España 1788-1814: Crisis Monárquica, Invasión Napoleónica y las Cortes de Cádiz

La Monarquía de Carlos IV (1788-1808)

Carlos IV subió al trono en 1788 y pronto se vio envuelto en las repercusiones de la Revolución Francesa.

La ejecución del monarca francés Luis XVI hizo que Carlos IV declarara la guerra a Francia. Tras la derrota de las tropas españolas, se firmó la Paz de Basilea (1795), que subordinó España a los intereses franceses. Posteriormente, España pactó con Napoleón tras su ascenso al poder, lo que generó tensiones con Gran Bretaña por el dominio marítimo. Las tropas franco-españolas fueron derrotadas en la Batalla de Trafalgar (1805).

Esta derrota, junto con una disminución en los ingresos, redujo el presupuesto del Estado. Ante esta situación, el valido Manuel Godoy impulsó la desamortización de tierras eclesiásticas y subió los impuestos sobre el campesinado, lo que provocó un creciente descontento popular.

El Motín de Aranjuez y la Crisis Monárquica

En 1807, Godoy autorizó la entrada en España de las tropas francesas de Napoleón mediante el Tratado de Fontainebleau, con el pretexto de atacar Portugal y bajo la promesa de un reparto del país luso.

El 18 de marzo de 1808 estalló el Motín de Aranjuez, cuyos objetivos eran la destitución de Godoy y la abdicación de Carlos IV en su hijo Fernando VII. Los reyes, localizados en Aranjuez, decidieron, aconsejados por Godoy, retirarse hacia el sur.

Los amotinados consiguieron la abdicación, lo que provocó una profunda crisis en la monarquía. Carlos IV escribió a Napoleón para que le ayudara a recuperar el trono. Napoleón percibió así la debilidad y corrupción de la monarquía española, lo que le decidió a invadir España y controlar el país.

La Monarquía de José Bonaparte (1808-1813)

Carlos IV y Fernando VII fueron llamados a Bayona para abdicar (Abdicaciones de Bayona). Napoleón nombró rey de España a su hermano José Bonaparte (José I) y convocó unas Cortes con el objetivo de terminar con el Antiguo Régimen. Se creó el Estatuto de Bayona (a veces llamado incorrectamente Código), que reconocía la igualdad de los españoles ante la ley, los impuestos y el acceso a los cargos públicos.

José I inició una serie de reformas que incluyeron la abolición del régimen señorial, la desamortización de tierras de la Iglesia y la desvinculación de mayorazgos y tierras en manos muertas. Sin embargo, gran parte de la población estaba descontenta con el nuevo gobierno, al que consideraban ilegítimo, manteniendo su lealtad al rey Fernando VII.

La Guerra de la Independencia y los Inicios de la Revolución Liberal (1808-1814)

Mientras se producían las abdicaciones de Bayona, en España se produjo un alzamiento popular contra la presencia francesa.

El 2 de mayo de 1808, una multitud se congregó ante el Palacio Real de Madrid para impedir la partida del resto de la familia real hacia Bayona, sospechando que estaban siendo coaccionados por los franceses. La revuelta fue duramente reprimida por las tropas del general Murat, pero su eco se extendió por todo el país, dando inicio a la Guerra de la Independencia.

Ante el vacío de poder dejado por las abdicaciones, se formaron Juntas de Armamento y Defensa en diversas localidades y provincias. Estas juntas asumieron la soberanía en ausencia del rey, declararon la guerra a Napoleón y buscaron el apoyo de Gran Bretaña.

En septiembre de 1808, aprovechando la retirada momentánea de las tropas francesas tras la derrota de Bailén, las juntas enviaron representantes a Aranjuez (luego se trasladaron a Sevilla y finalmente a Cádiz) para unificarse en una Junta Suprema Central. Este organismo asumió el gobierno del país en las zonas no ocupadas y rompió con las instituciones tradicionales de la monarquía. Ante el avance francés, la Junta huyó a Cádiz, la única ciudad importante que permaneció libre del dominio francés durante gran parte de la guerra.

Formas de Resistencia: Sitios y Guerrillas

La resistencia en ciudades sitiadas como Girona, Zaragoza o Tarragona inmovilizó a una parte importante del ejército francés e impidió su avance hacia Levante. Además, derrotas francesas significativas como las de El Bruc y, sobre todo, la de Bailén (julio 1808), impidieron la conquista inicial de Andalucía y forzaron a José I a abandonar Madrid temporalmente.

La lucha contra los franceses se organizó también en forma de guerrillas, una táctica especialmente efectiva dado que el ejército regular español era inferior en número y preparación al francés. Las guerrillas consistían en pequeñas partidas, a menudo de entre 30 y 50 miembros (aunque algunas llegaron a ser mucho mayores), que hostigaban constantemente al enemigo, atacaban convoyes, interceptaban comunicaciones e intentaban causar el mayor número de bajas y desgaste posible.

En 1812, la guerra dio un vuelco decisivo. Napoleón retiró miles de efectivos de España para su campaña en Rusia. Esto permitió a las tropas aliadas (españolas, británicas y portuguesas), junto con la acción constante de las guerrillas, obtener victorias cruciales como la de los Arapiles (Salamanca). José I abandonó definitivamente Madrid y, tras sucesivas derrotas, Napoleón firmó el Tratado de Valençay (diciembre 1813), por el que permitía el retorno de Fernando VII al trono español.

