LEY
DE 21 DE Julio DE 1876
O LEY ABOLITARIA DE LOS FUEROSEl
texto que vamos a comentar se trata de un fragmento de la ley de 21
De Julio de 1876, concretamente de 4 artículos, es la ley abolitaria
De los fueros del País Vasco. Es un texto de tipo jurídico, porque
Trata de una ley. Es de carácter político y es una fuente primaria.
El autor es colectivo, los autores materiales son las cortes
Españolas que habían redactado la constitución un mes antes,
Alfonso XII tiene poder legislativo, que sanciona la ley, hijo de
Isabel II que tras el manifiesto de Sandhurst restauró la monarquía
Borbónica en España. Y por último el inspirador del texto es
Cánovas del Castillo que es el artífice del sistema político de la
Restauración, es por tanto un texto de carácter público. El texto
Va dirigido expresamente a los habitantes de las provincias de
Vizcaya, Guipuzcoa y Álava en primer lugar. En segundo lugar al
Resto de los habitantes de España.(Contextualización)
En cuanto al momento histórico es el comienzo de la etapa de la
Restauración (1874-1902) con el rey Alfonso XII y el jefe de
Gobierno Cánovas del Castillo.(Análisis)
La idea principal del texto es abolir los fueros vascos, los
Privilegios fiscales militares especialmente de las provincias de
Vizcaya, Guipuzcoa y Álava, con el fin de lograr el principio de
Unidad constitucional. En cuanto a las ideas secundarias en el primer
Artículo expone la obligatoriedad de formar parte del ejército de
La armada española y pagar impuestos en proporción a sus
Posibilidades. Según esto los habitantes de las provincias vascas
Entrarían en el sistema de Quintas para ser seleccionados para ir a
La guerra. Por último en el artículo 4, se indica que el estado
Hará las reformas necesarias .(Comentario)
La llegada al liberalismo al País Vasco producirá la primera crisis
Institucional de importancia. Será con la primera guerra carlista
Cuando el problema foral llegue a su mayor nivel de conflictividad.
El régimen foral vasco preserva la nobleza del campo y frenaba el
Desarrollo económico de la burguésía comercial vasca.
El
Final de la primera Carlistada culminará con el Convenio de Vergara
Cuyo compromiso obligaba al gobierno liberal a respetar el régimen
Foral. La nueva ley de 25 de Octubre de 1839 confirmaba los fueros
Vascos, siempre y cuando no afectaran a la unidad constitucional.
En
Navarra en 1841 se firma la Ley Paccionada que equivalía al final
Del régimen foral. En las provincias vascas por el contrario, no se
Conseguirá llegar a un pacto. Espartero intentará uniformizar la
Nacíón mediante el decreto que abolía en la práctica de los
Fueros, excepto el mantenimiento de la exención fiscal, y la no
Aplicación al servicio militar en el territorio vasco. La abolición
Definitiva del régimen foral vasco vendrá con la derrota militar
Sufrida por los carlistas en 1876. Cánovas decidíó terminar con el
Régimen foral presionado en gran parte por la opinión pública que
Consideraba que los fueros habían sido la causa fundamental.
Tras
La pérdida de los fueros en 1876 las diputaciones consiguieron un acuerdo económico para las tres provincias. Así en adelante
Recaudarían sus impuestos y entre todas entregarían una parte al
Estado, es el llamado Cupo que es la constitución del País Vasco
Con el estado. Este sistema se prorrogó durante los años siguientes
Hasta que se hizo definitivo en el año 2002 manteniéndose hasta hoy
En día. Durante la Guerra Civil española tras la conquista de
Bilbao en 1937, Franco declaró a Vizcaya y a Guipuzcoa provincias
Traidoras, por lo que les suprimíó inmediatamente el concierto
Económico manteniéndose en Navarra y Álava. En 1981 con el regreso
De la democracia estas provincias recuperaron el concierto económico
Y hoy en día se coordinan su propio sistema fiscal teniendo como
Intermediario al gobierno vasco.(Valoración)
Este texto pone fin al régimen foral que desde la Edad Media había
Concedido una situación de privilegio respecto al resto de estado de
Una serie de privilegios entre los más importantes eran la exención
De impuestos y la no obligación de acudir al servicio militar.
Solamente quedara vigente un aspecto de la parte económica que es el
Concierto económico que posteriormente pasarán a los estatutos de
La economía. La pérdida de los fueros será un tema vivido con gran
Intensidad con la sociedad vasca y le da origen a un sentimiento
Regeneracionista que más tarde toma forma de un partido político
Que recogen las aspiraciones de recuperar la esencia vasca, fundado
Por Sabino Arana (fundador del PNV)