La Proclamación de la República y el Periodo Constituyente
Las Elecciones y el Gobierno Provisional
El 12 de abril de 1931 se celebraron elecciones municipales en España, mediante sufragio universal masculino. La participación fue muy alta y las candidaturas republicano-socialistas triunfaron en las grandes ciudades, en 41 de las 50 capitales de provincia y en la mayor parte de los núcleos industriales (en Madrid obtuvieron el triple de votos que en las elecciones anteriores y en Barcelona, el cuádruple). Por ello, aunque el número de concejales monárquicos era ligeramente superior, se hizo evidente que una buena parte del electorado había apostado por un cambio de signo.
El 14 de abril por la mañana, los concejales electos de la localidad guipuzcoana de Éibar proclamaron la República y, a lo largo del día, lo hicieron los concejales de Valencia, Sevilla, Oviedo, Zaragoza, Barcelona, etc., mientras la población salía a la calle de forma espontánea y pacífica para celebrarlo. Ante la nueva situación, el rey Alfonso XIII decidió renunciar a la potestad real y ese mismo día abandonó el país, partiendo hacia el exilio.
En Madrid, los representantes de los partidos firmantes del Pacto de San Sebastián constituyeron un gobierno provisional, que el mismo día 14 se presentó en el Ministerio de Gobernación, en la Puerta del Sol, y proclamó oficialmente la Segunda República Española. Los miembros de ese gobierno representaban a las principales fuerzas de la conjunción republicano-socialista: republicanos conservadores, de izquierda y radicales, socialistas y nacionalistas catalanes y gallegos. Al margen de la coalición quedaban la derecha monárquica, los nacionalistas vascos y el obrerismo más radical (comunistas y anarquistas). El gobierno provisional convocó inmediatamente elecciones a Cortes Constituyentes para el día 28 de junio.
Paralelamente, el gobierno decretó una serie de medidas de extrema urgencia: la concesión de una amnistía general para los presos políticos, la proclamación de las libertades políticas y sindicales y la designación de altos cargos de la administración. Igualmente se proyectaron algunas tareas urgentes: la reforma del ejército, el inicio de negociaciones con catalanes y vascos para pactar una solución autonómica, medidas para proteger a los campesinos expulsados de las tierras por no poder pagar las rentas, así como actuaciones para afrontar la crisis económica. Las promesas de cambio de la nueva República contaron con un amplio apoyo popular, pero también con la animadversión de los grandes propietarios agrícolas, la oligarquía financiera, parte del ejército y la Iglesia.
Las elecciones generales del 28 de junio tuvieron una alta participación (70,14%). La victoria fue para la coalición republicano-socialista, que obtuvo 250 diputados sobre los 464 que componían la Cámara Baja.
La Constitución de 1931
Los diputados electos formaron las nuevas Cortes republicanas, y el ejecutivo quedó en manos de la coalición vencedora, que ratificó en sus cargos al jefe del gobierno, Niceto Alcalá Zamora, y a los ministros del gobierno provisional. Las Cortes nombraron inmediatamente una comisión encargada de elaborar un proyecto de Constitución, que fue aprobado en diciembre de 1931, después de intensos debates.
La Constitución de 1931 fue muy avanzada para su tiempo. Tenía un marcado carácter democrático y progresista, que se evidencia en el artículo primero del título preliminar, donde se define a España como «una República de trabajadores de todas las clases que se organiza en un régimen de libertad y justicia» y se establece que todos los poderes emanan del pueblo. La Constitución agrupaba los siguientes principios:
- El Estado se configuraba de forma «integral», pero se aceptaba la posibilidad de constituir gobiernos autónomos en algunas regiones.
- El poder legislativo residía plenamente en las Cortes, constituidas por una sola cámara con atribuciones muy amplias. El poder ejecutivo recaía en el gobierno, formado por el Consejo de Ministros y el jefe de Gobierno, así como en el Presidente de la República, jefe del Estado y representante institucional. El poder judicial se confiaba a unos jueces independientes.
