La España del Siglo XIX: Constitucionalismo, Fueros y Cambios Sociales
La Constitución de 1812: «La Pepa»
Como conclusión podemos decir que la Constitución de 1812 tuvo una corta aplicación, desde el 19 de marzo de 1812 hasta mayo de 1814, cuando el rey Fernando VII decretó su abolición. Posteriormente, entrará en vigor durante el Trienio Liberal (1820-1823) y durante unos meses en 1836-1837. Aun así, tuvo una gran repercusión, siendo modelo para las constituciones de las repúblicas latinoamericanas y europeas. Se puede considerar un texto donde una clase social, la burguesía, hace suyos los planteamientos racionalistas de la Ilustración: soberanía nacional, separación de poderes, monarquía parlamentaria, igualdad ante la ley y los impuestos, etc. Este texto constitucional es muy idealista, pretendiendo los diputados liberales de Cádiz solucionar los grandes problemas de España sin tener en cuenta la realidad: el atraso cultural y económico del pueblo español. Es importante en sí misma por ser el comienzo del constitucionalismo español y por abrir la idea de que el poder no puede ser absoluto, sino limitado, y debe responder a la voluntad general de la nación. Se trata de un texto que responde a los intereses de la burguesía; también tiene un carácter ético al querer conseguir la felicidad de los ciudadanos y al solicitarles que sean “justos y benéficos”.
El Pensamiento Absolutista y los Orígenes del Carlismo
El texto [refiriéndose implícitamente a idearios como el Manifiesto de los Persas] es de gran importancia como programa político de un grupo que tendrá una larga evolución a lo largo del siglo XIX y comienzos del XX: se trata de los absolutistas, que más tarde reconoceremos en los carlistas, promotores de tres guerras civiles durante el XIX y que apoyarán el golpe militar de 1936. Se trata de un texto subjetivo, dentro de una ideología muy conservadora que procura valerse de todos los argumentos filosóficos que desde el siglo XVI, y sobre todo durante el siglo XVII, se extienden por Europa para validar la monarquía absolutista. Se puede considerar producto de las clases privilegiadas del Antiguo Régimen que, temerosas de perder sus antiguos derechos por la fuerza arrolladora de los cambios liberales, reaccionan convenciendo a los monarcas para que no varíen su forma de gobierno, apoyándose también en las masas campesinas y en los artesanos, quienes ven en los cambios económicos liberales una pérdida de recursos.
La Desamortización Eclesiástica
Se conoce como desamortización eclesiástica el conjunto de medidas que adoptó el Estado liberal en el siglo XIX para liberar las tierras acumuladas por la Iglesia Católica. Esas medidas consistieron en expropiar las fincas rústicas y urbanas del clero, nacionalizarlas y posteriormente venderlas a particulares en subasta pública. El Estado se comprometía a compensar a la Iglesia haciéndose cargo de los gastos del culto y del clero. Los resultados no fueron los esperados porque, además de no rentabilizar demasiado su venta, los grandes beneficiados fueron los burgueses y nobles que pudieron adquirir tierras. Ni siquiera la Iglesia vio en exceso cercenada su influencia social, dado que en muchos casos fue ella misma, bien a través de testaferros, quien recompró sus bienes. El campesinado fue el gran perjudicado porque, no solo no pudo acceder a la compra de las tierras que trabajaba, sino que vio cómo los impuestos que debía pagar a los nuevos dueños eran superiores. No resolvió, por otra parte, los problemas de la escasa productividad y atraso del campo español ni solucionó el despegue de la industria.
Los Fueros Vasco-Navarros: Confirmación tras la Primera Guerra Carlista
Tras haber examinado el texto y señalado sus aportaciones, finalizaremos el comentario con unas breves conclusiones, destacando la importancia que tuvo esta Ley para la Historia:
- El texto analizado hace referencia a la ley (Ley de Confirmación de Fueros de 1839) mediante la cual, tras la Primera Guerra Carlista, se aprobó el mantenimiento de los fueros de las Provincias Vascongadas y Navarra con la condición de respetar la Constitución.
- Es consecuencia del compromiso firmado por isabelinos y carlistas en el Pacto de Vergara (1839), con el que se dio, en gran medida, fin a la guerra.
- Con ello, el problema foral no quedó resuelto y estará presente en la vida política española hasta su abolición definitiva en 1876, una vez finalizada la última de las guerras carlistas. A partir de aquí, será el Nacionalismo quien gestionará, aunque de otra manera, todo este asunto.
La Abolición de los Fueros Vascos y el Concierto Económico
Tras haber examinado el texto, finalizaremos nuestro comentario con unas breves conclusiones, señalando la importancia que tuvo para la Historia:
- El texto recoge la abolición definitiva de los Fueros Vascos (Ley de 21 de julio de 1876), imponiendo a sus habitantes la obligación de ir al servicio militar y de pagar los impuestos correspondientes, al igual que el resto de los españoles.
- Quedará vigente únicamente la parte económica bajo la fórmula del «Concierto Económico» que, con posterioridad, pasará a los Estatutos de Autonomía. Esto permitió realizar inversiones en educación, infraestructuras… Además, los grandes propietarios vascos consiguieron de alguna manera controlar las diputaciones y, con ello, la política de inversiones.
- La pérdida de los fueros será un tema vivido con gran intensidad en la sociedad vasca y dará origen a una corriente nacionalista (el «fuerismo» de Ramón de la Sota). Esta corriente será una de las bases ideológicas del naciente nacionalismo y acabará inserta en el Partido Nacionalista Vasco a la muerte de Sabino Arana.
La Constitución de 1876 y el Sistema de la Restauración
El texto analizado hace referencia a la Constitución de 1876, que asentó las bases de la vida política y social española al comienzo de la Restauración moderada. Junto con el bipartidismo y el turnismo, es una de las bases del sistema político de la Restauración. Esta Constitución, que se caracteriza por ser monárquica, moderada y ecléctica, recoge la cuestión religiosa, los derechos personales, la existencia y el poder de la monarquía constitucional y cuestiones políticas como el sistema bicameral, la separación de poderes y el establecimiento de un solo fuero. Con ello queda asumida la eliminación de los fueros vascos. Tuvo un recorrido amplio, ya que fue válida durante todo el periodo de la Restauración, incluyendo una regencia y dos reinados. Este hecho pone de manifiesto la tendencia de conciliación en su redacción. Bajo esta constitución se construyó el sistema del turnismo y el bipartidismo, se consolidó el capitalismo y la industrialización, se abolieron los fueros vascos y se aprobaron los conciertos económicos. También dotó de estabilidad al país, aunque no exento de oposición: el movimiento obrero, el nacionalismo, las fuerzas democráticas y el problema colonial.