La Constitución de 1869: Origen, Principios y Legado en la Historia de España

Órganos Constitucionales y Sistema Electoral

Se mantiene el bicameralismo en el poder legislativo. Los senadores son elegidos por sufragio universal indirecto y el Congreso por sufragio universal directo, de acuerdo con un sistema electoral basado en el sufragio universal masculino.

Vigencia de la Constitución de 1869

La Constitución de 1869 fue un intento de construir democráticamente el país. Sin embargo, las continuas agitaciones políticas pusieron a prueba la Constitución del 69:

  • La Guerra Carlista.
  • La oposición de los republicanos y de los alfonsinos, que habían empezado a defender los derechos de Alfonso XII, hijo de Isabel II.
  • La muerte temprana del General Prim.
  • El desconocimiento de la realidad española por el nuevo rey Amadeo de Saboya.

Todo esto impidió la estabilización política y social. De esa manera, la Constitución del 69 estuvo vigente:

  • Durante el gobierno provisional mientras se buscaba rey para España.
  • Durante el reinado de Amadeo de Saboya, hasta el 11 de enero de 1873, momento en que Amadeo de Saboya abdica.

Ese mismo día, las dos cámaras (Congreso y Senado), en contra de lo establecido en la Constitución, se reúnen en asamblea y proclaman la Primera República Española. El período republicano acaba con el “Cantón de Cartagena”. Todo esto acabó con el General Pavía el 3 de enero de 1874, que disuelve las Cortes.

Durante todo ese tiempo, la Constitución de 1869 nunca fue derogada, a pesar de que se elaboró un proyecto de constitución republicana en 1873 que no llegó a promulgarse.

La Constitución de 1869

Proceso Constituyente

La crisis política y social de España al final del periodo moderado apuntaba a un golpe de Estado. La sublevación encabezada por los generales Prim, Serrano y Topete vencen a las tropas de la reina, que se ve obligada a salir de España al exilio, y se inicia un periodo conocido como Sexenio Revolucionario entre 1868-1874, que podemos dividir en tres fases:

  1. Una primera fase de gobierno provisional entre 1868-1869/70 en el que se busca un rey para España.
  2. Segundo periodo de Amadeo de Saboya, 1871-1873.
  3. Una tercera fase republicana 1873-1874. Es el periodo denominado Revolución Gloriosa impulsada por la burguesía liberal, centrada en tres ideas fundamentales: primero, el rechazo a la dinastía borbónica; en segundo lugar, defienden el sufragio universal, la libertad de imprenta, de reunión y de asociación, el liberalismo económico y la descentralización administrativa; y en tercer lugar, se discute la forma de Estado: unos son partidarios de la monarquía democrática y otros de la república, que a su vez están divididos en dos: los partidarios de la república unitaria, una para toda España, y los de la república federal.

Principios Ideológicos y Derechos Individuales

La Constitución de 1869 es el primer intento de organizar democráticamente el país. Es, por lo tanto, una constitución democrática y de un profundo carácter social.

En primer lugar, se declara de forma expresa, tanto en el preámbulo como en el articulado, el principio de soberanía nacional, de manera que todos los demás poderes del Estado emanan a partir de la soberanía de la nación.

En segundo lugar, el principio más novedoso aparece asociado al sistema de sufragio, ya que se establece el sufragio universal masculino. Con esto se ponía fin al sufragio censitario, pero se trataba de un sufragio universal incompleto, ya que estaba limitado a los varones mayores de 25 años. En estos momentos solo Francia, la Confederación Alemana y Suiza tenían ese sistema de sufragio, y en España fracasó por ser una medida demasiado adelantada para la época, dado el índice de analfabetismo de España. Solo 4 de cada 10 personas sabían leer y escribir, con lo cual persistió el falseamiento electoral.

En tercer lugar, el principio de división de poderes se establece de manera muy clara y se potencia el poder judicial, que junto a la descentralización del Estado, serán los dos pilares de la organización del Estado.

En cuarto lugar, aparece una amplia declaración de derechos, en donde se recogen los derechos típicos del constitucionalismo del siglo XIX y aparecen otros nuevos, entre los que destaca sobre todo el derecho de reunión y asociación, que dio lugar, por primera vez en España, a la aparición de las primeras asociaciones obreras (que hoy llamamos sindicatos), las primeras asociaciones políticas (que hoy llamamos partidos) y religiosas. Pero lo importante no es la amplia declaración de derechos, sino que se establecía expresamente que esos derechos se consideraban fundamentales y no podían suspenderse, salvo temporalmente, por medio de una ley y cuando así lo exigiera la seguridad del Estado.

En quinto lugar, se establecía la libertad de culto, tanto público como privado, si bien el Estado mantenía el culto y el clero de la Iglesia Católica. Esto dio lugar a que aparecieran las primeras iglesias protestantes.

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