Sociedad Internacional, Relaciones Internacionales y Derecho Internacional Público. El proceso de formación histórica de la sociedad internacional de Estados soberanos y del Derecho Internacional Clásico
La sociedad internacional es un conjunto de sujetos o actores que actúan en el espacio extraestatal. Varios Estados se unen para alcanzar un objetivo común, reflejándose en la creación de organizaciones internacionales, situación conocida como sociedad internacional. Actualmente nos encontramos en una comunidad internacional (desde 1945). Para que haya comunidad internacional debe haber comunicación entre los distintos pueblos que componen el mundo, intereses comunes y solidaridad.
Entre los sujetos y actores que conforman la sociedad internacional, como sujeto primario tenemos los Estados. En segundo lugar, tenemos las organizaciones internacionales, creadas por los Estados a través de tratados internacionales y que tienen capacidad restringida y funcional. Junto a estos Estados y organizaciones internacionales tenemos los pueblos, fundamentalmente los pueblos coloniales a los que se les reconoce el derecho de autodeterminación. Este derecho no significa que este pueblo pueda independizarse, sino que este derecho conlleva que ese pueblo decida qué es lo que quiere hacer. Junto a estos sujetos tenemos los movimientos de liberación nacional, que son movimientos armados y que buscan la independencia. Luego tenemos los individuos o las personas físicas o jurídicas.
En esa comunidad internacional tendríamos distintas relaciones. Si hablamos de la interacción entre estos sujetos de carácter político, estaríamos hablando de las relaciones internacionales. Por tanto, tenemos que identificar cuáles son esos sujetos y cuáles son las normas jurídicas que regulan las relaciones.
Características del Derecho Internacional con relación al Derecho Nacional
- En España, las normas se adoptan en el Congreso (poder legislativo); en el Derecho Internacional no existe un órgano responsable de adoptar las normas internacionales.
- Las normas de Derecho Internacional las adoptan los Estados; además, estos Estados son los sujetos destinatarios de las normas.
- Nos encontramos también con un Derecho Internacional que es incompleto.
- En el ámbito nacional, si incumplimos una ley nos impondrán una sanción y un órgano (tribunal de justicia) nos obliga a cumplir la sanción. En el Derecho Internacional no existe un órgano que obligue a los Estados a cumplir con el Derecho Internacional; esto es así porque actualmente los Estados son iguales y son soberanos.
Evolución Histórica de la Comunidad Internacional
Partimos de la Edad Media, donde el poder de los Estados estaba sujeto al poder divino. Seguimos con la Paz de Westfalia en 1648, firmada, entre otros, por los Países Bajos. Con la Paz de Westfalia comienza a desquebrajarse la situación anterior y comienza a crearse un nuevo estilo de Estado: el Estado-nación. De manera que estamos asentando las bases del concepto de Estado actual. La Paz de Westfalia va a representar la hegemonía de Francia en la sociedad internacional y, posteriormente, en 1713 con el Tratado de Utrecht, va a ser Reino Unido quien se hace con la hegemonía del continente europeo.
A continuación, tenemos el Congreso de Viena (1815-1820) que pone fin a las guerras napoleónicas y donde las grandes potencias se reparten Europa. Ya podemos hablar claramente de Estados soberanos, iguales, independientes, no sujetos a ningún poder superior y religioso.
Las propias relaciones entre esos Estados-nación: en 1913, Listz hace una clasificación de los tipos de Estado y habla de unos Estados civilizados que serían los Estados europeos más los Estados americanos. Una segunda categoría serían los países bárbaros, entre ellos, Nepal y Siam. Las relaciones con los países bárbaros estarían fundadas en razones étnicas y morales. Un tercer grupo serían los Estados salvajes (África, Asia y Oceanía) donde las relaciones se basan en criterios humanitarios.
Características del Derecho Internacional Clásico
- Sería un derecho descentralizado.
- Sería un derecho oligocrático (se adopta en su mayor parte en Europa como centro del mundo).
- Sería también un Derecho Internacional incompleto.
