Defensor del Pueblo y Poder Ejecutivo: Funciones y Requisitos en Argentina

Defensor del Pueblo

El **Defensor del Pueblo** es un órgano independiente con autonomía funcional, cuyo objetivo es defender y proteger los derechos de la sociedad ante hechos, actos u omisiones de la administración.

Es **independiente** ya que su función no depende de ninguno de los tres poderes. Tiene **autonomía funcional**, no recibe órdenes de ninguna autoridad y goza de los mismos privilegios e inmunidades que los legisladores.

Su función es defender a la sociedad y a los ciudadanos de las amenazas o lesiones que la administración pública o empresas privadas que prestan servicios públicos puedan causarles a través de actos u omisiones arbitrarias. Debe controlar y evitar la corrupción, logrando que el pueblo tenga participación activa en la defensa de sus derechos.

Recibe denuncias, las investiga y avisa a la sociedad, de forma pública y masiva, sobre cualquier clase de irregularidad que haya detectado.

Tiene **legitimidad procesal**, estando autorizado para presentarse en juicio y promover acciones con el fin de cumplir sus funciones. Puede iniciar la acción de amparo para defender los derechos del medio ambiente y del consumidor.

Es designado y removido por el Congreso, necesitándose para ello el voto de 2/3 de los miembros presentes de cada Cámara. Los requisitos para serlo son: ser argentino, tener como mínimo 30 años, no ejercer cargos electivos, políticos o judiciales, ni realizar actividades políticas o sindicales. Su mandato dura 5 años y puede ser reelecto una sola vez.

Poder Ejecutivo

Sistema Parlamentario

  • El sistema parlamentario es aplicado en la mayoría de los países de Europa. Es colegiado, ya que está compuesto por el presidente o rey, que actúa como jefe de Estado, es el representante del Estado en el extranjero, aconseja al primer ministro y actúa como árbitro en algunas cuestiones. También forma parte el consejo de ministros, que tiene a su cargo la conducción política del Estado. La figura más importante es el primer ministro, que actúa como jefe de gobierno. El primer ministro es nombrado formalmente por el jefe de Estado, quien debe proclamar al líder del partido político que tenga mayor número de miembros en el parlamento. El resto de los ministros son elegidos por el primer ministro. El consejo de ministros puede ser removido por el parlamento a través del voto de censura, por eso el consejo de ministros no puede gobernar sin la confianza del parlamento.

Presidencialismo

  • El **presidencialismo** es el sistema aplicado en la mayoría de los países de América. Argentina lo adopta en el art. 87, donde el Poder Ejecutivo es ejercido por el presidente, quien además ocupa los cargos de Jefe de Estado y Jefe de Gobierno. Sin embargo, desde la incorporación del Jefe de Gabinete y de sus atribuciones, así como de los demás ministros, la doctrina sostiene que se pasó a un **presidencialismo atenuado** o **semiparlamentarismo**, ya que muchas de estas acciones están destinadas a controlar los actos del presidente.

Requisitos para ser electo Presidente o Vicepresidente

Para ser electo presidente o vicepresidente se requiere: haber nacido en el territorio argentino o ser hijo de ciudadano nativo, tener 30 años de edad y 6 de ciudadanía en ejercicio, y tener una renta anual de 2000 pesos fuertes. Los candidatos deben reunir estos requisitos al momento de presentar y oficializar sus candidaturas.

La reforma de 1994 suprimió el requisito de pertenecer a la iglesia católica. Antes, esto era imprescindible ya que el presidente era quien se encargaba de ejercer el patronato, pero al firmar el concordato en 1966 con la Santa Sede, este ejercicio se suprime, por lo tanto, el requisito de ser católico queda infundado.

Elección del Presidente y Vicepresidente

Antes de la reforma del 94, la elección era indirecta, a través de los colegios electorales. El pueblo votaba en cada distrito electoral por los candidatos a miembros de los colegios electorales para que estos luego eligieran al presidente y vicepresidente.

A partir de la reforma del 94, la elección es directa con sistema de **ballotage**. El pueblo elige directamente al presidente y vicepresidente. Este sistema consiste en realizar nuevamente la votación entre los dos candidatos más votados en la primera vuelta. Este sistema logra que el candidato electo cuente con una mayor legitimidad, ya que accederá al cargo con un porcentaje de votos mucho mayor que el que obtuvo en la primera vuelta. También logra que se reduzca la cantidad de partidos políticos y solo los más sólidos y con ideologías bien marcadas pueden llegar a la segunda vuelta.

No es necesario el ballotage cuando en la primera votación una de las fórmulas obtenga más del 45% de los votos afirmativos válidamente emitidos, o cuando en la primera votación una de las fórmulas obtenga por lo menos el 40% de los votos afirmativos válidamente emitidos y siempre que exista una diferencia de más de 10 puntos sobre los votos que obtuvo la fórmula que salió en segundo lugar.

La duración del mandato es de 4 años para presidente y vicepresidente. Estos pueden ser reelectos, pero luego de este periodo deben dejar pasar una elección para volver a postularse.

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