Derecho Político – Teoría del Estado
Población: Demografía y Demología
Se llama población a la totalidad de individuos que habitan el territorio de un estado. La población presenta dos aspectos: uno, demográfico o cuantitativo, referido a su número y densidad; otro, demológico o cualitativo, vinculado a la raza, herencia y selección. En cuanto elemento del estado, como pueblo o comunidad nacional, esos aspectos gravitan en la estructura política.
Aspecto Cuantitativo y Cualitativo
Aspecto cuantitativo:
Volumen de la población:
Cuestión de número óptimo: es imposible determinarlo, careciendo de interés toda investigación al respecto.
Cuestión vinculada a la relación entre el número de habitantes y las leyes, la libertad política y los factores geofísicos.
Densidad de la población:
La cuestión se vincula a la relación entre las áreas de dispersión y concentración de la población y las formas de vida y su influencia en la formación de la opinión publica, los grupos de interés, los partidos de masas.
Aspecto cualitativo:
- El problema se centra en la raza como factor que podría influir:
- En la heterogeneidad o homogeneidad de la población.
- En sus caracteres morales e intelectuales.
- En las costumbres sociales y políticas.
- La raza ha sido definida como la frecuencia de ciertos rasgos, físicos y hereditarios que distinguen, entre sí, a los grupos humanos.
- Han sido clasificadas en: Mongólica, Negra y australiana. Caucásica, negra, mongólica y australiana. Caucásica (nórdico alpino y mediterráneo).
- No hay dudas sobre las diferencias físicas que presentan las diferentes poblaciones, pero esas diferencias no permiten sustentar criterios de superioridad o inferioridad de una raza sobre otra.
- La raza, como estudio científico, no tiene conexión con el racismo, forma mítica al servicio de ideologías de exterminios.
- Entre las teorías utilizadas por el racismo se destacan la teoría racial de Arthur de Gobineau; y la de su yerno, que proclamaran la superioridad étnica de la raza aria.
Situación Jurídica del Ciudadano
La población, es decir, la totalidad de los individuos que forman el pueblo en el estado, son sujetos activos y pasivos de derechos y obligaciones. Estos son los derechos civiles e individuales (derechos públicos subjetivos) y los derechos sociales.
La población, en cuanto nación o pueblo del estado es titular del poder constituyente, y sus miembros tienen derechos políticos.
Territorio: Concepto
Es el espacio en el que se realiza la actividad estatal. Comprende el suelo, el subsuelo y el espacio aéreo. Fronteras son las líneas naturales o ideales de separación que delimitan la esfera de actividad jurídico-política del estado.
Geografía Política y Geopolítica
Geopolítica:
Considera al estado un organismo geográfico determinado por factores geofísicos. Su campo es la política, no la geografía y pretende convertirse en arte de guiar la política práctica. Carece de mayor valor científico y ha servido de instrumento a ideologías de dominación mundial.
Poder: Concepto
El poder satisface la necesidad de dirección propia de todo agrupamiento humano. No hay vida social sin orden, ni orden sin dirección. El poder es un fenómeno social producto de la interacción humana. Es el despliegue de una fuerza o energía o potencia proveniente de la relación de subordinación en que se colocan recíprocamente los seres humanos. En su específica realidad, el poder es el resultado del mando y la obediencia. En la sociedad hay infinidad de poderes, que difieren cuantitativamente y cualitativamente.
Teorías sobre la Justificación del Poder
La justificación del poder por su función:
- Esa función consiste en la satisfacción de los requerimientos y demandas sociales. La autoridad de un estado depende de que pueda asegurar un orden social deseable.
- El poder solo puede justificarse en términos de lo que trate de hacer: se justifica por cuanto asegura, con el menor sacrifico posible, la máxima satisfacción de las necesidades humanas.
La justificación del poder por el derecho:
- Todo poder vive de su justificación. Esa justificación no puede guindarse en su función de organizar la cooperación territorial.
- Toda explicación se refiere al pasado, toda justificación al futuro.
- El estado se justifica como organización necesaria para asegurar el derecho en una determinada etapa de su evolución y el poder se justifica como instancia de decisión para realizar la certeza de sentido del derecho.
- Ese derecho no es el positivo, sino el suprapositivo: el derecho justo.
La justificación del poder por la obediencia:
- La obediencia, que es la esencia del poder puede ser: a) racional o voluntaria; b) irracional o refleja. Se obedece voluntaria o conscientemente; se obedece por indolencia, por temor, por hábito.
- La inercia, el hábito a obedecer, el hecho de ser más fácil obedecer que mandar, la creencia irracional en la santidad del orden existente, sostienen al poder, con el peso de la habitualidad psicológica.
La doctrina religiosa, sus variantes:
- Se basa en el supuesto de que todo poder proviene de Dios.
- Se basa en pasajes evangélicos.
- En su origen, sirvo para justificar la subordinación del imperio al papado y se ha mantenido como fuente de la pretensión del poder espiritual de tener supremacía sobre el poder temporal.
- Sus variantes son tres:
- la doctrina religiosa sobrenatural: dios confiere directamente el poder a quien lo ejerce.
- La doctrina de derecho divino providencial: dios no da el poder a los gobernantes sino a los pueblos, quienes delegan ese poder en el gobernante. La causa mediata del poder es dios; la causa inmediata, la naturaleza humana.
- La doctrina del derecho divino de los reyes: es una variante de la doctrina sobrenatural al servicio de los reyes absolutos y sus dinastías. Dios mismo confiere poder la monarca o a su familia, quienes gobiernan por derecho.
La doctrina de la fuerza:
- Concibe al poder como una relación de dominio de los fuertes sobre los débiles.
- El fundamento del estado radica en la natural desigualdad entre los hombres.
- El poder no puede justificarse ni legitimarse. “Jamás podrá demostrarse como un hombre puede tener legítimamente el poder de imponer su voluntad a otro hombre”.
- Para el marxismo, el estado expresa las relaciones de fuerza de las clases sociales.
Las doctrinas jurídicas:
Consideran al estado como producto del derecho.
Teoría patriarcal:
- Pretende que el estado deriva de la familia, no siendo otra cosa que una gran familia. Los gobernantes, como padres de esa familia, tienen el derecho a la obediencia y el deber de proteger y la felicidad de sus súbditos.
Teoría patrimonial:
- Justifica el poder como poder de propiedad. Sostiene que el orden de la propiedad es anterior al orden del estado y su función consiste en la protección de la propiedad.
- Afirma que la propiedad no ha nacido del estado, sino que el estado ha nacido de la propiedad.
- Es una variante de la teoría de la fuerza.
Teoría del contrato social:
Justifica al poder y al estado como producto de la libre voluntad contractual de sus miembros, teniendo en el consentimiento el fundamento racional de la existencia del poder.
Hobbes:
- no distingue entre sociedad y gobierno;
- el estado de naturaleza es de guerra de todos contra todos, sin leyes, ni sociedad ni gobierno.
- El contrato lo realiza cada uno con todos y transfieren todos sus derechos al soberano, que puede ser un hombre o una asamblea.
- El soberano no es parte del contrato.
- Es el teórico del absolutismo monárquico.
En el Leviatán distingue:
- Un estado natural: fundado en la fuerza, en la lucha de todos contra todos.
- Un estado racional: por egotismo, por temor y con el fin de obtener seguridad, todos conciertan un contrato de unión, sometiéndose todos a una voluntad.
Locke:
- Los hombres, en el estado de naturaleza, tiene el goce de sus derechos naturales: a la vida, a la libertad, a la propiedad privada y a la seguridad.
- Con el fin de obtener seguridad abandonan el estado de naturaleza y fundada la sociedad civil o política, delegándole únicamente el derecho a la seguridad y con la única función de proteger la vida, la libertad y la propiedad privada.
Características:
- Distingue entre sociedad, ya que existe en el estado natural, y gobierno.
- El contrato no es obra de la enajenación de todos los derechos, sino la delegación del derecho de seguridad.
- Tiene por finalidad proteger los derechos naturales.
- Es el fundamento del estado liberal cuya finalidad suprema es la garantía de la vida, la libertad y la propiedad privada.
Rousseau:
- Convierte al estado social en la base histórica del estado democrático.
- De naturaleza de los hombres son felices, libres, iguales, sin egoísmos ni luchas. Con la civilización se hace necesaria la sociedad civil o política.
- Por un acto de voluntad, toda vez que la libertad es irrenunciable, los hombres se coloca bajo la dirección de una voluntad general formada por la comunidad.
- El individuo entrega a la sociedad todos sus derechos, pero los recupera, ampliados, como participe de la voluntad general. Esta así sometido solo a si mismo, con lo que conserva su voluntad.
- El objeto de la voluntad general es la ley; el objeto del gobierno es la ejecución de las leyes.
Doctrina psicológico-moral:
- En general, consideran que son determinantes psicológicos y morales, los que hacen que el hombre viva en sociedad. Justifican en base a la realización moral del individuo y a la satisfacción de tendencias innatas, la existencia del poder y del estado.
- Las doctrinas morales conciben al estado como una necesidad moral.
- La doctrina psicológica justifica al poder y al estado por las tendencias e instintos del ser humano.
Doctrinas negativas:
El marxismo:
- Sostiene que el estado, como organización de poder, se extinguirá.
- El estado no representa a la sociedad, sino a la clase dominante, la posesión de los medios de producción y sirve de instrumento al mantenimiento de la explotación de una clase por otra.
