El
siguiente texto presenta un carácter jurídico puesto que es una
Carta redactada por Mendizábal, dirigida a la Reina María Cristina.
Ésta presenta carácter legal puesto que fue escrito en la Gaceta de
Madrid, precursora del Boletín Oficial del Estado. En la carta se
Explica el proceso desamortizador que Mendizábal realizará en 1836,
Expropiando los bienes eclesiásticos, para posteriormente venderlos
En subasta pública a la burguésía terrateniente, pero no a las
Manos del pueblo.
Cabe expresar que la fecha de redacción fue el
21 de Febrero de 1836, época del reinado de la regente, que se
Extenderá hasta 1840, cuando decidíó abdicar tras ciertos
Desordenes producidos en la mala gestión económica.
En cuanto al
Autor del texto, se trata de Álvarez Mendizábal, quien participó
Junto con Rafael Riego en el levantamiento a favor de la Constitución
De 1812. Fue condenado a muerte por Fernando VII, por lo que marchará
A Londres. En cuanto a su proceso desamortizador, pese a realizar su
Redacción, no gestionará su desarrollo debido a la deposición que
Sufríó por parte de la reina en menos de un año. Sin embargo,
Ejercerá el cargo de ministro de hacienda en 1836 y 1843.
En
Cuanto a la finalidad del texto, este tiene una finalidad pública y
Oficial, pues venderá los bienes desamortizados al pueblo español,
Más concretamente a la burguésía terrateniente, quién explotará
Dichas tierras con un proletariado agrícola, que trabajará en
Condiciones pésimas.
ANÁLISIS
A
Lo largo del texto nos encontramos con una serie de términos que
Precisan ser analizados:
– Reina Gobernadora: el texto se refiere
La Reina María Cristina, que ocupó la regencia de Isabel II, debido
A su minoría de edad. De este modo, su reinado se extiende desde
1833 hasta 1840 cuando, tras surgir una serie de desórdenes que
Desembocan de la mala gestión económica, decide dejar la corona y
Retirarse a Francia. Tras una breve regencia de Espartero y el
Pronunciamiento de Narváez, Isabel II ocupará el trono.
–
Bienes: el concepto de bienes se refiere el conjunto de propiedades
Pertenecientes a la Iglesia que, tras la desamortización, serán
Vendidos en subasta pública con el fin de que sean explotados por
Adinerados, propietarios de empresas.
– Deuda pública: España
Está inmersa en una crisis económica grave, por lo que era
Necesario obtener fondos para pagar tanto los costes de la Guerra
Carlista, así como sanear la Hacienda. De este modo el único medio
Posible para recaudar dicho dinero era realizar dicha
Desamortización.
En la presentación del Decreto, Mendizábal
Justifica a María Cristina la necesidad de realizar el proceso de
Desamortización debido a varias razones. En primer lugar, para hacer
Explotables las tierras de la Iglesia, en las que no se realizaba
Ningún trabajo, por lo que se las llamaba manos muertas; de modo que
El estado recaudase dinero a través de las ventas de las
Propiedades, con el fin de pagar la deuda pública. Además, mediante
La venta de dichas tierras, lograría desobstruir los canales de la
Industria, es decir, lograría avivar el proceso de industrialización
Que se estaba dando por toda Europa, que sería el principal factor
De desarrollo económico del país.
Alex Martínez
COMENTARIO DE TEXTO
La
Desamortización de Mendizábal, conocida como La Desamortización
Por la gran repercusión que tuvo, introduce un término que estaba
En auge en otros países: la propiedad privada. La creciente
Burguésía necesitaba terrenos para poder explotarlos y lograr una
Productividad. Sin embargo, gran parte de dichos terrenos eran de la
Iglesia, por lo que no podían ser explotados, perdíéndose una gran
Oportunidad de obtener fondos para el Estado.
De acuerdo con lo
Anterior, las Cortes de Cádiz iniciaron la labor de convertir la
Propiedad en el Antiguo Régimen, de modo que se procedíó a
Desvincular los bienes de la nobleza, aboliendo los señoríos y
Suprimiendo los mayorazgos, de modo que los inmuebles podían ser
Vendidos por sus titulares. Además desamortizó a la Iglesia,
Incautando sus bienes y vendíéndolos en subasta pública.
La
Desamortización, realizada en 1836, puso a la venta todos los bienes
Del clero regular, y el año siguiente los bienes del clero secular,
Haciendo que todas las propiedades que no se explotaban, conocidas
Como manos muertas, pudiesen venderse en subasta pública, con el fin
De ser vendidas a burgueses adinerados que las explotarían. Sin
Embargo, debido a esta desamortización, se rompieron las relaciones
Diplomáticas con Roma, por lo que en 1851 se establecíó el
Concordato entre los dos países, que unificaría las relaciones, y
En el que la Iglesia no reconocería los bienes desamortizados,
Quedando en manos de sus propietarios.
Posterior a La
Desamortización se realizarían otras desamortizaciones como la de
Madoz, que pondría a la venta los bienes eclesiásticos restantes,
Además de los bienes de los pueblos, lo que supondría una gran
Recaudación, que iría destinada a las industrias, y más
Concretamente, al desarrollo del ferrocarril, un medio de transporte
Necesario en todos los países industrializados de la época. La
Diferencia de esta desamortización sería que el dinero no fue a
Manos del Estado, como con la de Mendizábal, sino a los
Ayuntamientos, por lo que supuso una mayor participación de pequeños
Propietarios, cada vez más en el país.
El proceso
Desamortizador, sin embargo, no fue dirigido a los menos favorecidos,
Puesto que no se planeaba practicar una reforma agraria, de modo que
Quedaría en manos de burgueses adinerados, capaces de comprar las
Tierras. Esta burguésía creó un proletariado agrícola que,
Contratado para explotar dichas tierras, fue sometido a duros
Trabajos y pésimos salarios.
En resumen, las desamortizaciones
Introdujeron un desarrollo económico, necesario debido a la crisis
Económica que había, además del desarrollo industrial que supuso
La recaudación de fondos, de modo que esto permitiría el desarrollo
Del ferrocarril, que se incrementó con la Ley de Ferrocarriles de
1855, convirtiéndose en el eje de la industrialización en España.