- Es un derecho de coexistencia.
- Finalmente, es un derecho liberal y no intervencionista.
Con todo, llegamos a la Primera Guerra Mundial y a la Paz de Versalles que pone fin a la Primera Guerra Mundial, en la que Alemania tuvo que entregar varios territorios a Francia además de pagar una compensación económica. La Paz de Versalles va a dar origen a dos organizaciones internacionales de relieve: la Sociedad de Naciones y la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Nos centramos en la Sociedad de Naciones, ya que va a ser la primera organización universal. Esta sociedad va a disponer de una serie de organismos o de estructuras:
- Una Asamblea
- Un Consejo
- Un Secretariado
- Un Tribunal Permanente de Justicia Internacional
En 1933, en Alemania, el partido Nacional-Socialista se hace con el poder por medios democráticos (gana las elecciones). Dentro del programa de Hitler se intentó poner fin a las obligaciones derivadas de Versalles. La respuesta del Derecho Internacional, y uno de los motivos que llevan a la Segunda Guerra Mundial, es que el mecanismo de la Sociedad de Naciones carecía de métodos obligatorios de solución de conflictos, por tanto, no tenía respuesta a lo que se le venía encima, es decir, la Segunda Guerra Mundial. Fue entonces donde la Sociedad de Naciones falló.
Acabada la Segunda Guerra Mundial, tomando como base la Sociedad de Naciones se crea Naciones Unidas (ONU), adaptándose los órganos de la Sociedad de Naciones a la ONU, formando el Tribunal Internacional de Justicia. Se crea entonces un nuevo Derecho Internacional basado en organizaciones internacionales y en lo establecido en la Carta de San Francisco.
El modelo de legitimidad de las Naciones Unidas y el Derecho Internacional Contemporáneo: sus caracteres y funciones en la comunidad internacional del siglo XXI
El Derecho Internacional Clásico entró en crisis tras la II Guerra Mundial a causa de diversos factores, dando lugar a un nuevo modelo histórico que ha venido a denominarse Derecho Internacional Contemporáneo.
Estructura de la Sociedad Internacional Contemporánea
La sociedad internacional contemporánea es:
- Universal
- Compleja
- Heterogénea
- Fragmentada y poco integrada pero interdependiente, en la que cada vez hay más intereses colectivos.
Ningún país es autosuficiente; todos ellos se encuentran en situación de dependencia, incluso las grandes potencias. Las barreras que han desaparecido con el proceso de mundialización no solo han permitido una circulación más libre de los factores de producción, sino también de los criminales, de los grupos terroristas o de la contaminación.
La sociedad internacional contemporánea sigue siendo descentralizada e interestatal, solo está parcialmente organizada, y se distingue por dos grandes escisiones:
- La escisión económica entre Centro y Periferia o Norte y Sur.
- La escisión política entre una superpotencia, un conjunto de potencias medias y el resto de Estados.
Derecho Internacional General
Por Derecho Internacional General entendemos al sistema de normas y principios que forman el ordenamiento jurídico de la sociedad internacional contemporánea. La definición propuesta requiere algunas precisiones:
- a) Con el término sistema de principios y normas nos referimos a dos aspectos esenciales: en primer lugar, entendemos que el ordenamiento jurídico no es una serie de normas aisladas, sino un verdadero conjunto, que por sus conexiones forma un sistema; en segundo lugar, con el término “sistema” pretendemos no limitarnos a decir que es un conjunto de principios y normas; si así lo hiciéramos, estaríamos situando en primer plano el aspecto estático (el conjunto de normas), que tiene poco interés si lo separamos de la producción y cambio de las normas y de su aplicación.
- b) El referido ordenamiento tiene carácter jurídico.
- c) Por último, al ser el Derecho un producto en transformación, debemos considerar como Derecho Internacional las normas de conducta que en un determinado momento rigen para los Estados y demás sujetos internacionales sometidos a él.
