Trienio liberal resumen

Trienio Liberal (1820-1823).-

El periodo comprendido entre 1820 y 1823 supone la segunda experiencia del liberalismo en España (la primera había sido la de las Cortes de Cádiz). Comienza con el pronunciamiento del teniente coronel Rafael María del Riego en Cabezas de San Juan (Sevilla), donde se encontraban sus tropas esperando embarcar hacia América para sofocar la sublevación de los independentistas hispanoamericanos. Riego recibe el apoyo de otras guarniciones militares, al tiempo que surgen juntas liberales en diversas ciudades del país. Fernando VII, ante la imposibilidad de hacer frente al golpe militar, no tuvo más opción que aceptar la situación: convoca las Cortes, nombra un gobierno de liberales moderados (presidido por Argüelles) y el 10 de marzo de 1820 jura la Constitución de Cádiz, que queda así restablecida.

Etapa de gobierno en la que se intentaron aplicar las reformas aprobadas por las Cortes de Cádiz, como la supresión definitiva del tribunal de la Inquisición (1820), el pago del diezmo fue reducido a la mitad y se prohibió a la iglesia la nueva compra de bienes inmuebles y la abolición del régimen señorial; se reemprendió la desamortización, se abordó una reforma eclesiástica para reducir el número de monasterios y órdenes religiosas, las propiedades de monasterios y conventos cerrados fueron nacionalizadas y vendidas por el gobierno para castigar el respaldo del clero al absolutismo y para obtener fondos con el objetivo de reducir las deudas estatales. Los mayorazgos fueron suprimidos, las libertades económicas fueron recuperadas e incluso se aprobó un proyecto de reforma judicial para implantar los juicios con tribunales populares integrados por ciudadanos. Los derechos y libertades de imprenta, expresión y opinión fueron restablecidos.

La Milicia Nacional fue reintroducida y reformada con el propósito de disponer de un cuerpo armado formado por ciudadanos civiles voluntarios que estuvieran dispuestos a defender el sistema liberal. Los ayuntamientos costearon el armamento y los uniformes de los milicianos, a cuyas filas se apuntaron numerosos desarrapados urbanos.

Pretendían liquidar el feudalismo en el campo, convirtiendo la tierra en una mercancía más, susceptible de ser comprada y vendida, e introducir relaciones de tipo capitalista entre propietarios de la tierra y campesinos arrendatarios. Deseaban liberalizar la industria y el comercio, eliminar las trabas a la libre circulación de mercancías y permitir el desarrollo de la burguesía comercial e industrial. Iniciaron la modernización política y administrativa del país, bajo los principios de racionalidad y la igualdad legal. Se aprobó la primera legislación sobre la enseñanza, el Reglamento General de Instrucción Pública, así como el primer Código Civil y una nueva división del territorio español en 52 provincias.

Reinstaurada la Constitución y convocadas las Cortes, éstas desarrollaron una labor legislativa reformista, restaurando las libertades que se habían establecido en las Cortes de Cádiz. Pero los ministerios no se sostenían mucho tiempo en el poder y en varios lugares del país surgieron guerrillas de realistas, defensores del absolutismo, mientras Fernando VII pedía ayuda secretamente a los monarcas absolutos de Europa. Además Fernando utilizaba todos los resortes que la Constitución de 1812 le proporcionaba para obstaculizar las reformas legislativas de las nuevas Cortes liberales. Debe recordarse que la Constitución otorgaba al rey la sanción de las leyes y le permitía el veto suspensivo de las mismas.

Durante el Trienio Liberal se generó por primera vez un debate público sobre la acción del Gobierno gracias a las libertades constitucionales de imprenta, reunión y expresión. Dicho debate se canalizó a través de las sociedades patrióticas, clubes de discusión política, los cafés y la prensa.

Surgió una oposición de corte conservador; las élites del Antiguo Régimen apoyaban al rey”. La mayor parte del clero se oponía a las medidas reformadoras y a la desamortización, y atrajo a su causa a las clases populares, sobre todo en las áreas rurales. El campesinado, no simpatizaba con el liberalismo, que percibía como un movimiento de clases medias urbanas que favorecía la propiedad privada de los terratenientes y convertía a los labradores en simples asalariados y contribuyentes (las antiguas rentas pagadas con productos agrarios ahora habían de hacerse en dinero).

La oposición conservadora, absolutistas, realistas o apostólicos, despectivamente conocidos como “serviles” acuñaron el lema “Dios, patria y rey” símbolos de sus valores frente a la doctrina liberal. La contrarrevolución realista se manifestó en distintas rebeliones militares urbanas como la del 7 de julio de 1822 en Madrid, cuando la Guardia Real protagonizó un intento de golpe de Estado absolutista con la complicidad del monarca. La rebelión fue abortada por el Ayuntamiento, las Cortes y la Milicia Nacional.

LA DÉCADA OMINOSA (1823-1833).-

Nada más recuperar sus poderes absolutos, Fernando VII llevó a cabo una dura y vengativa represión contra los liberales (por ejemplo, Riego fue ejecutado en Madrid en diciembre), al tiempo que anuló la Constitución y prácticamente toda la obra legislativa del Trienio (decreto del 1 de octubre de 1823). Lo único que quedó de ésta fue la supresión de la Inquisición (el Duque de Angulema, jefe de las tropas francesas, impidió su restablecimiento).

