Manifiesto de los Persas: Defensa del Absolutismo y Crítica a las Cortes de Cádiz

Manifiesto de los Persas. Madrid, 12 de abril de 1814.

Análisis del texto

[Clasificación]Documento de naturaleza histórico-circunstancial, fuente primaria, texto de carácter político, recoge las ideas o principios ideológicos del absolutismo. Se trata de una carta redactada por un grupo de 69 diputados conservadores (“serviles”) de las Cortes ordinarias a cuya cabeza se encuentra el diputado por Sevilla Bernardo Mozo de Rosales, contrarios a las decisiones adoptadas en las Cortes de Cádiz el 12 de abril de 1814 y entregada al rey Fernando VII dos días más tarde. Apoyaron el documento miembros de la nobleza y el clero de ideología absolutista. El destinatario del documento es el propio monarca que por el Tratado de Valençay fue liberado del cautiverio en Bayona y recobró la corona española. Tiene un carácter público.

[Análisis formal] Se trata de un extracto de un manifiesto que consta de 143 puntos

[Análisis del contenido]El manifiesto, dirigido a Fernando VII, es una alabanza y defensa pública y expresa de la monarquía absoluta, a la que considera base de la armonía entre los diferentes grupos sociales y fundamento del bien común. Juzga ilegales e injustas las Cortes de Cádiz (no fueron convocadas por el rey), así como todas las decisiones que se tomaron en ellas. Partiendo de este principio, piden al rey la vuelta al orden antiguo. Busca convencer al monarca de que cuenta con el respaldo de la nobleza y el clero absolutista para restaurar el absolutismo, volver al Antiguo Régimen y la sociedad estamental y suspender las libertades constitucionales basadas en su falta de legitimidad.

Este texto sigue una estructura lógica, constituido por un planteamiento, un problema, una parte justificada y un bloque final de peticiones a modo de conclusión.

En el primer bloque, los autores plantean el problema: un país sumido en el caos comparando el liberalismo imperante desde hace 2 años y los cambios políticos introducidos con los 5 días de anarquía tras la muerte de un rey de los antiguos persas.

El segundo párrafo es argumentativo, nos razona el porqué ante esa situación es el absolutismo la mejor solución, y porque no debió ser suprimido. El primer argumento es propio del pensamiento del Antiguo Régimen: el poder por designación divina; lo que se conoce como teoría de altar y tono. Su finalidad: el bien común y el mantenimiento del orden; su origen: la sumisión voluntaria de los pueblos a la conquista. El documento acaba con una conclusión formulada a modo de petición, que concluye coherentemente todo lo anterior. Se pide al rey la anulación y el no reconocimiento de la obra legislativa de Cádiz por que no han sido aprobadas por los territorios ni por el soberano. Como conclusión las cortes de Cádiz han supuesto la anarquía propia de la revolución, mientras que la monarquía absoluta representa el orden y la razón.

Desarrollo y explicación del problema histórico al que se refiere el texto así como el contexto histórico

[Contexto histórico] Las Cortes, representantes durante su ausencia de la soberanía nacional, habían realizado una revolución liberal burguesa que quedaba recogida en la Constitución de 1812 y una importante obra legislativa que desmonta muchas de las estructuras del Antiguo Régimen. Sin embargo pronto se comprobó que este naciente liberalismo no era respaldado por la mayoría del pueblo español que lo identificaba como contrario a la tradición española y muy parecido a las “máximas francesas”.

Tras el Tratado de Valençay que le restituye en el trono, en marzo de 1814Femando VII regresa del exilio como rey de España. Las Cortes habían dictado órdenes confidenciales y un itinerario con el fin de que el monarca se trasladase directamente a Madrid para jurar la Constitución, ante el temor de que pudiera negarse a hacerlo. Pero las Cortes fueron desobedecidas. Se desvío del itinerario previsto ( Gerona-Valencia-Madrid) para pasar la Semana Santa en Zaragoza y aunque se dirigió a Valencia, previo paso en su dirección a Madrid, se puso en contacto el general Elío, el cual se puso incondicionalmente a su lado para acabar con las reformas liberales.

El rey, llamado “El Deseado”, era recibido con gran entusiasmo por dondequiera que pasaba. Cuando llega a Valencia le esperan allí los diputados no liberales de las Cortes de Cádiz los cuales le hacen entrega de esta carta. Este manifiesto está firmado por 69 diputados de tendencia realista que, por una cita erudita al comienzo de su redacción, fue conocido como “Manifiesto de los Persas”. Se trata de un reflejo del apoyo que recibió Fernando VII. La respuesta inmediata al manifiesto por parte de Fernando VII fue el Decreto del 4 de Mayo en Valencia. El monarca apostaba por una monarquía moderada pero no constitucional afirmando que las leyes asegurarían “la libertad y la seguridad individual”. Prometía lo que solicitaban los “los persas”, unas Cortes “legítimamente congregadas”. A continuación, declaraba nulas todas las disposiciones tomadas por las Cortes de Cádiz y las autoridades liberales, aboliendo la Constitución de 1812.