- Cuando se convierta en representante de la sociedad, será por si mismo superfluo. Desaparecidas las clases, cuando se tome posesión de los medios de producción en nombre de la sociedad, ya no habrá nada que reprimir. El gobierno sobre las personas será substituido por la administración de las cosas y por la dirección de los procesos de producción. El estado no será abolido; se extinguirá.
El anarquismo:
Niega al poder y no al estado.
Distintas corrientes:
- Individualista;
- Socialista o colectivista;
- Violento;
- Pacífico.
Soberanía: Concepto
- La soberanía es un elemento modal de la estructura dinámica de la forma política moderna.
Cualifica el poder y determina sus relaciones de la estructura. Es un elemento o atributo del estado y una cualidad del poder.
Convierte a un determinado poder político en supremo, adicionando a su capacidad de dirección la de obrar como instancia final de decisión, acción y sanción. El poder determinado como soberano, dentro del ámbito se su actividad, no se encuentra subordinado a ningún otro; tiene superioridad, siendo, en su especie, el poder más alto. La soberanía se encuentra relacionada con el imperio de la ley, segundo elemento modal de la estructura del estado. Hay una relación funcional entre ambos. La una hace posible la existencia de la otra. El orden jurídico impera en función de la soberanía. Como elemento modal o atributo del estado, afirma su individualidad, autodeterminación e independencia respecto de los otros estados particulares.Se comprende como soberanía exterior y no tiene sentido de superioridad sino de igualdad.
Como cualidad del poder, se refiere al poder en el estado, es comprendida como soberanía interior y determina aquel poder en el estado que no reconoce a ningún otro por encima de él. Ese poder es el poder constituyente y reside en la nación o pueblo, quien confiere poder de autoridad o dominación a sus representantes, con el fin del ejercicio concreto del poder constituido.Derecho: Concepto
- El derecho es: a) un sistema de reglas sociales que ordenan la conducta humana; b) un producto social que representa y realiza un orden deseable.
- En su relación general con el estado, el derecho es uno de los elementos esenciales, a tal punto, que no hay estadio sin derecho.
- En su relación con los elementos de la estructura cumple distintas funciones. Respecto del poder, lo convierte en poder jurídico, requiriendo de él la sanción (aplicación) para no quedar en un puro deber ético.
- El poder no crea el derecho, pero lo establece y lo aplica; el poder no es el derecho, pero asegura mediante la sanción su obligatoriedad.
- En suma: el derecho es un elemento esencial del estado como forma política moderna. Con relación a su función en la estructura de la organización, transforma en jurídicas todas las relaciones y a la fuerza del poder en fuerza jurídica. El derecho se encuentra calificado por un elemento modal: el imperio de la ley. En su virtud, la dominación que ejerce el poder en el estado es dominación legal.
Relación entre Poder y Derecho
- Entre poder y derecho hay, en primer término, una relación de correspondencia cíclica que se traduce en sucesión de momentos en que recíprocamente se dominan. Estos momentos son: 1) tensión; 2) revolución; 3) cristalización; 4) saturación, y 5) nuevamente tensión. Ellos expresan las distintas posiciones en las que se sitúan el derecho y el poder político.
- Esta relación de correspondencia, o dialéctica, significa que la energía política de una comunidad no queda encapsulada dentro del derecho, sino que modifica el derecho cuando este se ha vuelto injusto o no satisface ni representa el nuevo orden social.
- La otra relación existente entre poder y derecho se origina en la circunstancia de que el derecho confiere poder. Los gobernantes ejercen autoridad en la medida que las leyes se lo confieren. “Todo poder político es poder jurídicamente organizado”.
- En suma: la relación entre poder y derecho no es de identidad ni de oposición, sino de reciproca correlación. El poder formula y sanciona el derecho; el derecho lo justifica y lo legitima, incluso confiere poder. En correspondencia con el proceso dinámico de la vida social, el derecho, como representación de un orden y el poder como ejecutor de su efectividad, integran un ciclo que expresa y resume los cambios y trasformaciones que se producen en la realidad social y política.
Dinámica del Estado
Formas de Estado: Diferenciación
Forma de estado:
- Es la relación estructural de los elementos de la organización política.
- Según que esa relación sea simple o compleja, con uno o más centros o núcleos del poder, el estado será unitario o federal.
Forma de gobierno:
- Es la estructura del poder en el estado, la organización del poder de autoridad.
- Como articulación funcional del poder dependerá: a) de las condiciones generales del estado. b) de las circunstancias del medio.
- En toda forma de gobierno hay: a) un aspecto estructural (número de magistraturas). B) un aspecto funcional (la tarea que realizan).
- La forma de gobierno se resuelve en una función de técnica: saber quién o quiénes, y para qué función desempeñaran el gobierno.
Descentralización y Federalismo
Estado descentralizado: es aquel que su territorio aparece dividido por el cumplimiento de las funciones que le son propias en circunscripciones con autonomía administrativa. La descentralización política se caracteriza por una cierta autonomía a las provincias, comunas o municipios. La descentralización administrativa es el aspecto funcional de las reparticiones estatales (el exceso de descentralización nos lleva a la disgregación). Las federaciones: son descentralizaciones sobre la base territorial. Se rige por el derecho público interno, su norma vinculatoria es la Constitución Nacional, son estados miembros donde uno es soberano, carecen de secesión y de nulificación, y pueden crear un solo estado. Hay convergencia cuando el Estado Federal ejerce sus derechos expresos e implícitos. Hay dependencia cuando la subordinación de los poderes locales vulneran el principio de subsidiariedad.
Distintas Formas de Descentralización: Política, Administrativa y Burocrática
- La centralización y descentralización política se refiere la forma de Estado; la administrativa a la actividad de los órganos que desempeñan la función ejecutiva; y la burocrática a una de las ramas de la actividad ejecutiva.
- En el orden político, el estado puede ser unitario o federal, según que los elementos de su estructura se encuentran articulados con referencia a uno o varios centros de poder. Es decir, que exista un gobierno central único para toda la nación; o un gobierno central y gobiernos locales, coordinación con esferas de competencia delimitados. Sería una descentralización por autarquías.
- En el orden administrativo habrá centralización cuando la actividad de los órganos que desempañan la función ejecutiva responden a un centro de coordinación según principios de unificación. Descentralización cuando existe diversificación de la coordinación administrativa. En el primer caso el gobierno central asume la dirección de los servicios públicos, en el segundo deja la dirección a autoridades locales o regionales, conservando un poder de contralor. Es una descentralización por jerarquía entro del orden administrativo.
- En el orden burocrático, habrá centralización o descentralización según que se efectúe o no a los funcionarios o empleados subordinados a resolver ciertas cuestiones o adoptar determinadas resoluciones dentro de los límites de una competencia reglamentada. Es una descentralización por jerarquía dentro del orden administrativo.
Federación y Confederación
Gobierno federal o federalismo, forma de gobierno por el que el poder político está dividido entre una autoridad central o nacional y unidades locales autónomas más pequeñas tales como provincias o estados, por lo general bajo los términos de una constitución. Un gobierno federal, o federación, se suele crear mediante la unión política de dos o más países anteriormente independientes bajo un gobierno soberano que en ningún caso se atribuye los poderes individuales de esos estados. Se diferencia de una confederación en que ésta es una alianza de países independientes que mantienen sus respectivas autonomías, unidos en acciones o cooperación en asuntos específicos de interés mutuo. En una nación federal los actos del gobierno central pueden afectar de modo directo tanto a los estados miembros como a los ciudadanos individuales, mientras que en una confederación tales actos suelen afectar de una forma directa a los países miembros y sólo por vía indirecta a los ciudadanos.
Una federación se distingue también de los llamados sistemas unitarios, en los que el gobierno central mantiene el poder principal sobre unidades administrativas que son prácticamente órganos del gobierno central. Gran Bretaña, por ejemplo, tiene un sistema unitario de gobierno parlamentario, y algunos gobiernos aparentemente federales, notorios regímenes totalitarios con un partido político único, son en realidad sistemas unitarios. Hablando en términos generales, las distinciones entre los gobiernos federales, confederaciones y sistemas unitarios de gobierno son relativas y difícilmente delimitables. Dentro de los países que tienen en esencia sistemas federales de gobierno se incluyen a Estados Unidos, Canadá, México, Venezuela, Argentina, Australia, India, Malaysia, Suiza y Alemania, cada uno de ellos con características propias en orden a la determinación y extensión de facultades y poderes, en las distintas unidades administrativas que componen el país.
Formas de Gobierno: Sistemas Democráticos. Parlamentarismo. Presidencialismo. Formas Colegiadas
Presidencialismo
Es un gobierno con separación y coordinación de poderes. Un sistema político posee un régimen presidencial solo si el jefe de estado (presidente, a la vez jefe de gobierno) es:
- Es electo popularmente por un tiempo determinado.
- No puede ser despedido de su cargo por votación del congreso o parlamento, durante su periodo (excepto por juicio político)
- Encabeza o dirige, de alguna forma, el gobierno que preside.
- La jefatura del estado y la jefatura del gobierno están reunidas en una misma persona: el presidente.
- Éste es elegido por sufragio universal, directo o indirecto según los casos, y representa la voluntad popular del mismo modo que el congreso.
- El ejecutivo y el legislativo son dos órganos con idéntica legitimidad, no habrá supremacía de uno sobre el otro; la íntima relación entre el ejecutivo y parlamento no existe, se establece aquí la separación de poderes con autonomía y monopolio de acción atribuido a cada magistratura: el ejecutivo al presidente, el legislativo al congreso y el judicial a los tribunales.
