La Constitución Española de 1812: Triunfo y Declive del Liberalismo

La Constitución Española de 1812: Triunfo y Declive del Liberalismo

El triunfo de la Revolución Francesa supuso un desafío para el orden establecido en Europa. Diversas potencias, temerosas de que los ideales revolucionarios se propagaran, intentaron frenar su expansión. En España, la invasión napoleónica y la imposición de José Bonaparte como rey desencadenaron una crisis política sin precedentes. El pueblo español se levantó en armas contra el invasor, lo que agravó la situación social y económica del país.

En este contexto se forjó un cambio estructural: la emergencia de un movimiento liberal que desafiaba las rígidas estructuras del Antiguo Régimen. Este movimiento, que se desarrollaría a lo largo del siglo XIX, encontró su máxima expresión en la Constitución de 1812, promulgada por las Cortes de Cádiz.

Las Cortes de Cádiz

Tras la abdicación de Fernando VII en Bayona y la posterior formación de juntas locales y provinciales, se convocaron las Cortes de Cádiz en mayo de 1808. Estas Cortes, que reunían a representantes de todo el imperio español, se enfrentaron a la difícil tarea de gobernar el país en ausencia del rey y hacer frente a la invasión francesa.

La victoria española en la batalla de Bailén (19 de julio de 1808) supuso un punto de inflexión en la Guerra de la Independencia. La liberación de la mayor parte del territorio nacional permitió la formación de la Junta Central Suprema y Gubernativa del Reino (25 de septiembre de 1808), que asumió la representación del rey y se propuso convocar las Cortes.

Tras la derrota en la batalla de Ocaña, la Junta Suprema se trasladó a la Isla de León (San Fernando, Cádiz), donde se autodisolvió y nombró una Regencia. Finalmente, el 24 de septiembre de 1810, se constituyeron las Cortes Generales y Extraordinarias en Cádiz.

Dentro de las Cortes, se distinguían tres grupos principales: los absolutistas, que defendían la monarquía absoluta sin cambios; los jovellanistas, que abogaban por una monarquía limitada basada en la tradición española; y los doceañistas, partidarios de una monarquía constitucional inspirada en la Revolución Francesa. Estos últimos, finalmente, lograron imponer su criterio.

La Constitución de 1812: Características y Principios

La Constitución de 1812, también conocida como»La Pep», fue promulgada el 19 de marzo de 1812. Se trataba de un texto extenso y de carácter rígido que establecía los principios básicos del liberalismo político en España. Entre sus principales características y principios destacan:

Principios

  • Soberanía nacional (artículo 3): la soberanía reside en la nación, principio que generó controversia entre los distintos grupos políticos.
  • División de poderes: el poder legislativo recae en las Cortes, el poder ejecutivo en el rey y el poder judicial en los tribunales de justicia.
  • Monarquía hereditaria moderada: se limita el poder del rey, sometiéndolo a la Constitución y a las Cortes.
  • Unidad jurídica: igualdad de todos los ciudadanos ante la ley.
  • Derechos y libertades individuales: aunque no existe una declaración específica de derechos, se reconocen la inviolabilidad del domicilio, garantías penales y procesales, libertad de expresión y derecho a la propiedad.

Otros aspectos relevantes

  • Establece un sistema de participación política basado en el sufragio universal masculino indirecto a través de un sistema de cuatro procesos electorales.
  • Se proclama la confesionalidad católica del Estado.
  • Introduce reformas en el orden social y económico: supresión de los mayorazgos, supresión de los gremios, libertad de producción, organización liberal de la economía y reforma de la Iglesia.

3.1 Órganos Constitucionales

  • Las Cortes: Parlamento unicameral independiente del Rey y demás órganos del Estado. Se establece la Diputación Permanente como órgano de continuidad parlamentaria. Posee el poder legislativo compartido con el rey y controla el proceso sucesorio.
  • El Rey: Jefe del Estado y titular del Poder Ejecutivo. Sanciona y promulga las leyes. Sus decisiones deben ser refrendadas por los Secretarios de Estado.
  • Los Ministros: Secretarios de Estado y del Despacho. Forman gobierno, aunque no pueden considerarse un órgano colegiado. Son nombrados por el Rey.
  • Consejo de Estado: Consejo asesor del Rey, pero también institución del Estado.
  • Administración de Justicia: Juzgados, Audiencias y Supremo Tribunal de Justicia.

3.2 Períodos de Vigencia de la Constitución

  • Fernando VII regresa a España el 22 de marzo de 1814 y, tras negarse a jurar la Constitución, deroga la misma mediante el Decreto del 4 de mayo de 1814, restableciendo el absolutismo y dando comienzo al periodo conocido como Sexenio Absolutista (1814-1820).
  • La Constitución volverá a estar vigente durante el Trienio Liberal (1820-1823), periodo marcado por la inestabilidad política y la intervención del ejército francés (los Cien Mil Hijos de San Luis) para restaurar el absolutismo.
  • Durante la regencia de María Cristina de Borbón (1833-1840), se promulga el Estatuto Real (1834), un texto de carácter conservador que no satisfizo las demandas liberales y condujo al Motín de la Granja en 1836, que obligó a la regente a restablecer la Constitución de 1812.

Conclusión

La Constitución de Cádiz, a pesar de su corta vigencia, tuvo una importancia fundamental en la historia de España. Fue la primera Constitución promulgada en el país y sentó las bases del liberalismo político. Su influencia se extendió a otros países europeos e hispanoamericanos.

A pesar de que la vuelta al absolutismo de Fernando VII supuso un retroceso en el proceso de consolidación del liberalismo, la Constitución de 1812 se convirtió en un referente para las generaciones futuras y sentó las bases para la construcción de un Estado liberal en España a lo largo del siglo XIX.

Absolutismo frente a Liberalismo: Evolución Política del Reinado de Fernando VII

Introducción


Napoleón, que deseaba concentrar sus fuerzas negocio con Fernando séptimo en el Tratado de Valencia la reposición en el trono de España a cambio de la ruptura de la alianza hispano inglesa
Fernando séptimo regreso a España aclamado por el pueblo, y en valencia, recibió el apoyo de las tropas del general Elio. Fernando séptimo denunció como legítima la actuación de las Cortes en su ausencia.

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