Los Principios Básicos del Derecho Internacional Contemporáneo
Hemos caracterizado a la sociedad internacional contemporánea, entre otros rasgos, por su naturaleza cambiante, compleja, heterogénea y poco integrada y, está sometida a un ordenamiento jurídico. Afirmar la existencia de un orden jurídico exige la existencia de un marco general que garantice la jerarquía, estabilidad y seguridad suficientes.
El origen de este marco general de referencia son los principios formulados en el Art. 2 de la Carta de la ONU, que establecen las obligaciones principales a que se somete la conducta de los órganos y los miembros de las Naciones Unidas. Son reglas de organización muy generales que pretenden propiciar la paz y la seguridad internacionales.
La Guerra Fría impidió el desarrollo de estos principios, hasta que se aprueba solamente por consenso la Resolución 2625 (XXV) de la Asamblea General. La Res. 2625 declara y desarrolla progresivamente normas de Derecho Internacional ya existentes como los cinco principios incluidos 25 años antes en la Carta:
- El principio de igualdad soberana de los Estados.
- El principio de buena fe.
- El principio de arreglo pacífico de las controversias.
- El principio de la prohibición de la amenaza o del uso de la fuerza.
- El principio de la igualdad de derechos y de la libre determinación de los pueblos.
A estos cinco principios hay que sumar:
- El principio de no intervención.
- El principio de la cooperación pacífica entre los Estados.
La relación de estos principios está siempre abierta y puede ampliarse mediante el consensus necesario para ello. Así, en los años transcurridos desde la aprobación de la Res. 2625 (XXV) han continuado produciéndose acontecimientos significativos para el desarrollo de los diversos principios, en especial en la jurisprudencia del Tribunal Internacional de Justicia, en la práctica de la Asamblea General y a través de las diversas conferencias y cumbres mundiales celebradas en los últimos 15 años. En este marco, puede mantenerse el principio del respeto de los derechos humanos, así como la afirmación cada vez mayor del principio de la democracia.
Funciones del Derecho Internacional Público
- Una función de mantenimiento del modelo de relaciones original y específico del grupo social internacional, cuyo principal objetivo es la preservación de la paz y seguridad internacional.
- Otra función de adaptación a las demandas que emanan del medio internacional capaz de alcanzar objetivos de interés común para dicho grupo social, cuyo principal objetivo es la cooperación generalizada.
- Y una tercera y última función de integración que potencie el consenso en torno a ciertos intereses colectivos esenciales del grupo social internacional, cuyo principal objetivo es la pretensión de crear y proteger un cierto derecho imperativo (ius cogens).
Las transformaciones de la sociedad internacional: de 1945 a la postguerra fría, la globalización y el problemático orden internacional actual
La Guerra Fría es lo que determina el comportamiento de todos los países del mundo durante ese tiempo. La Guerra Fría es el régimen bipolar del mundo, EE. UU. por un lado y la URSS por otro. Todos los demás países solo tenían una opción: estar con EE. UU. o con la URSS.
La Guerra Fría tiene unos antecedentes a tener en cuenta. Cuando se produce la Revolución de Octubre en Rusia (principios del siglo XX), los EE. UU. apoyan a los rusos blancos (anti-bolcheviques). Durante la II Guerra Mundial, después de Hitler invadir Rusia, Stalin pide que abran un segundo frente en Europa para aliviar la presión sobre la URSS. Los Aliados tardan 3 años en abrir el segundo frente.
El final de la Guerra Fría se produce cuando desaparece la URSS en los años 90.
Interpretaciones Teóricas sobre el Origen de la Guerra Fría
- Ortodoxa: Desde el punto de vista norteamericano es que Stalin no es de fiar. A los 15 días de Yalta, ya incumple el tratado. La doctrina ortodoxa desde el punto de vista de la Unión Soviética es que EE. UU. exageraba la amenaza que suponía la Unión Soviética después de la II Guerra Mundial ya que su situación era lamentable.
- Revisionista: Al final la Guerra Fría surge por intereses económicos. No podían convivir.
- Post-revisionista: Niega el origen económico de la Guerra Fría y afirma que lo que en realidad había eran intereses de seguridad nacional.
