Institucionalización del Franquismo: Leyes, Sucesión y Evolución Política (1939-1969)

La Institucionalización del Régimen Franquista

Leyes de Influencia Falangista

La propia dinámica del franquismo explica que su proceso de institucionalización durase casi tres décadas, durante las cuales se promulgaron las leyes reguladoras del régimen. Las tres primeras normas legales, aprobadas durante la Guerra Civil, supusieron la afirmación de lo que se ha denominado «formalismo fascista». Durante los seis años que coinciden con la Segunda Guerra Mundial (1939-1945), la influencia del pensamiento falangista es notoria y, fruto de ello, es la Ley de Organización Sindical. Pero cuando Estados Unidos interviene en la guerra y el futuro de las potencias del Eje no ofrece garantías, Franco crea unas Cortes Españolas el 17 de julio de 1942 y, al mes siguiente, Serrano Suñer —declarado proalemán— salía del gobierno.

Las Cortes se definían como «órgano superior de participación del pueblo español en las tareas del Estado», pero se trataba de un órgano meramente consultivo y su composición estaba estrictamente controlada por el jefe del Estado. El final de la guerra mundial impone a Franco la necesidad de alejarse del bando derrotado, haciendo aprobar una especie de declaración de derechos llamada Fuero de los Españoles el 17 de julio de 1945, en la que se recogen «libertades» curiosamente recortadas.

El Modelo Autoritario-Tecnocrático

Poco a poco, durante los últimos años de la guerra, el régimen irá abandonando la parafernalia fascista y el idealismo joseantoniano para centrarse en uno de los graves problemas que Franco tuvo que arrastrar durante su mandato: su propia sucesión. El 6 de junio de 1947, las Cortes aprobaban el proyecto de Ley de Sucesión, por la que Franco se inclinaba por la monarquía como forma política en su sucesión.

Don Juan, que se opuso al proyecto, acusó a Franco de encubrir con la ley una dictadura personal vitalicia, puesto que no se señalaba cuál sería el sucesor. Bien pronto, sin embargo, optó por Juan Carlos de Borbón, quien se trasladó a España con el fin de recibir la formación adecuada.

La década de los cincuenta es clave en este proceso: en 1951, Franco renueva su gabinete y surge Luis Carrero Blanco como ministro-subsecretario de la Presidencia y Joaquín Ruiz Giménez como ministro de Educación, cuyo espíritu liberalizador le costará el puesto en la crisis universitaria de 1956. La contestación universitaria, las luchas sindicales clandestinas y aún embrionarias (desde 1951) y la crisis económica de 1957, escondían una serie de contradicciones internas del régimen que vienen a resolverse con la promulgación de la Ley de Principios Fundamentales del Movimiento en 1958.

Como ha señalado Tuñón de Lara, esta ley era «una mezcla de neofalangismo y de la monarquía tradicional, católica, social y representativa, apoyada en el confesionalismo del Estado y en el centralismo disfrazado de unidad de los hombres y las tierras de España». El totalitarismo de corte fascista era sustituido por el llamado «modelo autoritario-tecnocrático». El gobierno formado en febrero de 1957 así lo anunciaba.

La «Democracia Orgánica»

La España de los años sesenta experimentó profundos cambios económicos y sociales. De hecho, la filosofía del desarrollo y del bienestar llegaron a ser el eje central de la legitimación del franquismo y de su imagen exterior. En enero de 1967 se promulgaba la Ley Orgánica del Estado, especie de pseudoconstitución que pretendía modernizar el régimen de cara al posible ingreso de España en la C.E.E y adecuar la legislación española a los presupuestos del Concilio Vaticano II.

La Ley Orgánica del Estado reforzaba el poder vitalicio de Franco e instauraba, como sucesora suya, una monarquía «del Movimiento Nacional», continuadora, por tanto, de las instituciones creadas por el franquismo. El 22 de julio de 1969, Juan Carlos de Borbón prestaba juramento ante las Cortes de su cargo de heredero de la Corona española. Para Franco así todo quedaba «atado y bien atado».

En aquellos años sesenta se planteó la cuestión de la liberalización del régimen. Junto al desarrollo económico se abre paso la idea del desarrollo político, que permite el contraste de pareceres o ideologías diferentes, pero siempre —claro está— dentro del marco institucional del régimen, o sea, acatando los «Principios Fundamentales del Movimiento».

El Estado nacional-sindicalista era sustituido por la «democracia orgánica», basada en los tres pilares fundamentales: los «sindicatos», los municipios y la familia. Pero esta supuesta liberalización, —si exceptuamos la Ley de Prensa (Ley Fraga) de 1966, que suprimió la censura previa y permitió una cierta libertad de expresión— no tuvo credibilidad: el llamado «contubernio» de Múnich, de 1962, mostraba que el régimen buscaba perpetuarse.

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