Actitudes Sociales, Políticas e Ideológicas

La invasión y la guerra provocaron diferentes reacciones en la sociedad española:

  • Afrancesados: Una minoría, compuesta por intelectuales, altos funcionarios y parte de la nobleza, apoyó a José I. Defendían reformas ilustradas pero bajo la nueva monarquía, creyendo que era la única forma de modernizar el país evitando una revolución. Tras la guerra, muchos tuvieron que exiliarse ante la persecución decretada por Fernando VII.
  • Frente Patriótico: La gran mayoría de la población se opuso a la invasión francesa. Sin embargo, dentro de este frente existían diferentes posturas:
    • La nobleza y el clero deseaban mayoritariamente la vuelta al absolutismo bajo Fernando VII, ya que temían que cualquier cambio político les hiciera perder sus privilegios tradicionales.
    • Los ilustrados moderados, como Jovellanos, creían que con el regreso de Fernando VII se podrían llevar a cabo reformas dentro del marco del Antiguo Régimen.
    • Los liberales (burgueses, intelectuales, algunos clérigos y nobles) veían en la guerra la oportunidad de realizar una profunda transformación política: acabar con el absolutismo e implantar un régimen constitucional basado en la soberanía nacional.

Las Cortes de Cádiz y la Constitución de 1812

La Convocatoria de Cortes

La obra legislativa de los diputados reunidos en Cádiz, en pleno conflicto bélico, significó la liquidación jurídica del Antiguo Régimen y la definición del primer sistema liberal español, uno de los más avanzados de Europa en su momento y que serviría de ejemplo para otros países.

La Junta Suprema Central se mostró incapaz de dirigir eficazmente la guerra y se disolvió en enero de 1810, no sin antes convocar Cortes para que los representantes de la nación decidieran sobre su organización y destino. Mientras se reunían las Cortes, se estableció una Regencia. Se realizó también una «consulta al país» a través de las Juntas y otras instituciones sobre las reformas que debían emprenderse, predominando la idea de que el desgobierno de Carlos IV había sido nefasto y que se necesitaban garantías contra el poder absoluto del monarca.

Debido a la guerra, la elección de diputados y su llegada a Cádiz fue complicada; muchos territorios no pudieron enviar representantes y se eligieron suplentes entre los residentes en Cádiz. Las Cortes se abrieron en septiembre de 1810. Los liberales consiguieron una importante victoria inicial al forzar la formación de una cámara única (frente a la tradicional representación por estamentos) y aprobar en la primera sesión el principio de soberanía nacional, que residía en el conjunto de los ciudadanos representados en las Cortes.

La Acción Legislativa de las Cortes

Además de la Constitución, las Cortes de Cádiz aprobaron una serie de leyes y decretos destinados a eliminar las bases del Antiguo Régimen y establecer un nuevo orden económico y social:

  • Supresión de los señoríos jurisdiccionales: Se abolió la capacidad de los señores para impartir justicia y cobrar ciertas rentas, aunque la propiedad de la tierra se mantuvo en manos de los antiguos señores (convirtiéndose en propiedad privada plena).
  • Eliminación de los mayorazgos y desamortización de las tierras comunales, con el objetivo de promover la propiedad privada y la libre circulación de la tierra.
  • Abolición de la Inquisición, vista como un obstáculo a la libertad de pensamiento y un símbolo del absolutismo.
  • Aprobación de la libertad de imprenta (aunque con limitaciones en materia religiosa, que seguía bajo control eclesiástico).
  • Establecimiento de la libertad de trabajo, la anulación de los gremios y la unificación del mercado, eliminando aduanas interiores.

Este primer liberalismo marcó las líneas básicas de lo que debía ser la modernización de España. Sin embargo, la aplicación práctica de estas medidas fue limitada por la guerra y, al finalizar esta, con el regreso de Fernando VII en 1814, se restauró el absolutismo y se derogó toda la obra legislativa de Cádiz.

La Constitución de 1812 («La Pepa»)

Promulgada el 19 de marzo de 1812 (día de San José, de ahí su apodo popular «La Pepa»), la Constitución fue el texto legal más importante emanado de las Cortes. Establecía los principios fundamentales del liberalismo:

  • Declaración de Derechos del Ciudadano: Incluía la libertad de pensamiento y opinión, la igualdad ante la ley, el derecho de petición, la libertad civil, el derecho de propiedad y el reconocimiento de todos los derechos legítimos de los individuos que componen la nación española.
  • División de Poderes:
    • Poder Legislativo: Residía en las Cortes unicamerales, que representaban a la nación soberana. Tenían amplios poderes: elaborar leyes, aprobar presupuestos y tratados internacionales, mando sobre el ejército, etc. El sufragio era universal masculino indirecto (los ciudadanos elegían a unos compromisarios que a su vez elegían a los diputados).
    • Poder Ejecutivo: Lo ostentaba el Monarca, que dirigía el gobierno e intervenía en la elaboración de las leyes a través de la iniciativa y la sanción, poseyendo veto suspensivo. Sus decisiones debían ser refrendadas por los ministros correspondientes (responsabilidad ministerial).
    • Poder Judicial: Correspondía a los tribunales de justicia, estableciendo los principios básicos de un Estado de derecho (códigos únicos, garantías procesales, etc.).
  • Otros Artículos Relevantes: Planteaban la reforma de los impuestos y la Hacienda, la creación de un ejército nacional con servicio militar obligatorio, la división del territorio en provincias gobernadas por Diputaciones Provinciales, la formación de ayuntamientos con cargos electivos para el gobierno local y la creación de la Milicia Nacional como cuerpo de ciudadanos armados para defender el régimen liberal.
  • Confesionalidad Católica: La Constitución también plasmaba un compromiso entre liberales y absolutistas al afirmar la confesionalidad católica del Estado y la exclusividad de esta religión.

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