La Segunda República Española: Proclamación y Constitución
La Segunda República se proclamó el 14 de abril de 1931 tras el éxito de las candidaturas republicanas en las elecciones municipales celebradas dos días antes, que habían sido convocadas por el almirante Aznar, el cual había sustituido a Dámaso Berenguer en el gobierno posterior a la dimisión de Primo de Rivera (la “Dictablanda”).
Gobierno provisional y Constitución
Tras la marcha de Alfonso XIII al exilio se constituyó un Gobierno provisional presidido por Niceto Alcalá-Zamora, que contaba con representantes de todas las corrientes del Pacto de San Sebastian , republicanos de izquierdas (Acción Republicana de Azaña), socialistas (PSOE) y nacionalistas catalanes y gallegos. Se convocaron elecciones a Cortes Constituyentes (junio 1931) para elaborar una constitución y elegir un Gobierno que reemplazase al provisional. La Constitución, finalmente, fue aprobada en diciembre de 1931, recogiendo las aspiraciones reformistas de los partidos con mayor representación tras dichas elecciones: PSOE, republicanos y nacionalistas periféricos.
Características de la Constitución
Sus principales características fueron: la laicidad del Estado, la jefatura de Estado (presidente de la República) era elegida por las Cortes y un conjunto de compromisarios, y sus competencias eran el nombramiento del jefe de Gobierno y la capacidad de disolver las Cortes; el poder legislativo residía en unas Cortes unicamerales (Parlamento), que legislaban y controlaban la acción del Gobierno; el sufragio universal, incluida la mujer por primera vez; la descentralización territorial (reconocimiento del derecho de autonomía de las regiones, dentro de un Estado integral); la creación del Tribunal de Garantías Constitucionales, que velaba por la constitucionalidad de las leyes; y el derecho a la educación (el Estado debía garantizar la educación primaria a toda la población y establecer un nuevo modelo de enseñanza.
El Bienio Reformista (1931-1933)
El gobierno de Azaña se caracterizó por la aprobación y puesta en marcha de toda una serie de reformas (del Ejército, la agraria, la laboral, la territorial y la educativa) cuyo objetivo era modernizar el país resolviendo sus problemas históricos.
Reformas del Bienio Reformista
La subordinación del Ejército a la autoridad civil (supresión de la Ley de Jurisdicciones), la lealtad institucional (nombramiento de oficiales fieles a la República y creación de la Guardia de Asalto) y su profesionalización. La reforma agraria pretendía solucionar el problema de los dos millones de jornaleros del país. Para ello se aprobó la Ley de Bases de la Reforma Agraria, la cual pretendía expropiar, con indemnización, a grandes propietarios para repartir sus latifundios a los jornaleros. La reforma laboral supuso la aprobación de la jornada de ocho horas en el campo y la creación de los Jurados Mixtos de Arbitraje. Respecto a la cuestión territorial, se buscó la descentralización aprobando el Estatuto de Cataluña, que reconoció la cooficialidad del catalán y amplias competencias de autogobierno. Por último, la reforma educativa, a través de la Ley de Congregaciones Religiosas, promovió una educación exclusivamente pública, laica y mixta, y buscó reducir el analfabetismo con la creación de miles de escuelas.
El Fin del Bienio Reformista y la Revolución de octubre de 1934
Las elecciones de noviembre de 1933 en las que votaron por primera vez las mujeres, dieron el triunfo a la CEDA de Gil-Robles y al Partido Radical republicano de Lerroux. Como resultado, Alcalá-Zamora, mandó formar nuevo gobierno a Lerroux, que necesitó el apoyo parlamentario de la CEDA para gobernar.
La Revolución de octubre de 1934
La inclusión de tres ministros cedistas provocó una insurrección de los sectores radicales de izquierda y nacionalistas, que temían por la liquidación del régimen democrático desde dentro como acababa de ocurrir en Alemania (Hitler) y Austria. A esta insurrección se la conoce como Revolución de octubre de 1934, un movimiento huelguístico revolucionario surgido tras la convocatoria de huelga general nacional por parte de UGT. La insurrección además de la desunión del movimiento obrero y la falta de apoyo de la burguesía.
La Guerra Civil Española (1936-1939)
El estallido de la Guerra Civil responde, entre otras cosas, a la radicalización de la vida política y social posterior a las elecciones de febrero de 1936: por un lado, la izquierda revolucionaria movilizó a las organizaciones obreras para acelerar las reformas sociales; mientras que, por otro, tras su derrota en las elecciones, la derecha se propuso liquidar la República mediante un golpe de militar, y para justificarlo promovió la agitación callejera y la provocación parlamentaria.
Fases de la Guerra Civil
La Guerra Civil española (1936-1939), surgida tras el fracaso del golpe militar del 17-18 de julio y la negativa de los sublevados a rendirse, puede dividirse en diferentes fases: La primera (julio 1936-marzo 1937) tuvo como principal zona de enfrentamiento Madrid. La segunda fase de la guerra resultó ser un éxito para el bando sublevado, ya que la pérdida de los recursos humanos, industriales y minerales del norte mermó enormemente las posibilidades de éxito de la República. Tras ello, inició la última fase de la guerra (octubre 1937-abril 1939), centrada en el frente mediterráneo y la toma definitiva de Madrid.
La Dictadura Franquista y la Transición a la Democracia
Tras la Guerra Civil se estableció en España una dictadura militar que sustituyó el sistema republicano (democrático, descentralizado y laico) por un régimen autoritario, centralizado y confesional en el que Franco reunía todo el poder. La dictadura personal se institucionalizó, gradualmente, mediante las llamadas leyes fundamentales (7), entre las que destacan: el Fuero del Trabajo (1938), que regulaba las relaciones laborales, prohibiendo la huelga y los sindicatos; la Ley Cortes (1942), que establecía una cámara meramente consultiva, al tener Franco la potestad exclusiva de legislar; el Fuero de los Españoles (1945), que recogía derechos cuyos ejercicio no garantizaba; y la Ley de Sucesión a la Jefatura del Estado (1947), que establecía como modelo sucesorio una monarquía autoritaria cuyo rey debía ser propuesto por Franco.