El Moderantismo en España: Constitución de 1837 y Derechos Individuales
Contexto Histórico-Político
El periodo del Moderantismo está marcado por la Primera Guerra Carlista, iniciada por Carlos María Isidro, hermano de Fernando VII, debido a la cuestión sucesoria. Carlos María Isidro no reconoció a Isabel como princesa de Asturias, y tras la muerte de Fernando en 1833, Isabel fue proclamada reina bajo la regencia de su madre, María Cristina de Borbón, quien defendió los derechos dinásticos de su hija, llevando al país a la guerra.
Carlos María Isidro obtuvo el apoyo de las zonas rurales, especialmente en el norte y el interior del país, así como el apoyo encubierto de la Iglesia.
Protagonistas del Periodo
- Carlistas: Apoyaban el derecho al trono de Carlos María Isidro, oponiéndose al liberalismo, defendiendo el absolutismo, la Iglesia y los fueros.
- Isabelinos/Liberales: Apoyaban el derecho al trono de Isabel II, gobernando durante la Regencia, divididos en moderados y progresistas.
- Moderados: Establecían la soberanía compartida entre el rey y las Cortes, la libertad de prensa con censura y el centralismo. Disolvieron la Milicia Nacional y crearon la Guardia Civil.
- Progresistas: Establecían la soberanía nacional en manos de las Cortes, sufragio más amplio, desamortización civil y eclesiástica, y amplia libertad de prensa.
Fases de la Primera Guerra Carlista
- Primera Fase (1833-1835): Fracasa la sublevación general carlista y la guerra se centra en el País Vasco-Navarro, Cataluña y el Maestrazgo. La muerte de Zumalacarregui, jefe del ejército carlista, durante el asedio de Bilbao, debilita al bando carlista. Los países absolutistas y el Papado apoyaron a los carlistas, mientras que el Reino Unido, Francia y Portugal apoyaron a los liberales e Isabel II.
- Segunda Fase (1835-1837): El bando carlista inicia las llamadas “expediciones”, movilizando cuerpos de ejército para romper las líneas enemigas y crear confusión.
- Tercera Fase (1838-1839): La fragmentación del bando carlista lleva al fin de la guerra con el Abrazo de Vergara entre Maroto y Espartero, donde se reconocen los grados del ejército carlista y se promete reconocer los fueros a cambio de la rendición carlista.
- Cuarta Fase (1839-1840): La resistencia de Cabrera en Cataluña finaliza en julio de 1840 tras la conquista de Espartero.
Las consecuencias de la guerra fueron el alto coste económico y de vidas, y el retraso industrial para España. La deuda pública se disparó, llevando a los liberales a recurrir a la desamortización de Mendizábal para financiar la guerra, vendiendo bienes eclesiásticos a la burguesía para obtener ingresos rápidos y unir a esta clase social a la causa isabelina, lo que generó descontento en el sector agrario.
El Estatuto Real de 1834
Durante la regencia de María Cristina, se redactó el Estatuto Real de 1834, considerado una “carta otorgada” ya que su redacción partió de la reina sin participación del pueblo ni de los diputados.
Su redacción es incompleta, refiriéndose únicamente al parlamento y su relación con la Corona, sin mencionar derechos ni la confesionalidad del Estado. Establecía un sistema bicameral y se remitía a leyes anteriores para el sufragio censitario.
La Constitución de 1837
A finales de la Regencia, durante el gobierno progresista, se eligieron Cortes Constituyentes según el régimen electoral de 1812 de sufragio universal masculino. La mayoría de los diputados eran progresistas. Esta Carta Magna establecía Cortes bicamerales, soberanía nacional, derechos ciudadanos, división de poderes y un importante papel legislativo de las Cortes que limitaba al monarca. No era confesional.
Personajes Significativos
- Espartero: Se enfrentó a María Cristina durante la Regencia y la sustituyó, pero su mala actuación y el golpe de Estado de Narváez lo llevaron al exilio. Regresó a España y fue llamado a la presidencia por Isabel II hasta 1856.
- Narváez: Con su golpe de estado de 1843, exilió a Espartero y se puso a la cabeza del gobierno. En 1844, surgieron dos tendencias constitucionalistas:
- Mantener la Constitución de 1837.
- Volver al Estatuto Real de 1834.
La Constitución de 1845 se caracterizaba por tener una soberanía compartida entre el rey y las Cortes, que eran bicamerales, y el reconocimiento del catolicismo como religión del Estado.
Desarrollo de los Derechos Individuales
- Constitución de 1837: Declaración sistemática, amplia, articulada y expresa de los derechos, consagrando algunos como el de imprimir y publicar ideas sin censura, inviolabilidad del domicilio, etc.
- Constitución de 1845: Apenas modifica detalles de la de 1837, eliminando la referencia a los jurados en los delitos de imprenta y la unidad de fuero.
En ambas constituciones, el derecho de sufragio activo era “censitario”, limitado a los incluidos en el censo electoral.