- El mecanismo funcional, es de interdependencia por coordinación; en tanto que el del parlamentarismo es de interdependencia por integración.
- El presidente ejerce un autentico liderazgo, ya que acumula al mismo tiempo varias jefaturas (la del gobierno, la de las fuerzas armadas y casi siempre la del partido a que pertenece) y esta ligado al pueblo no sólo por el voto, sino por los mecanismos que posibilitan un contacto directo y permanente con la opinión pública a través de los medios masivos de comunicación.
Semi-presidencialismo – semi-parlamentarismo
El régimen político francés desde 1958. Francia tiene con su constitución un presidente que es elegido directamente por el pueblo (sufragio universal directo), mediante ballotage por 7 años. (v republica francesa) y es el delegado personal y directo de la soberanía nacional. Pero además del presidente existe el primer ministro, a quien lo nombra el presidente (previa consulta con el parlamento francés, que tiene 2 cámaras, la asamblea nacional y el senado). El primer ministro es el jefe de gobierno y tiene responsabilidad política ante el parlamento. A éste, el presidente puede removerlo pero también existe el voto de censura. Por todo esto también recibe el nombre de diarquía. Cuando al presidente le va mal en las elecciones legislativas, seguramente tendrá que afrontar que venga un primer ministro del partido que ganó. A esto se le llama cohabitación (equilibrio entre el ejecutivo y el parlamento).
El presidente tiene una representación popular, ostenta la jefatura de su partido o de la coalición gobernante, el liderazgo de la mayoría parlamentaria, y es el jefe del ejecutivo, ya que preside los consejos de ministros. La asamblea deberá también prestar su confianza al gobierno y en caso de que aquella se la retirara este tendría que dimitir; pero si el presidente no esta de acuerdo con esta decisión, la solución a este enfrentamiento vendría dada por un arbitraje popular, que implica la disolución de la asamblea y la convocatoria a nuevas elecciones. La cohabitación es imposible en el presidencialismo, en este se le da el nombre de democracia consociativa (arend liphjart). En Albania hay democracia participativa..
Gobiernos colegiados
El órgano ejecutivo, que se conforma siempre con más de un individuo (2 o mas de 2 hombres); es la forma conocida como directorial, utilizada en la confederación helvética (suiza), en donde su poder ejecutivo se encuentra en manos de un consejo federal de siete miembros elegidos por la mayoría absoluta de las dos cámaras que componen la asamblea federal. La directoral se utilizo también en Uruguay. Nuestro país en el siglo pasado adoptó la forma de triunvirato. La jefatura del estado en la monarquía y en la republica. Aquel estado en donde su jefe de estado ejerza ese cargo con carácter hereditario y vitalicio será una monarquía; y cuando el jefe de estado ejerza el cargo con carácter no hereditaria ni vitalicio, ese estado será una republica.
Definido el concepto de republica es necesario distinguirlo del sistema republicano (forma de gobierno que adopta nuestro país, según el art. 1., y que se distingue por las siguientes características:
- Todo cargo público se legitima por el procedimiento electoral.
- El ejercicio de los cargos públicos electivos tiene una duración limitada, con excepción de los jueces que permanecen en sus cargos mientras dure su buena conducta.
- Los actos de gobierno deben ser dados a publicidad, situación que supone pena vigencia de la libertad de prensa.
- Por aplicación del principio de división de poderes.
- Un poder judicial independiente asegura el control de constitucionalidad.
- Todos los habitantes son iguales ante la ley.
Podemos decir que la república argentina actualmente tiene una forma de gobierno republicano, y del mismo modo el reino de españa es una monarquía con un gobierno republicano. Por su parte cuba es una república, pero no tiene gobierno republicano.
Diferencias entre Presidencialismo y Parlamentarismo
Presidencialismo | Parlamentarismo |
La jefatura de estado y la de gobierno están representadas en una sola persona, el presidente. | Hay una persona para cada una de las jefaturas. Jefe de estado y jefe de gobierno |
El presidente ejerce su cargo con carácter no hereditario ni vitalicio | El jefe ejerce el cargo con carácter hereditario y vitalicio. (monarquía parlamentaria) |
La soberanía la tiene el presidente | La soberanía la tiene el parlamento |
El jefe de estado y de gobierno es elegido por voto popular (directa o indirectamente) y éste no puede disolver el parlamento. El presidente, además de encabezar el gobierno, por lo general es el jefe del partido gobernante y el parlamento no puede destituir al presidente, salvo por juicio político | Al jefe de estado lo elige el parlamento o es un rey. El jefe de gobierno (1° ministro) se elige llamando a sufragio para elegir parlamentarios de la cámara baja. Al líder parlamentario del partido que ha obtenido la mayor cantidad de votos, el jefe de estado le encarga formar gobierno y luego el parlamento lo inviste como primer ministro.(*) |
Hay una interdependencia por coordinación (está claramente determinada la división de poderes, cada poder tiene su función). | Hay una coordinación por interrelación. |
Es rígido ante una crisis política. | Es elástico frente a una crisis política porque ofrece la vía del voto de censura o la disolución del parlamento. |
Un estado es una república cuando el presidente ejerce su cargo con carácter no hereditario ni vitalicio. En cambio un estado es una monarquía cuando su jefe ejerce el cargo con carácter hereditario y vitalicio. |
(*) generalmente en todos los países con regímenes parlamentarios se exige al primer ministro contar con el apoyo de la mitad más uno de los parlamentarios, con lo que son frecuentes los gobiernos de coalición formados en base a acuerdos políticos entre dos o más partidos, cuando el partido que sacó mas votos requiere el auxilio de partidos menores. Si la coalición se rompe, el jefe de gobierno será interpelado por el parlamento, si no satisface las explicaciones se le aplicará un «voto de censura» y se lo destituirá de su cargo. Así también el jefe de estado posee la facultad de disolver el parlamento. El voto de censura y la facultad de disolver el parlamento son dos caminos para resolver una crisis política.
Sistema político: es el género (de allí desde donde se asignen valores) conjunto de interacciones abstractas de la totalidad de los comportamientos que asignan imperativamente valores para una sociedad
Régimen político: es la especie (es la solución política de un pueblo determinado) va a estar dado por las normas y procedimientos, creencias y valores)
Forma de gobierno: es quien gobierna. Rey, presidente, faraón, emperador, etc.
Formas Semi-Directas de Democracias
Estas formas consisten en una serie de procedimientos a través de los cuales se consulta al pueblo sobre determinados asuntos políticos.
Las principales formas de democracia semi-directa son:
Referéndum
Es la consulta al cuerpo electoral para que manifieste su opinión sobre un acto normativo (reforma de la constitución, ley, etc.).
Plebiscito
Se parece al referéndum en cuanto también implica una consulta al cuerpo electoral, pero no sobre un acto de índole normativa, sino sobre una cuestión política que es vital para el estado; Ej.: la adhesión a un gobernante, la anexión o independencia de un territorio, el otorgamiento de ciertos poderes al gobernante, etc.
Iniciativa Popular
Consiste en acordar al cuerpo electoral, o a una fracción del mismo, la facultad de proponer la sanción de una ley, su modificación o su derogación.
Reviste dos formas:
- Iniciativa con formulación de un proyecto articulado;
- Iniciativa sobre la materia de la ley, pero sin elaborar el proyecto articulado.
Recall
Es el procedimiento mediante el cual el cuerpo electoral o una fracción del mismo solicita someter a consulta la permanencia de un gobernante en el ejercicio de su función.
Apelación de Sentencias
Es el procedimiento mediante el cual se somete a votación del cuerpo electoral una sentencia judicial que ha declarado la inconstitucionalidad de una norma.
Teoría de los Actos Políticos
Teoría de la Representación Política. Concepto y Análisis
Representación política: es la participación indirecta del pueblo en el proceso del poder, son los órganos gubernamentales (cuyos actos, como representante del pueblo le son imputadas como propias).
Mediación Política Sectorial: Opinión Pública: Sujeto y Objeto
Opinión pública: Las actitudes humanas se traducen en opiniones y creencias que se refieren a uno mismo, a otras personas, al hogar, la familia, el gobierno, etcétera. Por consiguiente, la opinión es una determinada clase de actitud humana, y equivale a juicio. Cuando ese juicio se exterioriza, esa opinión se hace pública.
La opinión pública, por consiguiente, en tanto actitud humana, es un juicio que se exterioriza. Pero esa noción no agota la comprensión del hecho social que tiene su expresión en la opinión pública. Esta, para la ciencia política, es una síntesis de la opinión de los grupos sociales sobre puntos de coincidencia unitarios y generales. Entre los factores de la dinámica política que tienen carácter de fuerza política se halla la opinión pública. La opinión
publica como fuerza política responde a la categoría de fuerza colectiva, difusa, no organizada, y consciente.
La opinión publica política, es aquella opinión pública que se ocupa de la política, que opina sobre política. Opinión pública es el género, y opinión pública política es una de las especies. Opinión es un punto de vista sobre algo; es un parecer, una toma de posición. Quien opina esta privado de una certeza absoluta, a diferencia de quien cree algo o en algo. La opinión puede, por eso, diferenciarse de la creencia, que es mucho más sólida y segura. La opinión se considera discutible, y admite la confrontación con otras opiniones, y aun la replica. La opinión no tiene a su favor ni la uniformidad ni la adhesión que colectivamente logra una creencia social. La opinión es un concepto, una idea, a veces un juicio, formulados por el entendimiento con sujeción a un criterio de valor.
Ahora tenemos que saber cuando una opinión es publica, es decir, que sentido tiene el adjetivo “publica”. Aquí se ha intentado dar tres respuestas posibles:
- Unos dicen que tal o cual opinión es “publica” en razón del sujeto que opina; cuando quien opina es el público, la opinión es pública, lo que equivale poco más o menos a afirmar que opinión pública quiere decir opinión del público.
- Otros dicen que tal o cual opinión es “publica” en razón del objeto sobre el cual se opina; cuando se opina sobre algo que interesa a una generalidad indeterminada del grupo social.
- Los terceros sostienen que una opinión es publica, no por el sujeto o el objeto, sino por la forma y los caracteres de exteriorización que esa opinión tiene, es decir, por su naturaleza.
Una opinión es pública cuando no es privada. Y no es privada cuando es externa y notoria, cuando consta fehacientemente en un grupo social. Una opinión es publica por su naturaleza externa y notoria tiene publicidad.
La opinión es pública en razón de su naturaleza y los caracteres que presenta, pero que tal naturaleza solo puede alcanzarla una opinión que tenga un determinado sujeto (y no cualquiera) y que versa sobre determinado objeto (y no sobre cualquiera).
Sujeto:
- Unos dicen que el sujeto de la opinión pública es el pueblo. La colectividad o totalidad de individuos que componen al pueblo no funciona, en conjunto, como sujeto de opinión.
- Otros dicen que el sujeto de la opinión es “el publico”. El conjunto de los grupos de opinión forma “el publico” que es sujeto de la opinión publica política. Los grupos de opinión son las “partes” del público político, y cada uno de esos grupos tiene “su” opinión.
- Otros dicen que el sujeto de la opinión pública esel hombre individualmente considerado.
Objeto:
El objeto puede ser cualquiera, pero debe ser también público, o sea, interesar colectivamente. El objeto de la opinión pública política es el conjunto de los fenómenos políticos, la política en si misma, comprendiendo todo lo que abarca: el estado, el poder, la legitimidad del régimen, la forma de gobierno, etc. La opinión publica política es tal porque es externa, consta colectivamente y tiene notoriedad, pero para lograr esa caracterización ha de tener como sujeto a un grupo de opinión dentro del publico político, y ha de versar sobre un fenómeno político.
Problemática de estudio. Grupos de interés.
Factores de presión. Grupos de presión.
Los factores de poder son instituciones o grupos que forman parte de la estructura estatal, pero sus funciones especificas no son roles propios de los cargos de gobierno. Toda fuerza, en acto o en potencia, con la que el poder político debe contar para gobernar, para tomar la generalidad de las decisiones, es un factor de poder.
Los grupos de presión son formaciones sociales que se esfuerzan en influir en las decisiones políticas de modo favorable para sus intereses y a sus ideologías. Los grupos de presión suelen defender intereses mas restringidos que los partidos políticos, si bien la nota diferencial entre unos y otros se centra, no en la generalidad de sus fines, sino en la responsabilidad que asumen los partidos cuando ejercen el poder, cosa que no hacen los grupos de presión. El grupo de presión es la organización que promoviendo intereses particulares o generales, procura determinar en ese sentido las decisiones del gobierno (acepción amplia), ya sea en forma directa mediante la acción sobre funcionarios, legisladores o jueves; ya sea indirectamente, intentando influir sobre los partidos u orientar la opinión publica. Los partidos políticos canalizan su presión a través del sistema electoral con el fin de ocupar cargos en los órganos de poder.
Grupos de presión
Son grupos de interés pero con diferente manera de ejercer la influencia, presionando sobre el poder. Al grupo de interés para ser de presión se le añade algo político: la fuerza como presión aplicada a la acción política. La presión ejercida puede adquirid modalidades como: persuasión, consulta, negociación, compromiso, etc. Un grupo de presión es un grupo de interés pero no siempre al revés. Ni el grupo de interés ni el grupo de presión buscan obtener el poder publico, sino soloinfluir en él. Ambos están en la legalidad. La táctica de presiones a veces es profesional (lobbystas de EEUU) La fuerza de los grupos de presión y su capacidad de influir en las decisiones políticas radica en que pueden actuar aislados o combinados. Se destaca:
- Los recursos económicos de un grupo para publicidad, investigación, movilizaciones, financiamiento.
- El número de miembros puede determinar la presión que ejerza. (Ej. votar colectivamente)
- La imagen que el grupo proyecta sobre la sociedad puede determinar su efectividad. Si goza de prestigio y reconocimiento puede volcar la opinión de amplios sectores a su favor.
- La capacidad organizativa para movilizar a sus miembros o inducirlos a realizar actividades especificas potencia al grupo.
- Las relaciones personales de los dirigentes del grupo con ciertos funcionarios puede ser decisiva para obtener las demandas solicitadas.
La presión implica tanto la llegada al poder político, como la posibilidad de usar premios o castigos con el fin de influir en el proceso de toma de decisiones públicas. La presión que ejerce el grupo puede manifestarse como:
- Persuasión: apunta al convencimiento mediante argumentos de aquellos encargados de decidir.
- Lobbyng: refiere a la tarea no oficial de convencimiento que se realiza sobre los representantes o funcionarios.
- Uso de los medios de comunicación: trata de captar adhesiones del público para que la presión sobre el gobierno sea más efectiva.
Clasificación de los grupos de presión:
Duverger:
Grupos de interés a los que corresponden la defensa de intereses materiales y grupos ideológicos, defensa de una doctrina o de determinados principios como libertad individual o intereses religiosos.
- Grupos de presión confesados que se declaran oficialmente grupos de presión: grupos de presión ocultos, que nos declaran abiertamente como tales, pero que actúan y sin disimulo como grupos de presión y grupos de poder totalmente ocultos
- Oficinas: pequeños grupos de presión del tipo lobbyng que realiza diligencias, efectúan operaciones financieras y ejercen influencia. Grupos de cuadros, asemejan a partidos de notables y están en la grande y mediana industria y los grupos de presión de masas como los sindicatos y los partidos de masas
- Según el numero o grado de acción; grupos de presión directos que intervienen sobre las personalidades que ejercen el poder, grupos de presión indirectos que intervienen sobre la opinión publica para que ella presione al gobierno y grupos que utilizan medios violentos, como las huelgas, ya que el descontento provocado por estas se volverá contra el gobierno
- Grupos de presión exclusivos: se los llama así si se ocupan únicamente de actuar en el dominio político, si hace presión sobre los poderes públicos, y grupos de presión parciales, si la misma es solo una parte de su actividad
- Grupos de presión publica, administración pública, cuerpos de funcionarios, dentro de la anterior, como los servicios del estado que actúan según los métodos de los grupos de presión, para defender el interés del servicio. Y otra categoría formada por cuerpos de funcionarios que forman especies de coaliciones más o menos ocultas. Y por ultimo los pseudos grupos de presión, que son organismos que ejercen una presión política, pero no son grupos propiamente dichos.
Partidos políticos y grupos de presión
Es fundamental diferenciar los grupos de presión de los partidos políticos. Los segundos son instrumentos para lograr el acceso a los centros de decisión. El partido político es un intermediario entre un conjunto de ciudadanos y el gobierno, permitiendo una comunicación fluida entre la ciudadanía, la oposición y el gobierno. El grupo de presión se propone la defensa de intereses particulares de sus miembros y el partido político se inspira en una ideología política general. El primero se esfuerza para que sus intereses sean favorecidos por las decisiones de los órganos gubernamentales, pero no pretende la conquista del poder, ni la responsabilidad de la decisión política; el partido, en cambio busca específicamente alcanzar el gobierno y ejercerlo. Los grupos de presión actúan sobre el poder forzándolo o procurando influenciar a los hombres que lo detentan.
La relación entre los grupos de presión y los partidos políticos es intima y compleja, unos y otros dependen recíprocamente. Los grupos de presión tienen en las agrupaciones partidarias eficaces medios para influir sobre los poderes públicos y a su vez los partidos necesitan del apoyo de los grupos de presión para conquistar el poder y mantenerse en el.
Factores de poder.
La constitución regla la forma del ejercicio del poder y la señala su cauce. Las constituciones en su parte orgánica crean los poderes constituidos componiendo un órgano legislativo, uno ejecutivo y uno judicial.; y delimitan los ámbitos de sus respectivas competencias en el ejercicio del poder político. Las fuerzas de mando y de autoridad están repartidas entre el estado y aquellos que ejercen al margen de la organización estatal, el poder de hecho. La esencia de la democracia constitucional es que los grupos pluralistas más diversos pueden participar ilimitadamente en el proceso económico y político. El libre juego de los grupos pluralistas, corresponde al principio de distribución del poder.
La ley, como la voluntad del pueblo de la que procede deriva su autoridad exclusivamente de los deseos o de las necesidades de individuos concretos, que la imponen desde que son lo suficientemente numerosos para formar una mayoría y para obligar a los gobernantes a satisfacer sus reivindicaciones. Existen ahora dos voluntades: la del grupo imperativo, al margen de cualquier revestimiento jurídico y la de los gobernantes, de allí que el poder legal, el poder del estado, puede no corresponder al poder del pueblo.
El pluralismo compromete la unidad del poder. Los poderes de hecho, fuerzas animadoras, son agrupaciones cuyo rasgo esencial es que extraen su fuerza de ellas mismas y que del exterior gravitan sobre el aparato estatal. El poder real deserta de los centros oficiales del poder para instalarse en organismos que no teniendo ninguna de las responsabilidades del estado ejercen sus prerrogativas conformando reales factores de poder.
Existe pluralismo tanto en el sistema de partidos políticos como en los grupos de presión; en el primer caso es un método constitucional o al menos de participación en el gobierno representativo y en el segundo es la función extra constitucional pero real y efectiva de ciertos grupos en el funcionamiento del gobierno. El proceso político se considera principalmente como la interrelación entre las instituciones gubernamentales y los grupos sociales. Como en el orden constitucional no coincide con el orden político, siempre los conflictos fueron entre el poder de derecho oficialmente constituido y los poderes de hecho. El dinamismo de la voluntad popular solo se expresa parcialmente en las instituciones constitucionales y alimenta centros ignorados por la constitución: sindicatos, grupos de interés, asociaciones, etc.
7- Dinámica de los Actos Políticos
Partidos políticos.
Es una agrupación organizada y estable de personas, que solicita apoyo SOCAL a su ideología y programa político, para competir por el poder y participar en la orientación política del Estado. Son los sujetos principales del proceso de mediación política que vincula al Estado-comunidad (sociedad) con el Estado-aparato.
Aparecieron en la 3° década del siglo XIX en EEUU (1829 y 1837 -Andrew Jackson), en Inglaterra a mediados del XIX. A partir de la reforma electoral de 1832. La ampliación del censo electoral produjo en ambos países la necesidad de organizar las votaciones. Así se crearon sociedades destinadas a inscribir los nuevos electores y se constituyeron las primeras agrupaciones locales, las que fueron evolucionando hasta que en 1861 se creo una sociedad liberal y en 1870 otra conservadora, gérmenes de las modernas centrales de partidos.
Los regímenes liberales carecían de una base democrática (burguesía y propietarios rurales) y sirvió para consolidar el capitalismo. Será la implantación del sufragio universal lo que producirá la gran transformación, por eso podemos decir, que los partidos políticos como los conocemos hoy han sido consecuencia del sufragio universal y su evolución fue posible bajo regímenes democráticos con continuidad política ininterrumpida.
Sin embargo la clasificación mas extendida es la de SARTORI, que clasifica los partidos según la fuerza electoral y su potencial de gobierno:
- Partido único: solo un partido actúa en el sistema político y ejerce el poder. No se permiten partidos de oposición. (Regímenes totalitarios, hoy en Cuba) Elecciones no competitivas
- Partido hegemónico: hay una oposiciones pero son satélites de un partido gobernante, la oposición real esta proscrita. Ej. PRI en México y partido colorado en Paraguay. Elecciones semi-comptetitivas
- Partido predominante: hay oposición legalizada, elecciones libres y competitivas, pero siempre es el mismo partido quien gana las elecciones y mantiene mayoría absoluta de bancas durante al menos 3 elecciones consecutivas. Ej. Roosvelt- Menem- Radicalismo 1916-1946 y Justicialismo 1946-1983.
- Bipartidismo: hay varios partidos pero son únicamente 2 los que tienen reales posibilidades de acceder al poder. Ej. partido demócrata y republicano en EEUU –
- Multipartidismo:
- Pluralismo limitado: + de 2 partidos (entre 3 y 5) pueden llegar al gobierno, Ej. Uruguay hoy partidos: colorado, blanco y frente amplio.
- Pluralismo extremo: son tantos los partidos con posibilidades de acceder al poder (+ de 6) que se pone en riesgo la gobernabilidad. (atomización).
Sufragio. Concepto.
Mediante el sufragio se eligen los integrantes del poder ejecutivo y los del poder legislativo, ya que en la Rep. Argentina, al menos, el poder judicial se integra en forma distinta. Se denomina sufragio al voto mismo del elector, manifestando su voluntad en las comisiones o reuniones de ciudadanos para sufragar. Los doctrinarios políticos no se han puesto aun de acuerdo si el sufragio es un derecho, un deber o una función publica
Condiciones para ejercer el sufragio
La primer condición necesaria es la de ser ciudadano; la ciudadanía es, una institución que habilita para el ejercicio del sufragio y de los demás derechos políticos. El ejercicio de la ciudadanita puede estar acondicionado al hecho de tener una determinada edad, pertenecer a cierto sexo o poseer ciertas cualidades personales. Así en nuestro país requiere la edad de 18 para poder ejercer los derechos políticos.
La ley Sáenz peña y sus efectos en la evolución política del país.
En el año 1912 se sanciono la ley 8871, llamada ley nacional de elecciones nacionales, por la cual se reconocía el derecho de las minorías y se disponía que cada ciudadano solo podía votar por los dos tercios del numero total de candidatos que se debían elegir por cada distrito, de tal manera que la mayoría no pudiera obtener sino las dos terceras partes de la representación. Además se consagraba el voto secreto, universal y obligatorio. Las elecciones nacionales realizadas en 1973, se rigieron por el sistema electoral nacional creado por la ley 19862, sancionada el 3 de enero de 1972.
Sistemas electorales y representación.
- El sufragio universal o calificado: el universales el derecho a votar otorgado a todos los individuos en general, excluido todo privilegio o ventaja proveniente del nacimiento, fortuna, capacidad intelectual, religión, sexo, raza o profesión. En cambio el sufragio calificado es aquel que se acuerda solamente a determinados individuos, teniendo en cuenta los privilegios anteriormente citados.
- Voto secreto o público: el voto secreto protege la identidad del votante y trata de asegurar la libre emisión de aquel. Se realiza introduciendo la boleta en un sobre dentro de un recinto cerrado, llamado cuarto oscuro, luego se lo introduce en una urna y el escrutinio se realizado finalizado el acto eleccionario. El voto publico se efectúa manifestando públicamente el nombre del o de los candidatos o del partido político ante las autoridades del comicio.
- Distrito único o uninominal: en el sistema de distrito único, todo el territorio del estado se considera un solo distrito electoral, en cambio en el distrito uninominal el territorio se divide en tantos distritos electorales como los cargos que deben llenarse.
- Lista plural o voto único: en la votación realizada por lista plural el ciudadano elige una lista integrada por varios candidatos para llenar varios cargos y en el voto único lo hace solamente por un candidato.
- La lista completa e incompleta: en el sistema de lista completa se efectúa la votación como en el sistema de la lista plural, ya que se vota por tantos candidatos como cargos a distribuirse; en el de la lista incompleta se emite el sufragio por un numero de candidatos menor al de los cargos que deben cubrirse
- Voto simple o acumulativo: en el sistema de voto simple cada elector tiene un solo voto; en cambio en el acumulativo se le acuerdan votos extras, ya sea por su capacidad económica o por la cantidad de hijos.
- Voto directo o indirecto: en el primero el elector designa directamente al candidato; en el segundo elige a una o varias personas para que estas, a su vez, designen al funcionario a elegir.
Los sistemas propiciados o adoptados por las legislaciones para regir el procedimiento electoral son muchos:
- Representación única o sea de la mayoría: exige que la mayoría del cuerpo de electores se efleje en la composición del gobierno, como consecuencia del principio que llama verdad legal a dicha mayoría, condujo a sostener que los funcionarios y magistrados electivos debían corresponder al partido que hubiere logrado sobrepasar con sus sufragios a todos los partidos]
- Representación de mayoría y minoría, lista incompleta: lleva a sostener la conveniencia de dar participación a la segunda mayoría o sea a la primera minoría. Es así que mayoría y minoría tendrán representación y estarán en condiciones de exponer en el recinto gubernativo en igualdad de condiciones los programas de acción, iniciativas y sugerencias.
- Representación proporcional: diversos procedimientos han sido ideados para llevar a la práctica el sistema electoral de representación proporcional. Entre ellos es común el denominado también por cociente, que consiste en dividir el número de sufragios emitidos por el de bancas a llenar. El cociente que resulta indica cuantas bancas corresponderán a los partidos que concurrieron a la elección.
Al sistema de representación proporcional se le objeta que hace posible que coligados los representantes de diversas minorías puedan imponer su decisión a la representación de la mayoría, lo que parece contrario a una correcta interpretación democrática.
- Representación por circunscripciones: el país o distrito correspondiente es dividido en tantas partes como el número de representantes que deben ser elegidos. Cada circunscripción elige un representante. Se atribuye a este sistema el mejor conocimiento de cada uno de los candidatos entre los cuales los ciudadanos de la circunscripción deben decidirse.
Sufragio y partidos políticos.
Una de las características del gobierno constitucional es el principio de que la soberanía reside en el pueblo. Toda autoridad o poder proviene del pueblo y se ejerce en nombre el pueblo. En la antigüedad muchos de los gobernantes se consideraban como tales por su origen divino, otros ejercían la función por haber accedido a ella por la fuerza y en el caso de Grecia clásica el azar aporto una fuerte dosis en la convalidación de las designaciones, ya que en Atenas por ejemplo, se llegaba al desempeño de ciertos cargos mediante un sorteo.
