La Configuración del Régimen Moderado
Las elecciones de 1844 dieron la mayoría a los moderados, que formaron un nuevo gobierno presidido por el general Narváez, quien impulsó una política basada en los principios del liberalismo moderado (o doctrinario). Su pretensión era clausurar la etapa revolucionaria y normalizar el funcionamiento de las instituciones liberales, creando una legislación básica para estructurar el nuevo Estado. Éste debía sustentarse en el predominio del orden y la autoridad y combinar la reforma política con férreas medidas represivas, que pusieran fin a las expectativas sociales y políticas generadas por la dinámica revolucionaria de la etapa anterior. De este modo, los primeros gobiernos moderados llevaron a cabo una fuerte represión contra los progresistas, cuyos principales líderes optaron por exiliarse.
El régimen se asentó sobre el predominio de la burguesía terrateniente, nacida de la fusión entre los antiguos aristócratas que habían aceptado el liberalismo y la nueva burguesía de propietarios rurales. Para estos grupos era necesario consolidar un nuevo orden social, que asentase las instituciones liberales desde una óptica moderada y las protegiese tanto de la reacción carlista como de la subversión de las clases populares. La Corona y gran parte del ejército se convirtieron en los garantes más fieles de un sistema que no dudó en falsear los mecanismos electorales para garantizar el triunfo del partido del gobierno, dejando a los opositores sin otra alternativa que la conspiración como único camino para alcanzar el poder.
La Constitución de 1845
El gobierno preparó una reforma de la Constitución progresista de 1837 y aprobó la nueva Constitución de 1845, que recogió las ideas básicas del moderantismo:
- Soberanía conjunta entre el rey y las Cortes.
- Ampliación de los poderes del ejecutivo y disminución de las atribuciones del legislativo.
- Restricción del derecho de voto e institución de un Senado no electivo.
Los ayuntamientos y diputaciones quedaron sometidos a la Administración central y se suprimió la Milicia Nacional. Además, se otorgó exclusividad a la religión católica, que fue declarada la oficial del Estado, y se acordó el mantenimiento del culto y del clero.
La nueva constitución mantenía gran parte del articulado de la Constitución de 1837, sobre todo en lo referente a la declaración de derechos, pero su regulación se remitía a leyes posteriores que fueron enormemente restrictivas con las libertades. También confería enormes atribuciones a la Corona, ya que, además de la facultad de nombrar ministros, disolver las Cortes y vetar sus decisiones, le otorgaba la facultad de designar al Senado entre personalidades relevantes y de su confianza.
Un decreto de 1845 reguló la libertad de imprenta y suprimió el jurado que sancionaba los delitos de opinión, lo que significaba el control gubernamental sobre la prensa y la restricción de una de las libertades básicas de la revolución liberal. Al año siguiente, la Ley Electoral de 1846 planteó un sufragio censitario muy restringido que no superaba el 1% de la población. Sólo tenían derecho a voto los mayores contribuyentes de cada localidad y una serie de personalidades destacadas de la cultura, el ejército, la Administración y la Iglesia. Además, se aceptó el sistema de distritos uninominales, que favorecía el predominio del voto rural (supuestamente más conservador) sobre el urbano y que facilitaba la intromisión del gobierno en las elecciones e invitaba al falseamiento electoral.
La Constitución de 1869 y la Regencia
El nuevo Gobierno provisional promulgó una serie de decretos para dar satisfacción a algunas demandas populares (libertad de prensa, derecho de reunión y asociación, sufragio universal, etc.) y convocó elecciones a Cortes constituyentes. Los comicios, celebrados en enero de 1869, fueron los primeros en España que reconocieron el sufragio universal masculino (sólo para varones mayores de 25 años). Dieron la victoria a la coalición gubernamental (progresistas, unionistas y un sector de los demócratas), partidaria de la fórmula monárquica, pero también aparecieron en la Cámara dos importantes minorías: la carlista y la republicana. Las Cortes se reunieron en el mes de febrero y crearon una comisión parlamentaria encargada de redactar una nueva Constitución, que fue aprobada el 1 de junio de 1869.
La Constitución de 1869, la primera democrática de la historia de España, estableció un amplio régimen de derechos y libertades: