Evolución y Estructura de la Organización Político-Administrativa de España

Evolución de la Organización Político-Administrativa de España

1. Evolución Histórica de la Organización Político-Administrativa

1.1 La Antigüedad

  • A) Hasta la conquista romana: La península estaba habitada por pueblos indígenas.
  • B) Bajo el dominio romano: Se creó una organización administrativa en provincias.
  • C) Los visigodos: Crearon un estado independiente y unificado, mantuvieron la división romana, pero la unidad territorial básica pasó a ser el ducado.

1.2 La Edad Media

Acabó con el estado y la administración visigodos. Los musulmanes se organizaron en provincias y se convirtieron en reinos independientes. Los cristianos crearon sus propios sistemas político-administrativos:

  • En la cordillera cantábrica se creó el reino de Asturias, que dio lugar al reino de León, del que surgieron el de Portugal y Castilla.
  • En la zona pirenaica surgieron Navarra, Aragón y los condados catalanes. Los dos últimos formaron la corona de Aragón, que se amplió con el reino de Valencia y las islas Baleares.

1.3 La Edad Moderna

  • Los Reyes Católicos: Las coronas de Castilla y Aragón se unieron, reconquistaron Granada y anexionaron Navarra (unión dinástica).
  • Con los Austrias continuó esta situación en los siglos XVI y XVII.
  • En el siglo XVIII se produjo el primer intento uniformizador con los Borbones. El motivo fue la Guerra de Sucesión. El triunfo de Felipe V permitió implantar una centralización y uniformización mediante los Decretos de Nueva Planta, que implantaron el modelo castellano. El territorio se dividió en provincias y en intendencias para la hacienda y para el desarrollo económico. Navarra y País Vasco se mantuvieron igual.

1.4 La Organización Contemporánea hasta 1978

  • En el siglo XIX: Javier de Burgos realizó una división política con el objetivo de acabar con la organización borbónica. Para ello organizó el territorio en 50 provincias. Cada una tenía una capital y la misma administración. Se completó con la supresión de las peculiaridades institucionales de Navarra y País Vasco. El sentimiento de pertenencia regional pervivió. En la Primera República se proyectó un estado federal organizado en regiones con competencias de gobierno. La Restauración abrió un periodo de centralización. La reacción fue que surgieron movimientos regionalistas que reivindicaron la región. Estos movimientos se transformaron en movimientos nacionalistas.
  • En el siglo XX: La Segunda República declaró que España era un estado integral compatible con la autonomía de los municipios y regiones. Así, Cataluña, País Vasco y Galicia pidieron proyectos de Estatuto de Autonomía. Después, el franquismo implantó un estado unitario, abolió los estatutos de autonomía, reprimió el nacionalismo e impuso una centralización basada en la provincia. Tras la muerte de Franco y el restablecimiento de la democracia, se formó un estado descentralizado.

La Organización Político-Administrativa Actual

2.1 Las Divisiones Político-Administrativas

La organización político-administrativa actual es la de un estado descentralizado que reparte la toma de decisiones en tres divisiones territoriales:

  • A) Municipio: Entidad territorial básica. Función: prestar servicios a los vecinos.
  • B) Provincia: Entidad territorial local formada por una agrupación de municipios. Función: fomentar los intereses provinciales, prestar servicios de ámbito provincial, coordinar los servicios de los municipios y cooperar entre ellos.
  • C) Comunidad Autónoma: Entidad territorial formada por provincias limítrofes, territorios insulares o provincias con entidad regional histórica.

2.2 El Estado de las Autonomías

2.2.1 El Proceso de Formación del Estado Autonómico

Incluye:

  • A) Periodo preautonómico: Se inició después de la muerte de Franco. Adolfo Suárez concedió la autonomía provisional a Cataluña, luego se extendió. Mientras se elaboraba la Constitución de 1978, se formó un mapa con 14 preautonomías que contaban con organismos representativos que recibieron competencias, pero no tenían capacidad legislativa.
  • B) Periodo autonómico: Se inició tras la promulgación de la Constitución de 1978, que reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran. La Constitución fijaba unas condiciones y un proceso para constituirse en comunidad autónoma:
    • Condiciones: Podían las provincias limítrofes con características históricas, culturales o económicas comunes, territorios insulares, provincias con entidad regional histórica.
    • El proceso: Dos vías: la inmediata (artículo 151) como Cataluña, País Vasco, Galicia, Andalucía, Navarra y de forma inmediata pero con competencias (art. 143) como el resto de las comunidades. Ceuta y Melilla recibieron el rango de municipio autónomo, pero carecen de capacidad legislativa.

2.2.2 La Organización del Estado Autonómico

Se caracteriza por:

  • A) Cada comunidad autónoma está regida por su Estatuto de Autonomía.
  • B) Las comunidades pueden asumir competencias de forma exclusiva (la comunidad legisla y aplica la legislación) o compartida (el Estado realiza la legislación y la comunidad la aplica). Las competencias son intransferibles y son muy amplias: políticas, económicas, infraestructuras y transporte, ordenación del territorio, sociales y sanitarias, culturales, deportivas y de ocio.
  • C) Las instituciones son: la Asamblea Legislativa o Parlamento Europeo (posee el poder legislativo), el Consejo de Gobierno (ejerce el poder ejecutivo), el Tribunal Superior de Justicia (máxima representación del poder judicial de una comunidad autónoma). También existe un Delegado del Gobierno encargado de dirigir la administración general del Estado en la comunidad y de coordinarse con ella.
  • D) La financiación:
    • Las comunidades de régimen común se financian con ingresos propios y con tributos concedidos por el Estado. Existe el Fondo de Suficiencia, que aporta dinero a las comunidades con necesidades superiores a los ingresos y se lo cobra en caso contrario.
    • El régimen foral afecta al País Vasco y Navarra. Se financia con los ingresos tributarios recaudados por su propia administración fiscal.
    • Los Fondos de Compensación Interterritorial (FFCI) pretenden evitar los desequilibrios territoriales dando ingresos a las comunidades más desfavorecidas.
  • E) El Estado de las Autonomías se basa en la igualdad territorial y en la solidaridad.

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