En Atenas y en la roma republicana los dos principales estados constitucionales de la antigüedad se celebraron con frecuencia elecciones para cubrir cargos o ejercer ciertas funciones. Pero todo cambio con el imperio y durante la edad media. En un comienzo, en las tribus germánicas y especialmente entre los sajones, hubo cierto sentido de la representación y en las asambleas tribales se elegían algunos de los jefes; pero al fortalecerse la autoridad de los señores feudales, se perdieron los últimos vestigios de la teoría de la representación política. En algunos de los burgos urbanos, en la ultima mitad de la edad media y en los parlamentos ingleses de la misma época, revivieron la técnica de la representación como detentadores, en parte, del poder separado e independiente del gobierno absolutista del monarca, recién en el siglo xviii, con la evolución del constitucionalismo ingles y las grandes revoluciones políticas en las colonias inglesas de la América del norte y Francia, es que se elaboro la teoría de la representación política y de la soberanía popular, al mismo tiempo en que se desarrollo la teoría del poder constituyente.
10- Pensamiento Político en la Modernidad.
Contractualismo:
Introducción
Las contractualistas fueron teorías jurídicas que trataron de explicar el origen del estado. Estas teorías se podrían subdenominar “voluntaristas”, porque fundamentan el origen del estado en el acuerdo contractual de sus miembros; los hombres son los que pactan, los que acuerdan voluntariamente dar nacimiento a la máxima organización política de la convivencia humana, y deciden que forma institucional adquirirá el ejercicio del poder político. Thomas Hobbes, John Locke y Jean Rousseau, partieron de un “estado de naturaleza”.
Estaban de acuerdo en sostener que mediante el pacto o contrato social, los hombres abandonan ese mundo natural y libre, para ingresar en la convivencia organizada dentro del marco de las instituciones políticas; abandonan la libre interpretación y goce de las normas que la naturaleza ofrece para ceñirse al cumplimiento de las normas jurídicas creadas por la organización política. Los hombres prefieren la vida sujeta a normas y reglamentos, a la vida naturalmente libre.
Thomas Hobbes
La obra cumbre es el Leviatán, uno de los máximos exponentes del absolutismo monárquico pagano. Los hombres ejercen los derechos y libertades de acuerdo a su propia interpretación, buscando la satisfacción de sus necesidades y deseos. El enfrentamiento de ese modo resulta inevitable. El hombre se convierte en el lobo del hombre. Cada uno ve en el otro a su enemigo. La guerra continua es el modo de vivir. Solo pertenece a cada uno lo que puede tomar y en tanto lo pueda conservar.
La celebración entre todos de un “pacto de unión”. Será el medio adecuado y necesario para eludir ese destino fatal y preservar su propia conservación. En la vida de naturaleza pre-social, el hombre carece de seguridad y no puede disfrutar en plenitud de sus derechos naturales.
¿Y que sucede con los derechos naturales de cada uno?
El pacto implica enajenarlos totalmente y someterse al poder de la organización política, es decir, al poder del estado. Y todos esos derechos enajenados por los súbditos serán ejercidos por un gobernante o varios que no representaran a los gobernados. Quedaran a merced del estado sin tener en cuenta su arbitrariedad o injusticia. La resistencia contra el gobernante, aunque sea un déspota o un infiel, constituye para Hobbes un pecado grave.
Jhon Locke
En su “ensayo sobre el gobierno civil” desarrolla su pensamiento político. Allí quedara desarrollado su pensamiento liberal.
La elaboración contractualista de Locke
Los hombres, mediante la celebración de un pacto o contrato abandonan su “vida de naturaleza” y lo hacen no enajenando, sino delegando al estado sus derechos naturales. ¿En el esquema laboral de Locke, los hombres que buscan una existencia más segura, delegan todos sus derechos naturales? No, hay un conjunto de derechos naturales que no son delegados, ellos son: el derecho a la vida, a la libertad y el derecho de propiedad. Los gobernados pueden resistir el abuso del poder, pues poseen la titularidad y goce de derechos fundamentales que pueden oponerle.
Su concepción de la división de poderes
Surge una división cuatripartita de poderes, a saber: poder legislativo, poder ejecutivo, poder federativo y poder de prerrogativa o residual. La función legislativa era ejercida por al parlamento, y las restantes por el rey.
El derecho de resistencia a la opresión
Todo rey está obligado a cumplir el pacto que hizo con su pueblo de acomodar su gobierno a las leyes, de conformidad con aquel otro pacto que hizo Dios con Noe después del diluvio. Ni siquiera el rey puede vulnerar las leyes divinas y humanas. Cuando ocurre tal trasgresión, el gobernante se transforma en un agresor frente al cual resulta legítima la defensa y resistencia.
Juan Jacobo Rousseau. El contrato social o principios del derecho político
En el contrato social, Rousseau parte del presupuesto del “estado de naturaleza”, los consideraba como “buenos salvajes” que vivían en un estado de inocencia y de bondad, sin conocer artes y ciencias, ni sufriendo la presión de intereses económicos. Y en búsqueda de seguridad, común denominador en estos autores, es necesario celebrar el contrato social para que el hombre “que ha nacido libre, no este en todas partes encadenado”.
l contrato
Se lleva a cabo enajenando todos los hombres sus derechos naturales. Estos entregan sus derechos y los reciben en conjunto y en su totalidad, no cada uno los suyos. Comenzaran así a tener en cuenta el “interés general”.
¿Y que surge de este contrato social?
La “voluntad general” que el pueblo como cuerpo buscara satisfacer.
La soberanía
La voluntad general no reconoce otro poder por encima de ella. Los gobernantes son oficiales y no amos del pueblo. El pueblo puede establecerlos y destituirlos cuando les plazca. Entre pueblo y gobernante no hay ningún contrato.
La soberanía es:
- Absoluta: Lo puede todo.
- Inalienable: No puede enajenarse. El poder puede cederse, transmitirse. La voluntas, no. La voluntad no puede ser representada.
- Indivisible: La voluntad es total, o no lo es. Dividir la soberanía en su principio es matarla.
- Infalible: La voluntad general no puede errar, es siempre recta y tiende siempre a la utilidad pública.
- Imprescriptible: No puede perderse por el transcurso del tiempo.
La ley
Para elaborar y sancionar las leyes se hace imprescindible la presencia de un legislador que legislando en consonancia con los deseos y necesidades de la voluntad general, la interprete fielmente. Este legislador debe ser un hombre dotado de una inteligencia superior que supiese todas las pasiones de los hombres y no sintiese ninguna. Al legislador solo le cabe la tarea de interpretar las necesidades normativas que la voluntas general reclama para convertirlas en preceptos legales que esta misma dará a conocer como su forma de expresión, dándoles la fuerza ejecutiva necesaria para ser impuestas.
El gobierno
Los gobernantes que la voluntad general designe, ya que no forman parte del contrato, serán oficiales, comisarios, delegados, que deberán cumplir la función ejecutiva del poder asignado por el soberano.
Análisis sobre las formas de gobierno:
- No ha existido nunca verdadera democracia ni existirá jamás, si hubiera un pueblo de dioses se gobernaría democráticamente, u gobierno tan perfecto no es para hombres.
- A la monarquía tampoco la considera una forma conveniente por ser un gran peligro para el pueblo por la concentración de poder que culminaría en el absolutismo.
- La forma de gobierno preferida por Rousseau, es la aristocracia electiva, es decir la elección de un pequeño y selecto grupo de individuos.
Reforma protestante. Pensamiento de Lutero y Calvino.
Introducción
Luego del edicto de Milán, dictado por el emperador Constantino en el año 313, la de cristiana pude profesarse libremente en todo el imperio romano. Dicho edicto significo la tolerancia del cristianismo. Con la caída del imperio romano, queda la iglesia como único baluarte en pie en occidente. La autoridad de la misma crecía año tras año, llegando a ser la dueña de toda la riqueza. Empezó a participar activamente en la vida política mediante “los papas”.
Significado y causas de la reforma
¿Qué significó la llamada reforma o rebelión protestante?
La quiebra definitiva de la unidad religiosa europea.
Motivos que dieron origen a esta rebelión:
- El nombramiento de parientes de los Papas para ejercer los cargos.
- La corrupción y las costumbres licenciosas de las altas autoridades eclesiásticas.
- La oposición creciente de los príncipes a la intervención del poder espiritual en los asuntos inherentes al poder publico.
- La venta de reliquias y el deseo de los reyes de apoderarse de las riquezas de la iglesia para incrementar sus patrimonios personales.
- La venta de indulgencias y dispensas.
Los desordenes de la iglesia y sus luchas internas, la corrupción de los prelados y la superposición de los intereses temporales sobre los espirituales, hasta el punto de industrializar las indulgencias para obtener dinero, se sumaron a los principios triunfantes en el concilio de Constanza, para crear un ambiente de disconformidad en todo el mundo cristiano.
Precursores
Como consecuencia de los motivos señalados se genero un descontento de tal magnitud que derivo en una tendencia a producir una “reforma”.Entre los más destacados precursores, Juan Wiclef (1320-1384), se dedico a predicar la palabra de Dios promoviendo la salvación de las almas. Negaba la autoridad de los prelados eclesiásticos a los que consideraba corruptos en el plano moral. Sostuvo la importancia de que la Biblia fuera traducida a diferentes idiomas para que la gente pueda leerla e interpretarla en su propia lengua.
Juan Hus (1373-1425), predicaba contra la confesión, el celibato de los sacerdotes, el purgatorio, la resurrección de la carne y el culto de los santos de las imágenes.
