Las Desamortizaciones en España: Un Proceso Histórico-Económico

Introducción

La desamortización fue un largo proceso histórico-económico iniciado en España a finales del siglo XVIII por Godoy (1798) y cerrado ya muy entrado el siglo XX (1924), y consistió en poner en el mercado, mediante subasta pública, las tierras y bienes que estaban amortizados, es decir, que no se podían comprar ni vender. Estas tierras estaban en manos de la aristocracia, la Iglesia católica o las Órdenes religiosas y los municipios y el Estado.

La población española se incrementó a lo largo del siglo XIX, aunque en menor medida que en los países más desarrollados. El descenso de la mortalidad y el mantenimiento de una alta natalidad explican esta tendencia. La mayor parte de la población siguió siendo rural. Se calcula que a mediados del s. XIX, el 80% de la población seguía viviendo en el campo.

La agricultura vivió una profunda reforma basada en la abolición del régimen señorial, la supresión de los mayorazgos y las grandes desamortizaciones de Mendizábal y Madoz. Con este conjunto de medidas se liberalizó la propiedad, permitiendo que la tierra pudiera circular libremente en el mercado. Estas reformas fueron posibles gracias a que María Cristina de Borbón, para asegurar la corona de España para su hija, se vio obligada a solicitar la ayuda de los sectores liberales españoles. Estos liberales, sobre todo en los momentos de gobiernos progresistas, con Juan Álvarez de Mendizábal al frente (primero como jefe de gobierno, luego como Ministro de Hacienda con Calatrava) asumieron la tarea de desmantelar el Antiguo Régimen y sus instituciones, siendo en este proceso las desamortizaciones lo más destacado en el aspecto económico.

Desarrollo

La Propiedad de la Tierra

En el Antiguo Régimen gran parte de las tierras eran inalienables, es decir estaban amortizadas, sus titulares no las podían vender ni podían perder su propiedad por deudas u otras circunstancias. Había tres tipos fundamentales de tierras amortizadas:

  1. Las pertenecientes a la Iglesia (tierras de manos muertas). Esta había ido acumulando grandes extensiones de tierra gracias a donaciones pías o a transmisiones de linajes sin descendencia. En la España del siglo XIX comprendían aproximadamente un 20% del total de la tierra cultivable.

  2. Los mayorazgos. Tierras pertenecientes a la nobleza. Estas tierras se iban pasando de primogénito en primogénito (sin posibilidad de dividirse entre los eventuales hermanos), puesto que se consideraba que el patrimonio del título pertenecía al linaje (el titular era un mero usufructuario que lo había recibido íntegro y debía transmitirlo en las mismas condiciones). Las tierras no podían dividirse ni venderse, ni siquiera se podían embargar (el mayorazgo quedó instituido en España, como ya hemos visto, en época de los Reyes Católicos, como una concesión a la nobleza para proteger sus patrimonios, ante la pérdida por parte de esta de poder político).

  3. Los bienes comunales. Tierras que pertenecían a los ayuntamientos y eran igualmente inalienables. Había dos tipos de tierras comunales: los propios (destinadas a arriendo, con sus rendimientos se sufragaban las corporaciones) y los baldíos (terrenos de aprovechamiento comunal para todos los vecinos: bosques, pastos, caza…).

Evidentemente esta estructura de la propiedad limitaba de manera importante la productividad, ya que sus titulares, especialmente la Iglesia y la nobleza, no tenían especial interés en la explotación intensiva de la tierra. Las manos muertas y los mayorazgos además estaban exentas del pago de impuestos, lo que mermaba de manera considerable la recaudación fiscal. La existencia de la propiedad amortizada o vinculada se había transformado en España en un lastre para la modernización de la agricultura. No se había podido formar un mercado de tierras que diera respuesta al creciente número de trabajadores del campo que buscaban adquirir sus propiedades, con lo que se extendía la tierra baldía, cultivada por debajo de sus posibilidades y desaprovechada.

