Período 1808 – 1833 (Reinado de Fernando VII)
1. Constitución de Bayona en relación con la prensa
La Constitución de Bayona fue creada el 6 de julio de 1808. En realidad es una Carta Otorgada impuesta por Napoleón que incluye alguna enmienda de los españoles afrancesados. En relación a la libertad de prensa, se impone un sistema bicameral en el que el control de la libertad de imprenta reside en el Senado, la cámara más conservadora. Se admite que la libertad de imprenta no se pondrá en marcha hasta dos años después de la solución del conflicto bélico mediante una ley hecha en las Cortes y dado que nunca hubo un período de paz, nunca pudo entrar en vigor.
2. Aspectos esenciales del Decreto de Libertad Política de Imprenta (10 de noviembre de 1810)
Es el primer decreto en España que trata la libertad de imprenta, y constituye la base de todos los decretos del siglo XIX. Suprime la censura previa y afirma que el derecho a la información es universal tanto para personas físicas como jurídicas. Este decreto sólo se refiere a las ideas políticas, por lo que sigue sin permitir el ataque a la Iglesia. Establece que la responsabilidad del escrito la tiene el autor y, si éste no figura, será el impresor. Desaparece el Juzgado Privativo de Imprenta y el cuerpo de Censores. Se establecen, en su lugar, Juntas de Censura con una clara representación de la Iglesia. Se tipifican los delitos desde escritos calumniosos hasta escritos contra la decencia pública.
3. El sistema informativo napoleónico en España
Es un sistema informativo central basado en el control de la prensa. España se va a convertir en un país satélite de Francia y se va a regir por sus normas. En el país vecino existían órganos de expresión titulares en París, y sólo un periódico en cada Departamento. En Madrid se incautará la prensa oficial y se modifica: la ‘Gaceta de Madrid’ se hace diaria y bilingüe, que dependerá de la cabecera francesa ‘El Monitor Universal’; ‘El Mercurio’ se hace quincenal y luego mensual; y el ‘Diario de Madrid’ se cierra. Se establece además un periódico en cada provincia y se crea también la figura del Gobernador Civil en aquella provincia bajo ocupación francesa. El Consejo de Castilla seguirá emitiendo las licencias y la censura.
4. Sobre periódicos creados por las Juntas entre 1808 y 1809
De 1808 a 1813, Fernando VII se encuentra en Francia, por lo que el Gobierno lo rigen las Juntas, que comienzan a reunirse periódicamente para llenar el vacío de la ausencia del Rey. En primer lugar están las Juntas Locales, luego las Juntas Provinciales y, por último, la Junta Suprema Central Gobernativa del Reino, que se considera un verdadero gobierno de sustitución del monarca. La mayor parte de las Juntas crearán periódicos, por ser el medio idóneo para transmitir órdenes, crear opiniones y llegar a la ciudadanía. Esto provoca una revolución periodística. Las Juntas más progresistas crearán periódicos abiertos, en los que cualquiera puede participar y opinar, y las menos progresistas, no crearán periódicos y si lo hacen, será publicaciones oficiales, que dependerán del Gobierno y pretenden tener controlada a la opinión pública. ‘El Semanario Patriótico’ era el periódico de la Junta Suprema Central. Era la voz del Gobierno y del Estado, por la que se comunicaba con la ciudadanía. Su objetivo era asentar al liberalismo y lo consigue cuando se aprueba la Constitución de 1812.
5. Política informativa durante el sexenio absolutista (1814 – 1820)
El 4 de mayo, el Rey mediante una Real Orden, decreta ilegales las Cortes de Cádiz y la Constitución de 1812. Da por terminado el proceso liberal, produciéndose la persecución absoluta del pensamiento liberal. Establece los siguientes criterios:
- Licencia previa para publicar periódicos o fijar carteles.
- Se establece la censura previa.
- Los gobernadores políticos será los encargados de estas premisas.
El 2 de mayo de 1815, un nuevo Decreto elimina toda la prensa, excepto la ‘Gaceta de Madrid’ y el ‘Diario de Madrid’. Se reanuda la Inquisición, eliminada en 1813, que confecciona listas de libros y periódicos prohibidos. Se instauran además los Tribunales de Imprenta.
