Constitución de Cádiz de 1812: Origen, Ideas Clave y Consecuencias

La Constitución de Cádiz: Origen, Ideas Clave y Consecuencias

La Constitución de Cádiz: F:1ª, N:J-C y T:Sociopolítico. Esta constitución se promulgó el 19 de septiembre de 1812, aprobada por las Cortes Generales de España. Su idea central es la creación de un Estado liberal, debido a que todos sus artículos abordan dicha idea: el concepto de nación y soberanía nacional, la defensa de los derechos y libertades básicas, la igualdad ante la ley y el fin de la sociedad estamental, la división de poderes y, fuera del marco liberal, encontramos la confesionalidad del Estado. Enmarcaremos este texto constitucional en el proceso que se llevó a cabo en España, durante la Guerra de Independencia, en el que las Cortes de Cádiz aprobaron una serie de leyes y decretos destinados a desmantelar el Antiguo Régimen y crear un Estado liberal, teniendo como base la Constitución, el texto que analizamos.

Contexto Histórico: Abdicaciones de Bayona y el Inicio de la Resistencia

Todo comenzó cuando Fernando VII le arrebató el trono a su padre, Carlos IV. Ante tal revuelo, Carlos IV acudió a la llamada de Napoleón a Bayona con su hijo. Padre e hijo abdicaron a Napoleón. Legitimado por las abdicaciones, Napoleón nombró a su hermano José rey de España. José I lo juró el 7 de julio de 1808 ante la pasividad de la inmensa mayoría de la administración borbónica. José Bonaparte inició una reforma que pretendía desmantelar el Antiguo Régimen y crear un nuevo Estado. El nuevo código de Bayona reconocía la igualdad de los españoles ante la ley, los impuestos y el acceso a los cargos públicos.

Los españoles, incrédulos ante lo que estaba pasando, no aceptaron a José Bonaparte como rey, creyendo que Napoleón tenía secuestrado a Fernando VII. Una multitud se congregó ante palacio para impedir su partida y se alzó de forma espontánea contra la presencia francesa. La revuelta fue duramente reprimida por las tropas francesas, pero su ejemplo se extendió por todo el país y un movimiento de resistencia popular frenó el avance de las tropas imperiales. Llegamos a un punto crucial: la formación de las juntas. Estas juntas de armamento y defensa se crearon ante el vacío de poder creado por las abdicaciones de Bayona. Primero fueron locales y estaban formadas por personalidades partidarias de Fernando VII. Después se crearon Juntas provinciales, que asumieron la soberanía en ausencia del rey, declarando la guerra a Napoleón. Tras la increíble derrota de las tropas francesas en Bailén ante el desordenado ejército español, se formó la Junta Suprema Central, que coordinaría la lucha. Antes de disolverse, la J.S.C. convocó las Cortes para que los representantes de la nación decidieran sobre su organización y destino, puesto que queríamos llegar a la formación de las Cortes, que intentarían eliminar el Antiguo Régimen y ordenar el Estado como un régimen liberal.

El Proceso Constituyente: De las Cortes a la Promulgación

¿Cómo consiguieron las Cortes reorganizar el Estado español y preparar y promulgar nada menos que la Constitución de 1812, el texto que analizamos?

Las Cortes se abrieron en septiembre de 1810 y el sector liberal consiguió su primer triunfo al forzar la formación de una cámara única, frente a la tradicional representación estamental.

Contenido y Principios Fundamentales de la Constitución de 1812

Llegamos entonces a nuestro texto constitucional. Una comisión de las Cortes preparó el proyecto de Constitución desde marzo de 1811. Empezó a debatirse en agosto y se promulgó el 19 de marzo de 1812, el día de San José, por lo que se conoce como *La Pepa*. La Constitución contiene una declaración de derechos del ciudadano: la libertad de pensamiento y opinión, la igualdad de los españoles ante la ley, el derecho de petición, la libertad civil, el derecho de propiedad y el reconocimiento de todos los derechos legítimos de los individuos que componen la nación española. La nación se definía como el conjunto de todos los ciudadanos de ambos hemisferios.

La estructura del Estado correspondía a una monarquía limitada, basada en la división de poderes y no en el derecho divino. El poder legislativo, las Cortes, únicamente representaban la voluntad nacional y poseían amplios poderes como la elaboración de leyes. El monarca era la cabeza del poder ejecutivo, por lo que poseía la dirección del gobierno e intervenía en la elaboración de leyes. Como vemos en el artículo 16, el rey era el que ejecutaba las leyes. La administración de justicia era competencia exclusiva de los tribunales y se establecían los principios básicos de un Estado de derecho: »Art 17».

Otros artículos de la Constitución planteaban la reforma de los impuestos y la Hacienda, la creación de un ejército nacional, el servicio militar obligatorio y la implantación de una enseñanza primaria pública y obligatoria. Además del texto constitucional, las Cortes de Cádiz aprobaron una serie de leyes y decretos destinados a eliminar el Antiguo Régimen y a ordenar el Estado como un régimen liberal.

El Fracaso Inicial y el Legado de la Constitución

Pero nos encontramos ante una historia con un triste final. La situación de guerra impidió la efectiva aplicación de lo legislado, y al final de la guerra, la vuelta de Fernando VII frustró la experiencia liberal y condujo al retorno del absolutismo, anulando la Constitución y las leyes de Cádiz.

Consecuencias

Las consecuencias que tuvo la Constitución de 1812 fueron una semilla que daría sus frutos. No dio sus frutos debido a la vuelta de Fernando VII, pero este primer liberalismo marcó las líneas básicas de lo que debía ser la modernización de España.

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