EL debate sobre LAS Abolición DE LOS Señoríos en las cortes de Cádiz

1. Crisis del Antiguo Régimen

2. La Alianza con la Francia Napoleónica

La debilidad de Carlos IV espoleó el intervencionismo francés, que obligó a Godoy a dirigir la invasión de Portugal (guerra de las Naranjas) con objeto de cerrar sus puertas al comercio británico. Francia e Inglaterra firmaron la paz pero en seguida reanudaron sus hostilidades, y España se vio envuelta en otra guerra de no deseada, de trágicas consecuencias para su flota, que cayó destrozada en la batalla de Trafalgar 1805 ante la escuadra del almirante Nelson. Las posesiones americanas quedaban incomunicadas, y el hundimiento económico de España hacía imparable.


2.1    División social y lucha por el poder

Los desastres bélicos, el arrinconamiento político de la alta nobleza y el disgusto del clero a causa de las medidas desamortizadoras unieron a la oposición en torno al Príncipe de Asturias, el futuro Fernando VII, quien no congeniaba con Godoy.

Un buen impulso al complot de los conservadores fue el tratado de Fontainebleau, por el que Godoy autorizaba la concentración de las tropas francesas en España con el objetivo de una nueva campaña de conquista y reparto de Portugal. Soldados, campesinos y servidumbre del palacio, alentados por los simpatizantes del heredero, organizaron un motín en Aranjuez cuyo resultado fue la caída de Godoy y la forzada aplicación de Carlos IV en su hijo Fernando VII.


3.Las cortes de Cádiz

La gran oportunidad llegó cuando las derrotas militares desacreditaron a la Junta Central y dieron paso, Enero de 1810, a un gobierno provisional.

Muchos burgueses liberales, funcionarios ilustrados e intelectuales procedentes de otras ciudades tomadas por el ejército del rey José, huyendo de la guerra, se habían concentrado en Cádiz,ciudad-refugio protegida por la marina británica.


3.1Convocatoria de composición de las cortes

La regencia decidíó convocar las cortes cuando llegó a Cádiz la noticia de que se habían iniciado los movimientos a favor de la independencia de las colonias americanas que podían poner en peligro el Imperio español. Las cortes inauguraron sus reuniones en 1810 y prolongaron su actividad hasta 1814. Un conjunto de decretos y la Constitución de 1812, manifestaban su deseo de transformación del país mediante la aplicación de importantes reformas.

La representaciones y sus problemas

Predominaban en las Cortes las clases medias con formación intelectual, eclesiásticos, abogados, funcionarios, militares y catedráticos, miembros de la burguésía industrial y comercial. No había representación alguna de las masas populares, ni un solo campesino tampoco mujeres. Las primeras sesiones de las cortes congregaron un centenar de diputados, pero su número fue aumentando, hasta llegar a los 300.

Carácter y tendencias en las cortes de Cádiz

Las cortes demostraron que en nada se parecían a las antiguas. Al asumir la soberanía nacional y  autoconstituirse en asamblea constituyente, que contaba ya con el precedente de Francia.

Asimismo con la concesión de iguales derechos a todos los ciudadanos incluidos los de América convertían España y sus colonias en una única nacíón repartida a ambos lados del océano.De inmediato surgieron dos grandes tendencias en la cámara gaditana. Los liberales -que por primera vez se emplea este término- eran partidarios de reformas revolucionarias, mientras que los absolutistas, llamados despectivamente “serviles”, pretendían mantener el viejo orden monárquico. La prensa de Cádiz, estuvo del lado de los liberales y la iglesia al servicio de la ideología absolutista.


3.2 Los decretos de abolición del antiguo régimen

Libertad de expresión

Con una prensa adicta, y después de siglos el de bloqueo informativo, los liberales aprobaron el decreto de libertad de imprenta -primera formulación del derecho de la libertad de expresión
, que suprimía la censura para los escritos políticos, pero no para los religiosos.

Anulación del régimen Feudal

Aboliendo los señoríos jurisdiccionales que impedían la modernización de la administración local y provincial.Fueron derogados los gremios, que impedían el desarrollo económico de España.

La venta en pública subasta de las tierras comunales de los municipios. El Honrado Concejo de la Mesta y fue suprimido, reconociendo el derecho de los pueblos a acortar sus tierras comunales.

Legislación religiosa

La abolición de la Inquisición, presentada como un obstáculo para la libertad de pensamiento y el desarrollo de la ciencia.

Reforma administrativa y ordenación del territorio

Las cortes eliminaron los antiguos reinos, provincias e intendencias y decretaron en una nueva división provincial.


3.3 La Constitución de 1812

El 19 de Marzo de 1812 los diputados de Cádiz aprobaron una de Constitución, la primera de la historia de España, que resumía su labor legisladora y establecía las ideas y lenguaje del liberalismo español. “La Pepa”.

Un solo Estado, los mismos derechos

Al mismo tiempo,con su afirmación de los derechos individuales y colectivos de los españoles, ponían los fundamentos para acabar con la sociedad estamental. Con el fin de conseguir la igualdad de los ciudadanos, una burocracia centralizada, una fiscalidad común(todos los ciudadanos tendrán que pagar los mismos impuestos), un ejército de nacional y un mercado libre de aduanas interiores.

Los diputados en cortes representan la nacíón con lo que se diseña un Estado Unitario, que afirmaba los derechos de los españoles en su conjunto, por encima de las históricos de cada reino, de esta forma se daba un paso más en el proceso de centralización política y administrativa.


Estado constitucional y soberanía nacional

En consonancia con la primera declaración de la asamblea gaditana, la Constitución proclamaba la Soberanía Nacional en detrimento del Rey, al que se le quitaba la función legisladora, atribuida ahora a las cortes, que tendrían una sola cámara elegida por Sufragio Universal masculino. Para ser diputado se requería, la condición de propietario, lo que excluía a asalariados y a campesinos sin tierra. Al atribuir la soberanía a la nacíón, se estaba produciendo un cambio fundamental, los ciudadanos reconocían a Fernando VII como rey de España, pero no como Rey absoluto, sino constitucional. Aunque símbolo del liberalismo radical, la Constitución de 1812 reflejaba el influjo de la religión y de la nobleza a través de la definición de un Estado Confesional y el reconocimiento de las propiedades de los grupos privilegiados.

A la constitución de Cádiz ni la guerra ni Fernando VII le dieron tiempo a para implantar sus reformas. No obstante, años después, otros textos, inspirados en ella, se encargarían de hacer avanzar la sociedad española a la conquista de derechos individuales y colectivos. Como símbolo del deseo de libertad de los españoles, la Constitución de 1812 permanecería viva el recuerdo a lo largo del siglo, prolongándose, también, en el ideario de los liberales de América del Sur y de Europa.


Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *