TEMA 2:
LAS CORTES DE CADIZ Y LA CONSTITUCION DE 1812
Estructurales
Son cambios lentos, apenas se perciben por el ciudadano, lentamente la forma de pensar, relacionarse, gobemar y explotar los recursos naturales va siendo diferente desembocando en otras nuevas. –Coyunturales
Son cambios rápidos, donde el ciudadano es protagonista. En nuestro caso las causas estructurales se encuentran en la nueva dinastía reinante, los Borbones, y la introducción del pensamiento ilustrado, de la razón y el conocimiento cientí?co. Los ilustrados iniciaron un programa de reformas desde arriba, es decir, ejecutadas desde la monarquía. Las causas coyunturales fueron la abdicación de Bayona y la ocupación de nuestro tenitorio por las tropas francesas desembocando todo en la guerra de la independencia. Las Cortes de Cádiz son el resultado de ambas causas. Tras encontrarse la familia real sin el poder de gobernar su país un grupo de españoles decidieron unirse en las Juntas provinciales y gobernar el país actuando como regentes hasta la vuelta del rey legítimo, Fernando VII. Estos españoles eran intelectuales, clérigos, nobles y burgueses, es decir, la población preparada intelectualmente pero no el pueblo, la masa campesina analfabeta e ignorante. /Todas las Juntas provinciales dependían de una Junta Central o Suprema la cual convocó las Cortes en Cádiz para canalizar la situación del país y restablecer el gobierno de la nación hasta el retomo del rey. Las cortes se convocaron en 1810 y acudieron a Cádiz los diputads de la zona libre y algunos de los territorios ocupados por los franceses. Los diputados querían proclamar la primera Constitución que garantizase las libertades de los ciudadanos, controlara el poder real, acabara con las instituciones del Antiguo Régimen y abriera para España 1m futuro de libertad y progreso. En las Cortes los diputados se agruparon según las siguientes tendencias ideológicas:Conservadora
Los absolutistas o partidarios de la sociedad estamental y todo el poder en manos del rey, pedían la vuelta al trono de Fernando VH como monarca absolutista. –Innovadora
Los liberales, partidarios de la corriente francesa que defendía la separación de poderes y el control del poder real a través de la Constitución. –Renovadora
Los ilustrados o jovellanistas, continuadores de las reformas Ilustradas. Para ellos, la soberanía no era propiedad del rey ni del pueblo, sino del rey junto con las Cortes. Son partidarios de la independencia del poder judicial. Tras dos años de deliberaciones, liberales y absolutistas llegaron a un consenso para elaborar el primer texto constitucional de la historia de España. Lo que hace verdaderamente importante a las Cortes de Cádiz, es dicho texto constitucional, por ser la primera obra legislativa que introduce las instituciones revolucionarias coetáneas a las europeas. Se reunieron primero las Cortes extraordinarias en la isla de León (San Fernando) por haber rma epidemia de ?ebre amarilla en Cádiz, en 1810, al año siguiense te rermieron en Cádiz para aprobar la Constitución, cuyo primer paso fue declarar sin validez la abdicación que Carlos IV hizo en Bayona para entregarle la corona a Napoleón y declarar también la división de poderes y que hasta la llegada de Femando VII la regencia quedaba en manos del Parlamento o las Cortes. La obra legislativa se puede dividir en cuatro fases:1′ fase. Reforma política
(septiembre de 1810 a julio de 1812). Se aprueban:– La declaración de la soberanía nacional.
Declaración de la división de poderes: el poder legislativo es el encargado de elaborar y aprobar las leyes. Reside en los miembros de las cortes, parlamentos o cámaras, teniendo el poder de vetar el monarca El poder ejecutivo reside en el gobierno. Ejecuta las leyes y lleva a cabo las acciones del gobierno del país. El rey es quien tiene el poder de gobernar.
Declaración del sufragio universal masculino
Todos 10s varones mayores de 21 años tenían derecho a voto. Esta obra legislativa de carácter político creaba la monarquía constitucional como forma de Estado, es decir, el rey acepta y jura cumplir esta obra legislativa que forma la Constitución.2 fase. Reforma Institucional
Está ligada a la anterior:– Desaparecen los consejos menos el de Estado – Se crea el ministerio de la Gobernación para dirigir las provincias.
Se crea un órgano administrativo intermediario entre las Cortes y las provincias; la Diputación.
3 fase. Reforma social (Julio de 1812 a Mayo de 1813). Esta reforma tuvo como precedente la ley de 1811 que abolía los señoríos jurisdiccionales desmontando jurídicamente la sociedad estamental y apareciendo la sociedad de clases.
Todos los españoles son iguales ante la ley, ahora las diferencias entre los hombres serán solamente económicas.
Abolición de los señoríos jurisdiccionales, estos señoríos le daban al señor o noble el poder juridico sobre esas tierras y las personas que en ellas habitaban, aunque la propiedad no podía ser suya, de esta manera se convertían en verdaderamente libres todos los ciudadanos no propietarios de tierras y perteneciente al estamento no privilegiado, el tercer estado o estado llano.
Desaparición de los privilegios eclesiásticos y de la Inquisición, de esta forma la unión Estado-Iglesia desaparece, es decir, uno de los pilares que sustentaban el Antiguo Régimen deja de tener dicha función, pues el Estado del Nuevo Régimen es un estado laico.
Desaparición de la mita americana, es decir, el habitante indígena deja de ser servidumbre para convertirse en hombre libre,
– Se suprimen las pruebas de nobleza para el ingreso en las academias militares.
El catolicismo se proclama religión o?cial del Estado, así el texto de la Constitución se inicia diciendo En el nombre de Dios todopoderoso.
Se proclama la libertad de prensa o imprenta.
Se de?ende el derecho a la propiedad. La burguesía tenía poder económico y quería usarlo para acceder a la política tal y como hacía la nobleza y el clero; por ello el liberalismo es una ideología burguesa, defendiendo además el derecho de todo ciudadano a la propiedad privada.
4 Fase. Reforma Económica (Abril de 1813). Va encaminada a la puesta en práctica de las nuevas ideologías económicas, la ?siocracia y el liberalismo económico que ya en Inglaterra y Países Bajos habían conseguido una revolución agrícola y posteriormente industrial.
Libertad de trabajo ?ente a los reglamentos gremiales, los cuales se Suprimen Supresión de la Mesta para desarrollar la agricultura
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Libertad de precios, regulándose el comercio por sí mismo a través de la ley de la oferta y la demanda. El triunfo de los liberales en las Cortes de Cádiz no sería un triunfo de?nitivo. Frente a su ideología revolucionaria se encuentra el sentimiento absolutista del pueblo. La falta de conexión entre los intelectuales y el pueblo fue tal que éste no tenía una idea del proceso revolucionario que se estaba llevando a cabo pues seguía sumido en su ignorancia, analfabetismo y supersticiones.