Constituciones
Constitución de Cádiz (1812)
Vigencia: 1812-1814, 1820-1823, 1836-1837. Derogada por Fernando VII.
- Ideología: Progresista
- Soberanía: Nacional
- División de poderes:
- Legislativo: Cortes con el Rey
- Ejecutivo: Rey
- Judicial: Tribunales
- Relación entre poderes: Separación de poderes
- Formación de las Cortes: Unicameral: Cámara de Diputados
- Sufragio: Universal masculino indirecto
- Derechos: Incluye declaración de derechos fundamentales
- Otras: Catolicismo como única religión.
Estatuto Real (1834)
Vigencia: 1834-1836, suspendida por presión de progresistas.
- Ideología: Carta otorgada. Muy moderado.
- Soberanía: Real
- División de poderes: Legislativo: Rey con las Cortes
- Relación entre poderes: Sin separación de poderes
- Formación de las Cortes: Bicameral: Próceres y Procuradores
- Sufragio: Censitario muy restringido
- Derechos: No se mencionan
- Otras: Nada
Constitución de 1837
Vigencia: 1837-1845. Derogada al finalizar la regencia de Espartero.
- Ideología: De consenso, progresista
- Soberanía: Nacional
- División de poderes:
- Legislativo: Cortes con el Rey
- Ejecutivo: Rey
- Judicial: Tribunales y juzgados
- Relación entre poderes: Colaboración entre ellos
- Formación de las Cortes: Bicameral: Senado y Congreso de Diputados
- Sufragio: Censitario menos restringido que antes
- Derechos: Declaración de derechos
- Otras: Nación debe mantener el culto católico
Constitución de 1845
Vigencia: 1845-1868. Suspendida entre 1854 y 1856, abolida al ser expulsada Isabel II.
- Ideología: Moderada
- Soberanía: Cortes con el Rey
- División de poderes:
- Legislativo: Rey y Cortes
- Ejecutivo: Rey
- Judicial: Tribunales en nombre del Rey
- Relación entre poderes: Sin separación
- Formación de las Cortes: Bicameral: Senado y Congreso de Diputados
- Sufragio: Censitario restringido
- Derechos: Similar a la anterior constitución
- Otras: Nación es católica y el Estado debe mantener el culto
Constitución «non nata» de 1856
Aprobada en Cortes pero no promulgada.
- Ideología: Progresista
- Soberanía: Nacional
- División de poderes:
- Legislativo: Cortes y Rey
- Ejecutivo: Rey
- Judicial: Tribunales y juzgados
- Relación entre poderes: Separación de ellos
- Formación de las Cortes: Bicameral: como en la anterior constitución
- Sufragio: Universal masculino
- Derechos: Declaración de derechos más amplia que en 1837
- Otras: Nación debe mantener el culto católico y permite otras religiones
Constitución de 1869
Vigencia: 1869-1873. Vigente hasta la instauración de la I República.
- Ideología: Progresista
- Soberanía: Nacional
- División de poderes:
- Legislativo: Cortes
- Ejecutivo: Rey por medio de ministros
- Judicial: Tribunales
- Relación entre poderes: Separación de ellos
- Formación de las Cortes: Bicameral: Senado y Congreso
- Sufragio: Universal masculino
- Derechos: Amplia declaración de derechos
- Otras: Nación debe mantener el culto católico y garantiza otros cultos
Proyecto Constitucional de 1873
No llegó a aprobarse en Cortes.
- Ideología: Progresista democrática, república federal
- Soberanía: Nacional
- División de poderes:
- Legislativo: Cortes
- Ejecutivo: Ministros
- Judicial: Jurados y jueces
- Relación entre poderes: Separación de poderes + poder de relación
- Formación de las Cortes: Bicameral: Congreso y Senado
- Sufragio: Universal masculino directo
- Derechos: Amplia declaración de derechos similar a la de 1869
- Otras: Separación Iglesia-Estado y libertad de culto
Constitución de 1876
Vigencia: 1876-1923 y 1930-1931. Suspendida en la dictadura de Primo de Rivera.
- Ideología: Conservadora
- Soberanía: Cortes con Rey
- División de poderes:
- Legislativo: Cortes con Rey
- Ejecutivo: Rey
- Judicial: Tribunales y juzgados en nombre del Rey
- Relación entre poderes: Separación de poderes imperfecta: Rey elige jefe de gobierno
- Formación de las Cortes: Bicameral: Senado y Congreso
- Sufragio: Censitario. A partir de 1890, universal masculino
- Derechos: Recoge vagamente las libertades básicas
- Otras: Catolicismo religión oficial. Libertad de culto
Constitución de 1931
Vigencia: 1931-1936. Durante la Guerra Civil es suspendida.
- Ideología: Progresista democrática, república unitaria
- Soberanía: Popular
- División de poderes:
- Legislativo: Pueblo por medio de Cortes
- Ejecutivo: Gobierno
- Judicial: Jueces
- Relación entre poderes: Colaboración entre ellos
- Formación de las Cortes: Unicameral: Congreso de Diputados
- Sufragio: Universal
- Derechos: Amplia declaración de derechos
- Otras: Estado laico. Ley de Asociaciones especial para la Iglesia
Leyes Fundamentales del Reino (1967)
Vigencia: 1938-1975. Entre 1975 y 1978 se inicia un periodo constituyente con Juan Carlos I, iniciándose la Transición.
- Ideología: Conservadora, dictadura franquista
- Soberanía: Jefe del Estado, Cortes y Nación
- División de poderes: Concentración de poderes en la figura del Caudillo
- Relación entre poderes: Unidad de poder
- Formación de las Cortes: Bicameral: Cortes
- Sufragio: Restringido
- Derechos: Restringidos. A partir de 1960, paulatina ampliación de libertades
- Otras: Catolicismo religión oficial del régimen. Relación Iglesia-Estado
Constitución de 1978
Vigente desde el 6 de diciembre de 1978.
- Ideología: Consensuada, monarquía parlamentaria progresista, autonomías
- Soberanía: Popular
- División de poderes:
- Legislativo: Cortes
- Ejecutivo: Gobierno
- Judicial: Tribunales
- Relación entre poderes: Colaboración entre ellos
- Formación de las Cortes: Bicameral: Senado y Congreso
- Sufragio: Universal
- Derechos: Amplia declaración de derechos. Carta de los Derechos Humanos de la ONU
- Otras: Estado de las Autonomías, Tribunal Constitucional, Defensor del Pueblo
Partidos Políticos
Los Moderados
Defendían un régimen que reforzaba el poder de la Corona y restringía el sufragio en función de la riqueza y la ilustración.
Para ellos, la libertad era la defensa de la seguridad de las personas y de los bienes e incidieron en los principios de autoridad y de orden. Desconfiaban de la excesiva participación popular en los ámbitos local y provincial.
Mejor organizados y cohesionados doctrinalmente que los progresistas, los moderados tuvieron la mayoría parlamentaria desde las primeras elecciones del régimen de 1837. Su hegemonía en el Parlamento y en el gobierno fue cuestionada en los ámbitos locales tanto por los progresistas como por los radicales, bien presentes en los ayuntamientos y en la Milicia Nacional.
Los Progresistas
Se configuraron como tal en la década de los años treinta, a través de la búsqueda de un espacio político que los diferenciara tanto de los moderados como de los radicales:
- Frente a los moderados, los progresistas insistían en el principio de la soberanía nacional como fuente de legitimidad y esperaban que la Corona actuase como árbitro del juego político. Buscaban garantizar las libertades individuales frente al Estado y eliminar las trabas que impedían la movilidad de las clases medias.
- Frente a muchos radicales, los progresistas no defendían la democracia ni el sufragio universal masculino. Eran partidarios de una extensión paulatina y gradual del derecho al voto. Los progresistas defendían la formación de una cultura y de una sociedad más laica.