Reunida la Dieta del sacro imperio romano, se dejo librada a cada príncipe la forma de conducirse respecto de Dios y el Emperador, pero otra Dieta, dispuso retirar la tolerancia otorgada a los luteranos en 1526, promulgo leyes en contra de los herejes y prohibió que las rentas eclesiásticas invirtieran en la nueva religión. Los príncipes luteranos manifestaron su disconformidad y presentaron una protesta por haberse modificado los principios expuestos y aceptados en la Dieta de 1526. De allí procede el nombre de protestantes con el que se conoció a este movimiento.
Martín Lutero
Se opuso a la venta de indulgencias. Sostenía que el Papa no era conciliable con los fundamentos del cristianismo, negaba que el Papa tuviera facultades suficientes como para exonerar a las personas de penas distintas de las eclesiásticas; criticando en forma expresa la redención de los pecados por medio de dinero.
El Papa León X, prohibió la difusión de sus libros y ordeno a la vez que fueran quemados, Lucero contesto quemando públicamente La Bula Papal, diciendo que no reconocía mas autoridad eclesiástica que las Sagradas Escrituras, lo que implico que fuera excomulgado por predicar dogmas falsos, y un año después, fue condenado por la Dieta de Worms en 1521, donde se lo declaro hereje y proscrito. Lutero, buscando el beneplácito de los príncipes, buscando apoyo contra el papa, dijo a los campesinos, “los súbditos no deben nunca sublevarse. Aun cuando los de arriba sean malos e injustos, solo corresponde la autoridad al que tiene la espada por orden de Dios”.
Doctrina de lutero
Su preocupación fundamental era el tratamiento de la salvación del alma, “el justo se salva con la fe, sin la penitencia ni las buenas obras, con la libre interpretación del verbo y sin necesidad de una iglesia”.
La salvación se lograba por la fe en Dios y no por las buenas obras, sin importar las buenas acciones.
- La salvación del hombre depende únicamente de la misericordia de Dios.
- Al referirse a “la libre interpretación del verbo” considera que la Biblia es la única fuente de autoridad y norma de fe.
- En el orden político, sostenía que era lícito apoderarse de los bienes eclesiásticos y secularizarlos.
- Rechazo la soberanía del poder espiritual sobre el temporal diciendo que el príncipe goza del poder absoluto, siendo por otra parte partidario de la obediencia pasiva.
“La reforma junto con las controversias sectarias a que dio lugar, ayudo a consolidar y aumentar el poder de las monarquías”. El derecho de resistencia a la opresión” quedo aniquilado y el ejercicio del pode absoluto de los reyes, sin barreras.
Juan Calvino
En 1538 fue desterrado de Ginebra para luego regresar en 1541 y hacerse cargo del gobierno de dicha Republica. Impuso un régimen absolutista dictatorial teocrático.Creo un tribunal eclesiástico que estaba compuesto por seis pastores y doce laicos y estaba encargado de vigilar las costumbres y el cumplimiento de los deberes religiosos, llevando a que una gran parte de los ginebrinos se opusieran a Calvino.
Doctrinariamente, sostenía que Dios ha legado desde la eternidad a aquellos que obtendrán la salvación y aquellos que serán condenados, la que no podrá ser modificada ni por las buenas obras ni por los esfuerzos heroicos de los hombres para obtener su salvación. Es la doctrina de predestinación absoluta para el cielo o para el infierno, los hombre se dividen en “elegidos o réprobos”. Sostenía la obediencia pasiva, en la que resistir al gobernante seria resistir a Dios, excepcionalmente se odia desobedecer en los casos en los que el gobernante obligara a cumplir actos contrapuestos con la ley de Dios.
Reforma católica. Concilio de Trento.
Contrarreforma, movimiento que tuvo lugar dentro de la Iglesia católica apostólica romana en los siglos XVI y XVII. Intentó revitalizar la Iglesia y oponerse al protestantismo. Algunos historiadores rechazan el término porque implica sólo los elementos negativos del movimiento y prefieren las denominaciones de Reforma o Restauración católica. Han resaltado la alta espiritualidad que animó a muchos de los que encabezaron el movimiento, que a veces no tenía relación directa con la Reforma protestante.
Peticiones para la Reforma
El siglo XV se caracterizó por las exigencias de una reforma de la Iglesia, como reacción al escándalo del Gran Cisma de Occidente y para corregir los abusos religiosos. El reformista religioso italiano Girolamo Savonarola (1452-1498) criticó con mordacidad la actitud mundana de su contemporáneo, el papa Alejandro VI. El llamado movimiento observantista desarrollado por las órdenes mendicantes intentó que sus miembros volvieran a una vida más austera, y humanistas como Desiderio Erasmo de Rotterdarm trataron de crear alternativas a las estériles especulaciones de la teología académica. Aun siendo sinceros estos esfuerzos, durante mucho tiempo no estuvieron coordinados y no lograron tener un impacto perceptible en la institución.
Iniciativas para la Reforma
Sólo cuando Pablo III se convirtió en Papa en 1534 tuvo la Iglesia el liderazgo que necesitaba para orquestar esos impulsos en favor de la reforma y enfrentarse al reto que supuso la aparición de los protestantes. Una de las iniciativas más importantes de Pablo III fue nombrar reformadores sinceros como Gasparo Contarini y Reginald Pole e incorporarlos al colegio cardenalicio. También impulsó nuevas órdenes religiosas como los teatinos, capuchinos, ursulinas y en especial los jesuitas. Este último grupo, bajo la dirección de san Ignacio de Loyola (1491-1556), estaba constituido por hombres muy instruidos, dedicados a renovar la piedad a través de la predicación, la instrucción catecumenal y el uso de los ejercicios espirituales establecidos por san Ignacio, donde debía profundizarse en la meditación personal. Tal vez la más destacada actuación de Pablo III fue la convocatoria del Concilio de Trento en 1545 para tratar las cuestiones doctrinales y disciplinarias suscitadas por los protestantes. Actuando a menudo en una difícil alianza con el emperador Carlos V, Pablo III, como muchos de sus sucesores, no dudó en utilizar tanto medidas diplomáticas como militares contra los protestantes.
Instrumentos de la Contrarreforma
Una poderosa corriente represiva, que empezó hacia 1542, penetró en el propio catolicismo romano cuando se instituyeron el Índice de Libros Prohibidos y una nueva Inquisición. El pontificado de Pablo IV aportó el más vigoroso apoyo a estas medidas. En España la Inquisición se convirtió en un instrumento dependiente de la corona, usado con eficacia por los monarcas españoles, en especial por el rey Felipe II para asegurarse la ortodoxia de sus súbditos y suprimir tanto la disidencia política como la religiosa.
Hacia finales del siglo, en parte bajo la influencia del Concilio de Trento, apareció en Italia un grupo de obispos, celosos por reformar su clero e instruir a su pueblo. San Carlos Borromeo (1538-1584), de Milán, fue un modelo para muchos de ellos. El establecimiento de seminarios en muchas diócesis garantizó un clero honrado en la orden teológico y moral. En Roma, san Felipe Neri (1515-1595) puso música a textos religiosos y llevó a cabo reuniones informales que pronto desembocaron en la figura (y el espacio físico) del oratorio.
Evolución de la Contrarreforma
En Alemania los católicos siguieron intranquilos después de la Paz de Augsburgo de 1555, considerada por muchos como una victoria de los luteranos. Los sacerdotes formados en Roma regresaron a su tierra natal mejor instruidos y con más deseos de llevar a efecto su labor eclesiástica que sus antecesores. San Pedro Canisio elaboró un catecismo que intentó servir de contrapeso al de Lutero, aunque no lo consiguió. Las tensiones internas, en las que se produjo una destacada intervención militar en ambos bandos, culminaron en los horrores de la guerra de los Treinta Años, que hizo estragos desde 1618 hasta 1648 y dejó a Alemania devastada.
Debido a las guerras de Religión en Francia, la Contrarreforma no tuvo apenas implantación allí hasta el siglo XVII. La devoción hacia los pobres, como ejemplificó san Vicente de Paúl y santa Luisa de Marillac, caracterizó la experiencia francesa. En este país se prestó mucha atención, al igual que en Italia, a las misiones populares que surgieron entre los campesinos. Mientras tanto, san Francisco de Sales, obispo de Ginebra, publicó su Introducción a la vida devota (1608) que se cuenta entre las más populares de todas las obras de la espiritualidad cristiana.
La espiritualidad de la Contrarreforma fue militante, encaminada a la evangelización de los nuevos territorios recién explorados en el Lejano Oriente y en el norte y sur de América. Semejante entusiasmo se desplegó en el establecimiento de escuelas confesionales, donde los jesuitas desempeñaron un destacado papel de vanguardia. A pesar del énfasis puesto en el activismo, la Contrarreforma dio en España dos de los mayores místicos del cristianismo: santa Teresa de Jesús y san Juan de la Cruz.
Trento, Concilio de (1545-1563), décimo noveno concilio ecuménico de la Iglesia católica apostólica romana que, en respuesta a la Reforma protestante, inició una reorientación general de la Iglesia y definió con precisión sus dogmas esenciales. Los decretos del concilio fueron confirmados por el papa Pío IV el 26 de enero de 1564, y fijaron los modelos de fe y las prácticas de la Iglesia hasta mediados del siglo XX.