Desamortización de Mendizábal

Ya en 1798 el ministro Godoy había planteado una primera desamortización que afectaba a bienes de instituciones religiosas de tipo hospitalario y asistencial. Pero el volumen de tierras afectado era todavía muy escaso. Después de esto, también las Cortes de Cádiz plantearon el asunto de las desamortizaciones, lo cual no se llevó a cabo debido a la vuelta de Fernando VII y con él del absolutismo.

Hay que esperar a 1836, durante la minoría de edad de Isabel II, para encontrar las primeras leyes que tendrán una repercusión notable: la llamada desamortización de Mendizábal. Juan Álvarez de Mendizábal, bien presidiendo el Consejo de Ministros, o posteriormente desde el cargo de ministro de Hacienda, inició la desamortización de los bienes y tierras eclesiásticas en 1836, tras suprimir las órdenes religiosas (clero regular). También desamortizó tierras del clero secular y de algunos municipios.

La desamortización consistió básicamente en la expropiación de los bienes desamortizados o baldíos, (es decir, no explotados) y su nacionalización y posterior venta en pública subasta al mejor postor. La desamortización tuvo tres objetivos:

  1. El objetivo principal fue financiero. Buscar ingresos para pagar la deuda pública del Estado, además se conseguirían fondos para la I Guerra Carlista.

  2. Había también un objetivo político: ampliar la base social del liberalismo con los compradores de bienes desamortizados. Además, buena parte del clero regular apoyaba a los carlistas.

  3. Finalmente, se planteó de forma muy tímida un objetivo social: crear una clase media agraria de campesinos propietarios.

Los resultados no fueron todo lo positivos que se podría haber esperado:

  • No solucionó el grave problema de la deuda pública.
  • En el terreno político, el liberalismo ganó adeptos, pero también se creó un muro infranqueable que perduró largo tiempo entre el liberalismo y la opinión pública católica, que consideró a las desamortizaciones como un ataque a la Iglesia.
  • En el terreno social, la mayor parte de los bienes desamortizados fueron comprados por nobles y burgueses urbanos adinerados. Los campesinos pobres no pudieron pujar en las subastas.
  • La desamortización no sirvió para mitigar la desigualdad social, de hecho, muchos campesinos pobres vieron como los nuevos propietarios burgueses subieron los alquileres.

Desamortización de Madoz

La última gran desamortización se inició en 1855 mediante una ley elaborada por Pascual Madoz y firmada el 1 de Mayo de ese mismo año. Afectó esencialmente a las tierras de los municipios y supuso la liquidación definitiva de la propiedad amortizada en España. Esta venta afectó a las propiedades pertenecientes al Estado, Iglesia, órdenes militares, cofradías, obras pías, propios y comunes de los ayuntamientos, beneficencia e instrucción pública, siempre que se tratara de bienes que estuvieran en régimen de manos muertas.

La variedad de origen de las tierras sacadas a la venta hizo que se llamara a ésta “Desamortización General”. Sus resultados tampoco fueron muy positivos:

  • Arruinó a los ayuntamientos, que, entre otras cosas, estaban al cargo de la instrucción pública.
  • No solucionó el eterno problema de la deuda pública.
  • Perjudicó a los vecinos más pobres que se vieron privados del aprovechamiento libre de las tierras comunales de los ayuntamientos, que también fueron desamortizadas.