6. Periódicos absolutistas de la etapa comprendida entre 1810 y 1815
El Fernandino de Valencia en Madrid, Lucindo, La Tía Norica, El Tío Tremenda o Los Críticos del Malecón. En líneas generales los redactores pertenecen al estamento eclesiástico. Defienden la legitimidad del rey y la monarquía absoluta. Vuelve a aparecer el discurso sobre los masones, a quienes culpan de ser los causantes de la independencia de los territorios americanos. Lenguaje de púlpito (de predicación)
7. Sobre periódicos liberales de la etapa comprendida entre 1810 y 1815
‘El Semanario Patriótico’: Surge a instancias de la Junta Central cuyo presidente era Manuel Quintana. Es el primer periódico político y el primer órgano de expresión de la Junta. – ‘El Español’: Lo crea José María Blanco White desde Londres donde se encuentra exiliado. Se critican las Cortes, la Regencia y los liberalismos. Tiene un marcado carácter doctrinal. Se edita desde 1810 hasta 1814. – ‘La Abeja Española’: Es un ejemplo de prensa liberal avanzada. En ocasiones se sirve de la sátira para hacer llegar mejor su mensaje. – ‘El Duende de los Cafés’: Es una publicación política y patriótica, con un marcado carácter liberal exaltado y anticlerical. Utiliza la sátira y la crítica. – ‘El Imparcial’: Creado por Alcalá Galiano, se le considera especialmente un periódico de opinión más que informativo. Quiso mantenerse al margen de la lucha entre liberales y serviles, pero esto provocó su cierre con sólo un mes de publicación.
8. Aspectos esenciales del Decreto de 22 de octubre de 1820
Decreto hecho por los liberales. Aparecen los jurados (‘jueces de hecho’) por primera vez para juzgar los delitos de imprenta. Se reestructura la legislación y ante un posible delito de imprenta lo juzgan los jueces de hecho, que pueden ser aquellos con garantías culturales: gente que sepa leer y escribir y con recursos. Los ayuntamientos sacaban unas listas y cuando había un posible delito, a través de un sorteo, eran ellos quienes decidían si el escrito era atentatorio o no. Si era atentatorio, el juez aplicaba la pena. Aparece también por primera vez la denominación de ‘editor’ como figura responsable de impresión, puesto que es aquella persona que lleva el escrito a imprimir (sea o no sea el autor). El impresor estaba obligado a pedirle los datos a quien iba a imprimirlo.
9. Periódicos afrancesados del Trienio Liberal
El Censor (prensa teórica y doctrinal), Miscelánea de comercio, política y literatura, El Universal (prensa gubernamental) (mezcla afrancesados – liberales)
10. Prensa “exaltada” del Trienio Liberal
Diario gaditano de la libertad e independencia nacional, político mercantil, económico y literario, El Espectador (prensa gubernamental), El Zurriago (satírico).
11. Prensa absolutista del Trienio Liberal
El Diablo predicador, El Revisor político y literario, El procurador general del rey.
12. Prensa liberal en el Trienio
La Colmena, El Liberto, Nuevo diario de Madrid, El Telégrafo, El Telégrafo mexicano.
13. Cambios en el mundo de la prensa durante la etapa de Cea Bermúdez (1832-1833)
Fernando VII cae enfermo a finales de 1832 y se hace con el poder su esposa, María Cristina de Nápoles, que va a insuflar un soplo de aire fresco. Elimina a Tadeo Calomarde (primer ministro de Fernando VII), a quien le sustituye Cea Bermúdez, de tendencia ilustrada. Para llevar a cabo sus políticas, Cea se apoya en los afrancesados (liberales moderados) e inicia ciertas reformas. La más destaca es la creación del Ministerio de Fomento, que dirigido por los afrancesados, centra la renovación del organigrama administrativo español (y de la prensa en este aspecto). Javier de Burgos (afrancesado) va a ser Ministro de Fomento. Trae las ideas francesas y va a tratar de crear aquí un panorama similar al de Francia, reorganizando el sistema administrativo español. Crea el organigrama de las provincias, fundamentalmente para que esa estructura administrativa sea más controlable para el poder central (centralización). Al frente de cada provincia hay una autoridad, un Gobernador Civil y un Gobernador Militar. El gobernador civil es el representante del ministerio de fomento en la provincia, y se encarga de todo lo que allí suceda, prensa incluida. Además, se crean períodicos administrativos en cada provincia: boletín oficial de provincia y en Madrid se crea un boletín central, el boletín de la administración.)
14. Actividad periodística de Larra en tiempos de Fernando VII
Dos etapas:
Con Tadeo Calomarde, El duende Satírico del día (1828): primeros artículos
Con Cea Bermúdez, El pobrecito hablador (1832): se observa su maduración y la creación de un estilo propio.
Se observa en estos periódicos creados por él la influencia de El Pensador y El Censor