- Se reconocía una amplia declaración de derechos y libertades, y existía una preocupación por los temas sociales. Se garantizaba la igualdad absoluta ante la ley, la educación y el trabajo y la no discriminación por razón de origen, sexo o riqueza. Se reconocía la facultad del gobierno para expropiar bienes de utilidad social y se definía el trabajo como una obligación social. Se establecía el voto desde los 23 años y, por primera vez, se concedía el voto a las mujeres. Por último, se hacía una clara afirmación de la laicidad del Estado, al no declarar ninguna religión como oficial y al reconocer el matrimonio civil y el divorcio.
La Constitución no consiguió el consenso de todas las fuerzas políticas, y aunque fue aprobada por amplia mayoría (368 votos), existían profundas discrepancias entre la izquierda y la derecha, sobre todo en lo referente a la cuestión religiosa y autonómica. La aprobación de los artículos religiosos de la Constitución provocó la dimisión de los sectores católicos del gobierno, por lo cual Manuel Azaña sustituyó en la jefatura del gobierno a Niceto Alcalá Zamora, y este pasó a ser Presidente de la República.
Las Reformas del Bienio de Izquierdas (1931-1933)
La Cuestión Religiosa
Uno de los primeros objetivos de la República fue limitar la influencia de la Iglesia y secularizar la sociedad española. Estas intenciones se plasmaron en la Constitución, que estipuló la no confesionalidad del Estado, la libertad de cultos y la supresión del presupuesto de culto y clero. También se permitieron el divorcio y el matrimonio civil y se secularizaron los cementerios.
Además, el temor a la influencia que las órdenes religiosas ejercían, especialmente en la educación, llevó al gobierno a prohibirles dedicarse a la enseñanza. El proceso se completó con la Ley de Congregaciones (mayo de 1933), que limitó la posesión de bienes a las órdenes religiosas y previó la posibilidad de su disolución en caso de peligro para el Estado. El enfrentamiento más grave se produjo con los jesuitas, debido a la existencia de un cuarto voto de obediencia al Papa profesado por esta orden. Acusados de depender de un poder extranjero, la Compañía de Jesús fue disuelta, y sus bienes, nacionalizados.
Una buena parte de los sectores católicos percibió la nueva legislación como una agresión al catolicismo. El resurgimiento de los viejos movimientos populares anticlericales, que entre los días 11 y 12 de mayo de 1931 incendiaron conventos y edificios religiosos en varias ciudades (Madrid, Sevilla, Cádiz, Murcia…), ahondó esos temores. La jerarquía eclesiástica, salvando excepciones como la del cardenal Vidal y Barraquer, no dudó en manifestar su antagonismo hacia la República y en movilizar a los católicos en su contra. La actitud manifiestamente hostil del cardenal Segura, arzobispo de Toledo y primado de España, y del obispo de Vitoria provocó que el gobierno optase por una medida de fuerza y dictase su expulsión del territorio español.
La Modernización del Ejército
El gobierno republicano estaba convencido de que el ejército necesitaba una profunda transformación. Manuel Azaña, que desde la presidencia del gobierno asumió la cartera de Defensa, impulsó una reforma que pretendía crear un ejército profesional y democrático. Para ello se creyó necesario reducir los efectivos militares, acabar con la macrocefalia (un oficial por cada tres soldados en 1917), poner fin al fuero especial de los militares, asegurar su obediencia al poder civil y terminar con la tradicional intervención del ejército en la vida política.