[Desarrollo y explicación del problema histórico- comentario ampliado del texto]El “manifiesto” ha sido interpretado como una exposición del movimiento “renovador”, propio de quienes deseaban reformas sin romper con la tradición. Los firmantes del documento pertenecen a los sectores absolutistas del país, encabezados por la nobleza y el clero, los cuales habían visto como se reducían o desaparecían sus derechos y privilegios en el proceso de la revolución liberal llevada a cabo en Cádiz. Lógicamente, manifestaban un gran resentimiento contra los liberales. Los sectores populares, especialmente del campesinado, expresan el descontento con las medidas liberalizadoras que no habían resuelto sus pretensiones de acceso a la propiedad de la tierra, ni mejorado sus condiciones de vida, siempre precarias.

Este documento tiene dos grandes partes: en la primera se pide al rey que derogue todos los decretos elaborados por las Cortes de Cádiz y no acepte la Constitución. En la segunda, solicita una monarquía moderada, con garantías, en las que las leyes estén por encima de los reyes, y éstos no puedan cometer actos arbitrarios contra sus súbditos. Los “persas” solicitan también unas Cortes “legítimamente congregadas”, y no improvisadas, como las de Cádiz, capaces de tomar medidas o reformas convenientes al país.

A través del manifiesto, exigen un retorno a la situación anterior, justificándolo como algo natural a la esencia humana. Fundamentan esta monarquía en una voluntad divina y en una necesidad humana que, por lo tanto, no puede estar sujeta al control del pueblo ni a ninguna ley humana (teoría del origen divino del poder). Amparándose en estos argumentos, los firmantes solicitan la reinstauración de las leyes, fueros, usos y costumbres que estaban vigentes en España antes de la Guerra de Independencia. Es en definitiva una vuelta al Antiguo Régimen.

Se defiende la “alianza del altar y el trono “, divisa que pasó a significar la unidad entre los estamentos privilegiados y la corona para defender y detener cualquier cambio en el sistema social y político.

Se aseguraba la existencia de una supuesta conspiración de liberales, masones y afrancesados para acabar con la monarquía, a la que había que combatir con todas las armas posibles. La consecuencia fue una dura represión contra los liberales españoles, muchos de los cuales tuvieron que abandonar el país, convertidos en los primeros exiliados políticos de nuestra historia.

[Significado]El documento es importante. Femando VII había declarado inicialmente que acataría el nuevo régimen liberal por temor a verse desplazado otra vez del poder, pero no duda en dar el golpe de Estado al ver los apoyos con los que cuenta. Aunque cabe cuestionarse el término “golpe de Estado” debido a que es difícil que el rey podría haberse planteado otra cosa que aceptar la plena soberanía real, lo cierto es que fue posible gracias al apoyo recibido por el ejército, la nobleza, el clero reaccionario y el pueblo llano.

Como consecuencia, se restauraron todas las antiguas instituciones, el régimen señorial, la Inquisición, etc. Solamente respetó la abolición de la tortura en el procedimiento judicial, lo que no impidió que en la práctica se siguiese utilizando. Este periodo se conoce como Sexenio absolutista (1814-1820).

La involución política en España en 1814 hay que incluirla en una atmósfera reaccionaria en toda Europa, bajo la bandera del legitimismo y la solidaridad entre monarcas absolutos tras las caída de Napoleón, llamado este proceso “Restauración”, que tenía como principal objetivo reponer a los monarcas en sus legítimos tronos y preservar a Europa de movimientos liberales o revolucionarios. Este periodo absolutista no pudo resolver los graves problemas económicos del país (destrucción tras la guerra, deuda pública, escasa producción agraria…) ni políticos. Los liberales ganaron fuerza y acabaron triunfando por medio del golpe de Estado del general Riego, que restauró la Constitución de 1812, dando paso al Trienio Liberal en 1820.

Definiciones:

Monarquía absoluta. Forma de gobierno caracterizada porque el monarca concentra todos los poderes del Estado en su persona y está por encima de las leyes. El reino se considera un patrimonio suyo y, por tanto, puede transmitirlo por herencia. Los teóricos del absolutismo propusieron la idea del origen divino del poder real como fundamento de sus atribuciones. En Europa se desarrolló a partir del siglo XVII y especialmente durante el XVIII como una evolución de la monarquía autoritaria.

Constitución de Cádiz. Primera constitución promulgada en España en el año 1812. Supuso el comienzo de la revolución liberal y sirvió de modelo a muchas otras, tanto españolas como extranjeras. Estableció el principio de la soberanía nacional como criterio político básico, la monarquía como forma de gobierno, la separación de poderes, con unas Cortes unicamerales y la confesionalidad del Estado. Su articulado fue muy extenso y minucioso por el deseo de impedir su derogación a manos de los partidarios del absolutismo.

Cortes. Órgano legislativo y representativo de la nación; en ocasiones también controlan al gobierno. En España, el modelo liberal de cortes se inaugura con la Constitución de 1812. En los textos constitucionales españoles ha predominado el bicameralismo (Congreso y Senado), salvo en las Constituciones de 1812 y 1931.

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