Todo el mundo consideraba necesario, a finales del siglo XV y principios del XVI, un concilio para reformar la Iglesia. El quinto concilio de Letrán (1512-1517) fracasó a este respecto y concluyó sus deliberaciones antes de que se plantearan las nuevas cuestiones suscitadas por Martín Lutero. Ya en 1520 Lutero subrayó la necesidad de celebrar un concilio para reformar la Iglesia y resolver las polémicas que habían surgido. Aunque numerosos dirigentes de ambos lados se hicieron eco de esta petición, el papa Clemente VII temía que una reunión de este tipo pudiera favorecer la idea de que los concilios, en lugar del pontífice, tenían la autoridad suprema de la Iglesia. Además, las dificultades políticas que el luteranismo planteó al emperador Carlos V hizo que otros gobernantes, y de forma significativa el rey Francisco I de Francia, se mostraran reacios a apoyar cualquier acción que pudiera fortalecer el poder del emperador, liberándole de estos conflictos.
Pablo III fue elegido papa en 1543 debido en parte a su promesa de convocar un concilio. Tras los fallidos intentos de convocarlo en Mantua en 1537 y en Vicenza en 1538, el concilio se inauguró a la postre en Trento, en el norte de Italia, el 13 de diciembre de 1545. Con escasa participación al principio y nunca libre de obstáculos políticos, el concilio aumentó en número de asistentes y prestigio a lo largo de las tres fases en que se reunió.
Primera fase
(1545-1547). En muchos aspectos esta primera fase del concilio fue la que tuvo mayor alcance. Una vez fijadas las numerosas cuestiones de procedimiento, el concilio abordó los temas doctrinales centrales planteados por los protestantes. Uno de los primeros decretos afirmaba que las Escrituras tenían que ser entendidas dentro de la tradición de la Iglesia, lo que representaba un rechazo implícito del principio protestante de ‘sólo Escrituras’. El largo y refinado decreto sobre la justificación, condenaba el pelagianismo, detestado por Lutero, aunque intentaba al mismo tiempo definir un papel para la libertad humana en el proceso de la salvación. Esta sesión también se ocupó con menos tino de ciertas cuestiones disciplinarias, como la obligación de los obispos de residir en las diócesis de las que fueran titulares.
Segunda fase
(1551-1552). Después de una interrupción, provocada por una profunda desavenencia política entre Pablo III y Carlos V, la segunda fase del concilio centró su atención en los sacramentos. Esta sesión, boicoteada por los representantes franceses, fue seguida por algunos representantes protestantes.
Tercera fase
(1561-1563). Suspendido por una declaración de guerra, el concilio se volvió a reunir para su fase final. En sus deliberaciones se impusieron cuestiones disciplinarias, para hacer hincapié en el problema pendiente de la residencia episcopal, considerado por todas las partes clave para la ejecución de la reforma. El hábil legado pontificio Giovanni Morone armonizó posturas opuestas y logró clausurar el concilio. En 1564 Pío IV publicó la Profesión de la fe tridentina (por Tridentum, el antiguo nombre romano de Trento), resumiendo los decretos doctrinales del concilio. Sin embargo, a pesar de su duración, el concilio nunca se ocupó del papel del pontificado en la Iglesia, un tema planteado repetidas veces por los protestantes. Entre los muchos teólogos que participaron en el concilio, Girolamo Seripando, Reginald Pole, Diego Laínez, Melchor Cano y Domingo de Soto fueron los que desarrollaron una actividad más intensa en las polémicas.
Significación
Además de resolver algunas cuestiones doctrinales y disciplinarias fundamentales para los católicos romanos, el concilio también impartió entre sus dirigentes un sentido de cohesión y dirección que se convirtió en un elemento esencial para la revitalización de la Iglesia durante la contrarreforma. Los historiadores actuales opinan que el concilio se interpretó y aplicó en un sentido más estricto del que pretendieron sus participantes, y algunos creen que tuvo menos importancia en el resurgimiento del catolicismo romano que otros factores de naturaleza más espontánea. No obstante, la designación de era tridentina para los siglos comprendidos entre Trento y el concilio Vaticano II, refleja la decisiva trascendencia que tuvo este concilio en la Iglesia católica moderna.
13- Las Grandes Líneas Ideológicas.
Marxismo. Desarrollo y concepto.
Marxismo, doctrina y teoría social, económica y política basada en la obra de Karl Marx y sus seguidores, ligada a los movimientos socialistas y comunistas. La obra de Marx puede dividirse entre sus primeros escritos filosóficos, (por ejemplo, el póstumo Ökonomisch-philosophische Manuskripte aus dem Jahre 1844/Manuscritos filosóficos y económicos de 1844, Die deutsche Ideologie/La ideología alemana, 1845-1846), sus panfletos (por ejemplo, Manifest der kommunistischen Partei/Manifiesto Comunista, 1848), sus análisis de acontecimientos contemporáneos, (por ejemplo, Der Achtzehnte Brumaire des Louis Napoleon/El 18 Brumario,1852, y Der Bürgerkrieg in Frankreich/La guerra civil en Francia,1871), y los escritos fundamentales de su madurez, Zur Kritik der politischen Ökonomie (Contribución a la crítica de la Economía Política, 1859), y, sobre todo, Das Kapital (El capital, vol. 1, 1867; vols. 2 y 3 publicados póstumamente). Las ramificaciones de la doctrina marxista podemos encontrarlas en ámbitos filosóficos, económicos, históricos, políticos y de la mayoría de las ciencias sociales. Ningún otro teórico ha sido tan estudiado y tan discutido durante el siglo XX como Karl Marx. La razón de este interés está lejos de ser exclusivamente académica. Ningún otro pensador moderno ha tenido tanta influencia sobre los movimientos políticos y sociales.
Marx pretendía desvelar las leyes inherentes al desarrollo del capitalismo. Creía que cada época histórica se caracterizaba por un modo de producción específico que se correspondía con el sistema de poder establecido y, por lo tanto, con una clase dirigente en perenne conflicto con la clase oprimida. Así, la sociedad medieval estaba dominada por el modelo de producción feudal en el que la clase de los terratenientes obtenía una plusvalía de una población rural atada a la tierra. Las transiciones del sistema de esclavitud al feudalismo, y del feudalismo al capitalismo se produjeron cuando las fuerzas productivas (es decir, los grupos relacionados con el trabajo y los medios de producción como las máquinas) no podían seguir desarrollándose con las relaciones de producción existentes, entre las distintas clases sociales. Así, la crisis que afectó al feudalismo cuando el capitalismo necesitaba una creciente clase trabajadora conllevó la eliminación de las bases legales e ideológicas tradicionales que ataban a los siervos a la tierra.
La relación fundamental del capitalismo, basada en salarios, parte de un contrato entre partes jurídicamente iguales. Los propietarios del capital (capitalistas) pagan a los trabajadores (el proletariado) salarios a cambio de un número de horas de trabajo acordado. Esta relación disfraza una desigualdad real: los capitalistas se apropian de parte de lo producido por los trabajadores. Al no ser incluido en sus salarios están “engañando” a los trabajadores al apropiarse de mucho más de lo que realmente están pagando con los salarios y el resto de costes necesarios para producir. Esta apropiación, estadísticamente incuantificable, de una plusvalía, proporciona a los propietarios del capital una gran riqueza y el control sobre el desarrollo económico de la sociedad. De esta manera se están apropiando no solamente de la riqueza, sino también del poder.
La compleja superestructura política, el conjunto de leyes e ideologías, regula y refuerza este tipo de relaciones sociales. En efecto, al poseer la plusvalía, los capitalistas pueden acumular riqueza y poder, determinando la dirección que seguirá la sociedad. Los bienes producidos mediante el sistema capitalista deben tener valor de uso, ya que, de no tenerlo, no se podrían encontrar compradores; pero, para el capitalista, tienen que tener valor de cambio: no se producen para el consumo del propio capitalista, sino para que éste pueda intercambiarlos por dinero. Así, la producción capitalista es esencialmente una producción dirigida al intercambio y no a la satisfacción de necesidades. La competencia hace que las empresas capitalistas ineficaces vayan a la quiebra, y se tienda a la concentración de empresas y la creación de monopolios, al tiempo que los mercados no dejan de crecer, pues las técnicas productivas y las medios de intercambio están continuamente cambiando y mejorando.
Las crisis son un fenómeno inherente al capitalismo. Los capitalistas intentan aumentar la intensidad de la jornada laboral y, en consecuencia, la productividad del trabajo. Por su parte, los trabajadores, si están organizados, resistirán. Los capitalistas intentarán ampliar los mercados, pero al mismo tiempo pagarán a sus trabajadores el mínimo posible. Si lo consiguen, tanto el consumo como la demanda de los trabajadores disminuirán, los mercados se reducirán y el capitalismo entrará en crisis. La compleja y a veces confusa obra de Marx, permitió que se produjeran interpretaciones dispares.
Antes de 1914, la ortodoxia dominante era la promulgada por Karl Kautsky, que defendía la inevitabilidad del colapso del capitalismo. Tras la Revolución Rusa, Lenin añadió a la doctrina marxista una interpretación del imperialismo, una teoría del Estado, y los principios de la organización revolucionaria, constituyendo así la conocida doctrina marxista-leninista. El comunista italiano Antonio Gramsci subrayó el papel de la ideología en una sociedad civil para la construcción de una hegemonía política. El atractivo del marxismo se debió a que proporcionó un poderoso respaldo intelectual a la indignación moral que producían las importantes desigualdades del capitalismo, y a la esperanza de que un sistema condenado a la extinción terminara por desaparecer. La teoría era lo suficientemente sofisticada para atraer a los intelectuales, al tiempo que podía simplificarse y difundirse entre las masas.