Elementos Clave de la Guerra Fría
Existen algunos elementos que se repiten a lo largo de la Guerra Fría como elementos fundamentales para entender por qué se produjo:
- Alemania: Alemania es un territorio que hace de tapón entre la URSS y el resto de Europa. Hay gente en los países a un lado del telón de acero y gente al otro lado. Esto va a suponer que Alemania sea clave en el desarrollo de la Guerra Fría.
- Economía: Fue elemento clave para determinar la separación entre los dos bloques.
- Armas Nucleares: Las armas nucleares determinaron el comportamiento político y estratégico de todos los países del mundo.
Estrategias y Acuerdos sobre Armas Nucleares
- El general Eisenhower, presidente de EE. UU., planeó la primera gran estrategia: represalia masiva. Esto significa que ante cualquier amenaza o ataque real la respuesta es arma nuclear.
- Cuando la URSS se acercaba al armamento nuclear de EE. UU., Kennedy se dio cuenta que era una locura mantener la doctrina de la represalia masiva. Y se inventa la respuesta flexible que determina que de acuerdo a cómo sea el ataque se decidirá cómo se responda, pero lo normal es que si se ataca con armas convencionales se defienda con armas convencionales salvo que uno de los países esté desbordado y como último recurso se utilicen las armas nucleares.
- Kennedy se da cuenta de que un elemento fundamental en el poderío de un país son las pruebas de armas nucleares. Ningún país puede usar armamento nuclear si no ha sido probado antes. Kennedy planteó un acuerdo total de pruebas nucleares pero no lo consiguió y al final se quedó en un acuerdo limitado. Este acuerdo suponía que se prohibían las pruebas bajo el mar, en la superficie y en el espacio; solo se permitían las pruebas nucleares bajo tierra, que son las que a partir de que se firma ese acuerdo se siguen produciendo hasta la última prueba nuclear producida hace unos años.
- Las armas de contrafuerza son unas armas nucleares que se diseñan para atacar los misiles nucleares enemigos antes de que salgan del silo.
- Richard Nixon se da cuenta que una escalada en el armamento nuclear indefinida y sin límites es una locura económica imposible de financiar. Por lo cual se inventa la denominada suficiencia nuclear, es decir, con un número determinado de armas nucleares son suficientes para convencer al contrincante de que se tienen armas de sobra para hacer mucho daño aunque solo sea en un segundo ataque después del primero.
- Llegamos al año 1972 en el que se produce el primer acuerdo entre las dos potencias para limitar las armas estratégicas, el SALT I (Tratado de Limitación de Armas Estratégicas). Sin embargo, lo primero que acuerdan las grandes potencias es limitar las armas de defensa (sistemas ABM). Esto es porque si se limitan las defensas, el contrincante no está tan tentado a atacar primero por miedo a no poder defenderse de la represalia. El SALT I establece un límite de armas nucleares ofensivas, pero un límite tan alto que ninguna superpotencia lo había alcanzado todavía; era un límite a futuro.
- Dos años después, los soviéticos querían avanzar con el SALT II. Inmediatamente después se produce el Acta Final de Helsinki (1975). Este acta es el primer documento en el que la URSS se compromete a respetar los derechos humanos. Hasta este Acta de Helsinki, ningún país podía reprochar a la URSS que no respetara los derechos humanos. Después de firmar el acta cualquiera podría recriminar el incumplimiento del respeto a los derechos humanos.
- En 1979 se firma el SALT II, es un acuerdo de reducción de armamento nuclear. Pero el SALT II jamás entró en vigor legalmente porque ni la Cámara de Representantes ni el Senado de EE. UU. lo aprobaron nunca. El SALT II no se ratifica pero sí entra en vigor de facto porque el presidente Carter se compromete, aunque su parlamento no lo autoriza, a cumplirlo políticamente. También el dirigente soviético se compromete. Cuando llega Ronald Reagan a la presidencia en 1981 (aunque la decisión de no cumplirlo se materializa más tarde), decide no cumplirla.
