debilidad de los liberales en el interior del país.
Fernando VII entró en España el 22 de marzo de 1814, recibido por continuas aclamaciones populares. El 12 de abril un grupo de diputados a Cortes absolutistas le presentaron el conocido como Manifiesto de los Persas en el que le reclamaban la vuelta al absolutismo. En él afirmaban: “Señor, era costumbre entre los antiguos persas pasar cinco días de anarquía después del fallecimiento de su rey, a fin de que la experiencia de los asesinatos, robos y otras desgracias, les obligase a ser más fieles a su sucesor…”, para mejor apreciar después los rigores de un gobierno firme y de poder.
Finalmente, Fernando VII terminó por decidirse y el 4 de mayo de 1814 emite en Valencia un decreto por el que disolvía las Cortes, abolía la Constitución de 1812 y toda la labor legislativa de las Cortes de Cádiz y restablecía el absolutismo.
La Década Absolutista (1823-1833)
Conocida como Década Ominosa por los liberales. El mismo día en que Fernando VII fue liberado por los Cien Mil Hijos de San Luis promulgó un decreto por el que anulaba todo lo legislado durante el Trienio. El monarca trataba de nuevo de volver al absolutismo y al Antiguo Régimen.
Inmediatamente se inició la represión contra los liberales. Riego fue ahorcado en Madrid en noviembre y, aunque la Inquisición no llegó a ser restablecida formalmente, se crearon Juntas de Fe que ejercieron la función inquisitorial y represiva. El maestro valenciano Cayetano Ripoll fue la última víctima legal del fanatismo religioso.
Pese a la represión, las conspiraciones militares liberales continuaron. El peligro de nuevos pronunciamientos llevó a Fernando VII a tomar una medida extrema: la disolución del ejército. El monarca pidió a Francia que se mantuvieran los Cien Mil Hijos de San Luis mientras se reorganizaban las fuerzas armadas. En torno a 22.000 soldados franceses se mantuvieron en España hasta 1828.
Paralelamente, el régimen absolutista abordó la depuración de la administración, lo que llevó a la expulsión de miles de funcionarios, especialmente docentes.
Uno de los pocos factores positivos de esta última década absolutista fue la reforma de la Hacienda emprendida por el ministro López Ballesteros. La reforma permitió un cierto equilibrio presupuestario, al que no fue ajeno el aminoramiento de los gastos militares tras la independencia de las colonias.