Con esta finalidad se promulgó la Ley de Retiro de la Oficialidad (1931), que establecía que todos los oficiales en activo debían prometer su adhesión a la República, pero se les daba la posibilidad de retirarse con el sueldo íntegro si así lo deseaban. Más de la mitad de la oficialidad aceptó la oferta antes de acabar el año. Además, se suprimieron algunos rangos tradicionales, se redujo el número de unidades y oficiales y se cerró la Academia Militar de Zaragoza, vivero de los sectores más golpistas del ejército. Se clausuraron las Capitanías Generales y desaparecieron los Tribunales de Honor y el Consejo Supremo de Justicia Militar, así como la prensa destinada exclusivamente al ejército. Posteriormente se creó la Guardia de Asalto, una fuerza de orden público fiel a la República.
La reforma, técnicamente bien planteada, tuvo resultados limitados. Se consiguió la disminución de los gastos del ejército, pero la reducción del presupuesto dificultó la modernización del material, del armamento y de los equipamientos. Además, la reforma fue recibida por algunos sectores, sobre todo por los llamados africanistas, como una agresión a la tradición militar y al poder del ejército. La derecha aprovechó ese descontento para animar a la revuelta militar contra la República.
La Reforma Agraria
La reforma de la agricultura fue el proyecto de mayor envergadura iniciado por la República. Se pretendía poner fin al predominio del latifundismo existente en buena parte del centro y el sur de España y mejorar las condiciones de vida de los campesinos pobres (jornaleros). Esta reforma era esencial teniendo en cuenta el papel que desempeñaba la agricultura en la economía española. En 1931, la población activa era de unos 8,5 millones de personas y casi la mitad trabajaban en la agricultura, de las cuales unos 2 millones eran jornaleros, arrendatarios y aparceros, y el resto, pequeños y medianos propietarios. Asimismo, en Andalucía, Castilla y Extremadura, más del 50% de la tierra estaba en manos de un reducido grupo de grandes propietarios.
Una serie de primeros decretos, que perseguían proteger a los campesinos sin tierra y a los arrendatarios, establecieron la prohibición de rescindir los contratos de arrendamiento. También fijaron la jornada laboral de 8 horas en el campo y determinaron el establecimiento de salarios mínimos y la obligación de los propietarios de poner en cultivo las tierras aptas para ello.
Pero la verdadera reforma consistía en la elaboración de una Ley de Reforma Agraria, aprobada por las Cortes en septiembre de 1932. El objetivo de la ley no era un cambio radical de la situación del campo ni una colectivización de la tierra, sino la modernización de la agricultura. La ley permitía la expropiación sin indemnización de las tierras de una parte de la nobleza, mientras las cultivadas deficientemente, las arrendadas sistemáticamente o las que, pudiendo ser regadas no lo eran, se podían expropiar indemnizando a sus propietarios.
La aplicación de esta ley se encomendó al Instituto de la Reforma Agraria (IRA), que contaba con un presupuesto anual para indemnizar a los propietarios expropiados y se encargaba de facilitar los asentamientos de familias campesinas. Los resultados iniciales de la reforma agraria fueron escasos porque se expropiaron muchas menos hectáreas y se asentaron muchos menos campesinos de los previstos inicialmente (entre 1932-34 se establecieron unas 12.000 familias).
Las razones de este fracaso estarían en la complejidad de la propia ley, la lentitud y las dificultades burocráticas para su aplicación, la falta de presupuesto destinado a las indemnizaciones y, finalmente, la resistencia de los propietarios, que recurrieron a todo tipo de medios para esquivarla.
La aplicación de la Ley de Reforma Agraria originó un considerable aumento de la tensión social. Por un lado, los grandes propietarios se opusieron abiertamente a la reforma y la mayoría de ellos se aliaron con los enemigos de la República, consolidando un frente de fuerzas conservadoras dispuestas a acabar con ella. Por otro lado, los campesinos quedaron decepcionados con los resultados y, viendo frustradas las esperanzas depositadas en la República, se orientaron hacia posturas más revolucionarias y de enfrentamiento con las fuerzas del orden (ocupación de tierras, incendios de cortijos, reyertas con la Guardia Civil…).