T-8.- El reinado de Alfonso XII: el sistema canovista y la Constitución de 1876
El fracaso del Sexenio
Democrático hará pensar en el restablecimiento de la Monarquía Constitucional
Borbónica. El impulsor fue Antonio
Cánovas del Castillo, político e historiador de tendencia liberal
Conservadora, quien consigue la abdicación de Isabel II en su hijo Alfonso, y
Crea el partido Alfonsino. Cánovas se preocupó de que la educación de Alfonso
Se completara en la Academia Militar de
Sandhurst en Inglaterra, país con tradición en Monarquía Constitucional; al
Tiempo que buscará apoyos entre la clase política, la burguésía, los países
Europeos, el Ejército y la
Iglesia (el clero español). Pero finalmente será el pronunciamiento militar, de
29 de Diciembre 1874 en Sagunto, llevado a cabo por el general Martínez Campos quien proclame rey de España a Alfonso XII.
1. El sistema canovista
Cánovas será quien Establezca los principios ideológicos Y siente las bases institucionales y Jurídicas del sistema político de la Restauración, basada en la libertad, la propiedad privada y la unidad de España. En primer lugar, apartó a los Militares de la política y buscó la pacificación Militar finalizando la Tercera Guerra Carlista en 1876, que supone la Eliminación de los fueros vascos y navarros; y firmando la Paz de Zanjón en 1878, que pondrá fin a la insurrección cubana comenzada diez años antes, en 1868.
En segundo lugar, establecerá el bipartidismo, por lo que los dos partidos dinásticos, leales a la
Corona, se turnarán pacíficamente en
El Gobierno, eliminando cualquier intervención de la oposición (republicanos,
Socialistas, carlistas…). El Partido Liberal Conservador, denominado “Conservador”, dirigido por Cánovas, representaba la derecha
Monárquica y centró su interés en el mantenimiento del orden público. El
Partido Liberal Fusionista, conocido como “Liberal”,
Estaba dirigido por Práxedes Mateo
Sagasta y formado por progresistas radicales y constitucionalistas del
Sexenio; centró su interés en los aspectos sociales, aprobando leyes como la
Del derecho de asociación y el sufragio universal masculino. La dinámica del
Sistema de la Restauración consistía en cambiar de Gobierno cuando se producía
Una crisis interna en éste. El Rey disolvía las Cortes y el Gobierno entrante
Convocaba elecciones, que siempre ganaba debido al fraude electoral y al caciquismo.
El caciquismo constituyó el
Instrumento esencial de las manipulaciones electorales. El cacique controlaba
Su distrito y se encargaba de preparar las listas de los candidatos gubernamentales,
Que ganaban las elecciones. Se apoyaba en su poder económico (generalmente era el propietario de las tierras
Donde trabajaban los jornaleros) para condicionar el voto popular y si no lo
Conseguía, recurría al fraude electoral, es decir, al control de las urnas, la
Intervención de las autoridades locales, actas en blanco, “pucherazos”… Esta
Era la forma de alternarse pacíficamente.
El tercer principio de
La Restauración será la elaboración de la Constitución
De 1876, que sería lo suficientemente flexible para que permitiera gobernar
Cómodamente a los dos partidos dinásticos. El caciquismo impidió consolidar el
Modelo liberal de la Constitución de 1876.
2. La Constitución de 1876
Para dar mayor Legitimidad a la nueva Constitución se convocaron Elecciones Generales Constituyentes en 1876 respetando el sufragio universal masculino que estaba Vigente, pero se manipularon para asegurar que la mayoría de diputados fuesen Canovistas, inaugurando la práctica electoral habitual de la Restauración. En Junio se aprobaba la Constitución que será, hasta el momento, la más duradera de la historia de España, pues Estará vigente hasta la dictadura de Miguel Primo de Rivera, en 1923. Fue Elaborada por Cánovas del Castillo. Era más avanzada que la de 1845, pero más conservadora Que la de 1869. Se caracterizó por su flexibilidad Y breve contenido, 13 títulos y 89 Artículos. Algunas cuestiones, al ser discutibles, como el modelo de sufragio, Quedaron supeditadas a un desarrollo legislativo posterior.
Sus rasgos fueron:
·Establecía La soberanía compartida entre las Cortes y el Rey.
·
El Rey, cuyos
Derechos eran indiscutibles, estaba por encima
Del gobierno y de las Cortes, poseía atribuciones muy amplias: nombraba al
Presidente y a los miembros del Consejo de Ministros, ejercía como jefe supremo del Ejército para acabar
Con el golpismo; y poseía potestad
Legislativa, derecho de veto y facultad de disolver Cortes.
Cortes bicamerales
.
El Congreso de los Diputados era
Elegido por votación popular (primero por sufragio censitario y después por el
Universal masculino); el Senado
Estaba compuesto por senadores de derecho propio (Grandes de España y altos
Cargos del Ejercito, la Administración y la Iglesia), senadores vitalicios
Nombrados por la Corona y senadores elegidos por corporaciones del Estado y por
Los mayores contribuyentes. Compartían con el Rey la iniciativa legislativa.
·
Derechos fundamentales
Eran similares a los de la Constitución de 1869 (derecho de reuníón, asociación
E imprenta), sin embargo, la mayoría se regularon por leyes posteriores.
·La religión católica era la oficial del Estado, aunque se toleraban otras, siempre que no se produjeran manifestaciones Públicas.
·Otras Cuestiones, como la administración de justicia o la articulación de la vida Municipal, se remitían a un desarrollo legislativo posterior.
El reinado de Alfonso XII
(1874-1885) supondrá un período de estabilidad
Política, regido por los valores conservadores de orden, propiedad y
Monarquía. La mayor parte de este reinado estará en manos de los conservadores,
Y se caracterizará por la no
Intervención del Rey en la actividad política, aunque en algunos momentos
Se le requiera, como hicieron los nacionalistas catalanes al entregarle el Memorial
De Agravios
. Alfonso XII será
jefe supremo de las Fuerzas Armadas
Y nombrará a los jefes militares. Su popularidad se acrecentará tras su boda
Con su prima María de las Mercedes y su temprana viudedad. Su segunda esposa,
María Cristina de Habsburgo-Lorena, se convertirá en Reina regente tras la
Prematura muerte de su marido, hasta la mayoría de edad de su hijo Alfonso
XIII.