Consecuencias

a) Económicas

El impacto económico fue importante, pero no fue una reforma agraria (en el sentido de que no hubo reparto de tierras entre los campesinos pobres). La desamortización provocó un reforzamiento de la estructura de la propiedad de la tierra (acentuó el latifundismo en Andalucía y Extremadura). No produjo un aumento de la producción agraria contra lo que pretendían sus promotores. Los nuevos propietarios, en general, no emprendieron mejoras, sino que se limitaron a seguir cobrando las rentas e incluso a incrementarlas.

b) Financieras

En la primera desamortización no se consiguió disminuir la deuda pública al permitirse un aplazamiento de parte del pago. En la segunda el balance fue más positivo (los pagos se hicieron al contado), con lo que se pudo sufragar en parte la construcción del tendido ferroviario al amparo de la Ley General de Ferrocarriles promulgada también durante ese mismo periodo.

c) Políticas. Las desamortizaciones contribuyeron a la creación y desarrollo de un liberalismo doctrinario típicamente hispano. Este pretendía conciliar el Antiguo Régimen absolutista y el nuevo régimen burgués y alcanzó su máxima expresión en España durante los dos últimos tercios del siglo XIX (predominio de los moderados y la Unión Liberal y el régimen de la Restauración) y parte del XX. La consolidación de este régimen híbrido hizo que se ganaran adeptos al liberalismo. Los compradores burgueses siempre lo apoyarían, incluso buena parte de la nobleza al verse beneficiada por el paso de una propiedad amortizada (de la que no podía disponer libremente) a una propiedad libre y al no verse privada de la preeminencia social de la que gozaba en el Antiguo Régimen. d) Sociales. El proceso desamortizador contribuyó claramente al cambio hacia una sociedad burguesa. Los compradores pertenecían mayoritariamente a la burguesía (comerciantes, hombres de negocios, profesiones liberales y campesinos acomodados) quienes adquirieron las fincas más preciadas y de mayor extensión. Por el contrario, tanto el campesino pobre como el colono dispusieron de muy pocas posibilidades de acceso a la propiedad. Este traspaso de una enorme masa de tierras a nuevos propietarios permitió la fusión de la antigua aristocracia feudal con la nueva burguesía para crear una nueva clase social dominante mezcla de ambas: la oligarquía terrateniente. Otra consecuencia social fundamental fue la proletarización del campesinado. Como además el nuevo propietario es mayoritariamente absentista, en amplias zonas de España, sobre todo en las que predomina el latifundismo, apenas se trabaja unos pocos meses al año, con lo que la situación de los jornaleros es todavía más precaria.

3 e) Culturales. La desamortización de fincas urbanas (casas, edificios conventuales) contribuyó a la transformación del modelo de ciudad del siglo XIX: de la ciudad conventual, marcada por el tono hegemónico de los edificios religiosos, a la ciudad burguesa, caracterizada por la desaparición del viejo caserío, su crecimiento en altura, la apertura de nuevas vías, la presencia de los edificios públicos y los ensanches. La legislación previó para los edificios conventuales destinos tan diversos como la conservación para uso parroquial o público (conversión en museos, cuarteles, hospitales) o la demolición para la apertura de nuevas calles o el ensanche de las existentes. f) Religiosas. Se desmanteló casi completo la propiedad de la Iglesia y sus fuentes de riqueza, toda vez que el diezmo fue igualmente suprimido en 1837. Se debilitó enormemente su poder (hay que tener en cuenta que la Iglesia apoyaba a los carlistas). Disminuyó de manera importante el número de sus componentes y su sustento. El Vaticano rompió relaciones con España, aunque con el concordato de 1851 reconoció el nuevo status a cambio del mantenimiento del culto y del clero por parte del estado.

3. CONCLUSIÓN: Pese a sus insuficiencias y errores, las desamortizaciones de Mendizábal y Madoz cambiaron de forma radical la situación del campo español. Baste con señalar que afectaron a una quinta parte del conjunto del suelo. Lamentablemente, el atraso técnico y el desigual reparto de la propiedad de la tierra siguieron siendo problemas clave de la sociedad y la economía españolas. Las desamortizaciones no lograron el éxito esperado, y fue la gran ocasión perdida de realizar una verdadera reforma agraria y no dejar la herida abierta (como en efecto sucedió, y se vio en la violencia con que se planteó este punto en la II República).

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