- Después de este avance, se produce un paso atrás: la URSS, un año después (finales de los 70), despliega en Europa los misiles SS-20, misiles nucleares de alcance intermedio que al único sitio al que podían apuntar era a Europa. Los países europeos no disponen de ningún arma nuclear similar, entonces piden ayuda a EE. UU. para que instale en Europa armas similares. La OTAN adopta lo que se denomina la Doble Decisión (1979): piden la instalación de misiles (Pershing II y Crucero) y a la vez piden a la URSS que se eliminen los misiles SS-20.
- A continuación, llega Ronald Reagan a la presidencia de los EE. UU. Aquí se incrementa la velocidad de las primeras investigaciones sobre la Iniciativa de Defensa Estratégica (IDE), conocida como»Guerra de las Galaxia».
- En este lapso de absoluto enfrentamiento, surge de nuevo un paso adelante: aparece Gorbachov. Cuando llega al frente de la presidencia de la Unión Soviética (1985) lo primero que pide son las cuentas y se da cuenta que ha heredado un país en quiebra. Lo primero que hace es reducir sus compromisos internacionales. Plantea una reducción y eliminación de armamento, empezando por el armamento nuclear; plantea una reducción de las fuerzas armadas. La primera vez que se reúne con Ronald Reagan le dice que aspira a que no exista una sola arma nuclear en el mundo, plantea la eliminación total de las armas nucleares, cosa que no consiguió.
- En el año 1987, firma con Reagan el Tratado INF (Tratado sobre Fuerzas Nucleares de Alcance Intermedio) que suponía la eliminación de una familia entera de armas nucleares, las de alcance intermedio (entre 500 y 5.500 km). Rusia elimina los SS-20; la OTAN, EE. UU. y Europa eliminan los misiles Pershing II y Crucero que habían compensado la superioridad estratégica en Europa de los SS-20. Era la primera vez que se eliminaba una familia entera de armas nucleares.
- Pero a la vez Gorbachov seguía con su cambio político (Perestroika y Glasnost). Empieza a plantear a sus países satélites que deben seguir la misma vía. Entonces se impone la Doctrina Sinatra «a mi maner»), permitiendo a los países de Europa del Este decidir su propio camino. Polonia fue la primera que convocó elecciones y detrás vinieron todas las demás (1989).
- El futuro no tenía sentido con dos Alemanias. Gorbachov no contemplaba la posibilidad de una Alemania reconstruida como una potencia mundial. Gorbachov estaba convencido de que eso no le convenía así que puso todas las condiciones que pudo para que eso no fuera posible. Pero no contaba con que se las concedieran todas:
- No fuerzas de la OTAN en el antiguo territorio de la República Democrática Alemana (RDA).
- Que las fuerzas de la URSS puedan aplazar durante unos años su retirada de la RDA.
- Que no haya más cambios de frontera en Alemania.
- Ayuda económica de Alemania a la URSS.
- La OTAN tiene que amoldar su estrategia a la nueva situación.
- Que se refuerce la Conferencia de Seguridad y Cooperación para Europa (CSCE) para darle mayor contenido.
- Que se continúen las negociaciones para el Tratado de Limitación de Armas Convencionales en Europa (FACE).
- Que después de la firma del tratado FACE se siga negociando el tema de las armas nucleares tácticas.
- Entonces Alemania se unifica (3 de octubre de 1990).
- Después de eso, el 12 de septiembre de 1990 las cuatro potencias vencedoras de la II Guerra Mundial (EE. UU., URSS, Reino Unido, Francia) y las dos Alemanias firman el Tratado sobre la Resolución Final con respecto a Alemania (Tratado 2+4).
- Pero unas semanas después (1 de octubre de 1990), las cuatro potencias vencedoras de la II Guerra Mundial que habían firmado el tratado, firman su renuncia a sus derechos y responsabilidades sobre el territorio alemán y Berlín. Esto significa que hasta el año 1990 Alemania no había sido un país plenamente soberano e independiente.