La década absolutista no fue un simple retorno a las posiciones de Fernando VII antes de 1820. Aunque se restablecieron las instituciones de la monarquía absoluta, durante este período el Gobierno evolucionó gradualmente hacia un reformismo moderado. Su reinado se vio condicionado por figuras absolutistas pero que participaban de la mentalidad reformista de la Ilustración y trataron de llevar a cabo transformaciones en las distintas parcelas de la Administración, pudiéndoseles encuadrar en un liberalismo moderado. Algunos de ellos fueron López Ballesteros y Cea Bermúdez.

Durante este periodo las persecuciones contra los liberales fueron muy duras y muchos de ellos se vieron obligados a emigrar, principalmente a Francia e Inglaterra. Comenzaron a funcionar juntas de depuración para investigar y anular, en su caso, los nombramientos realizados en la Administración por los gobiernos anteriores. En algunos obispados se establecieron juntas de fe contra liberales y herejes. Los que fueron al exilio publicaban periódicos y desarrollaban actividades culturales y actos de conspiración para derrocar el régimen absolutista español.

En esta década se produjeron varios intentos de insurrección; numerosos líderes liberales, como Riego, el Empecinado y José María de Torrijos, fueron ejecutados. La joven granadina Mariana Pineda sufrió el mismo destino por bordar una bandera con el lema “Ley, Libertad, igualdad”.

A las dificultades políticas de los últimos años del reinado se unieron otras cuestiones: el agravamiento de la crisis económica, a causa de la pérdida de las colonias americanas y el problema de la sucesión al trono.

Después de la furia represiva Fernando VII encargó la gestión de los asuntos de gobierno a algunos experimentados burócratas como Francisco Cea Bermúdez o Luis López Ballesteros, que introdujeron algunas prudentes reformas administrativas. Entre los motivos que empujaron al rey a confiar en estos ministros destacaban la insostenible situación financiera del Estado y sobre todo, la necesidad de realizar algunas modificaciones técnicas para modernizar y mejorar el sistema monárquico absolutista con intención de asegurar su supervivencia. Los reformistas fernandinos no pretendían realizar ningún cambio político y también eran antiliberales, pero eran conscientes de que para reforzar la vieja monarquía, acabar con el desbarajuste económico y evitar el triunfo de los revolucionarios, resultaba inevitable efectuar ciertas pequeñas modificaciones.

López Ballesteros se propuso pagar las deudas del Estado, impedir que los gastos gubernamentales superaran a los ingresos e impulsar las actividades económicas mediante la creación de un nuevo Código Comercial, del Tribunal de Cuentas, de la Bolsa de Madrid y del Banco de San Fernando. Normalizó la formación de los presupuestos anuales, procuró equilibrar los ingresos y los gastos de la Hacienda, reprimió el contrabando, reguló las prácticas administrativas, desarrolló una política proteccionista con la industria catalana y llevó a cabo una política de liberalización en el terreno financiero. Sin embargo, todos sus esfuerzos concluyeron sin resultados positivos: continuó la decadencia de la ganadería ovina, la caída de las exportaciones de lana, la paralización del comercio y la disminución de los ingresos fiscales aduaneros. Y además se agravó la catastrófica situación de la Hacienda Pública, cuya resolución parecía incompatible con el mantenimiento de las exenciones fiscales en beneficio de los nobles, los clérigos y la población de los territorios forales vascongados. Por todo ello, el endeudamiento estatal creció multiplicándose casi por diez entre 1823 y 1833, de manera que el gobierno no tuvo más remedio que solicitar créditos a bancos franceses pagando intereses cercanos al 50%.

En el aspecto económico, las dificultades de la Hacienda eran tales, que el propio rey adoptó posiciones más abiertas a la colaboración con el sector moderado de la burguesía financiera e industrial de Madrid y Barcelona. Esta actitud fue mal vista por el sector más conservador y tradicionalista (nobleza y clero), se levantaron partidas realistas en Cataluña (1827) que defendían el retorno a las costumbres y fueros tradicionales. Entonces los absolutistas comenzaron a presionar al rey para que reintrodujera la Inquisición, endureciera la represión antiliberal y sustituyera a los ministros reformistas. Para conseguirlo, recurrieron a las intrigas en el entorno próximo a la familia real, a la creación de organizaciones clandestinas e incluso a la formación de grupos armados.

Estos grupos, formados por unos pocos hombres, actuaron en las zonas rurales catalanas aprovechando el descontento del campesinado a causa de las malas cosechas y llegaron a poner bajo su control las poblaciones de Vich, Cervera, Olot, Tortosa, Solsona, Manresa y Reus. La enérgica actitud del rey, que ordenó el fusilamiento de varios cabecillas ultraabsolutistas, hizo que fracasaran todos sus esfuerzos.

En 1828, los absolutistas más intransigentes ya estaban definitivamente decepcionados con Fernando VII y se agruparon en torno al infante Carlos María Isidro, hermano menor del rey, quien había demostrado ser un antirreformista y un teócrata convencido de que lo “primero era la gloria de Dios, el fomento y esplendor de su santa religión”.

En política exterior, todo el reinado de Fernando VII se saldó con una situación calamitosa, pues significó la descalificación de España como gran potencia internacional, y además, presenció el inicio de la independencia colonial americana.

En 1829, murió la tercera esposa del monarca, ello dejaba abierta la sucesión del rey español en la persona de su hermano Carlos María Isidro, principal líder del sector reaccionario. Pero Fernando VII decidió contraer matrimonio con María Cristina de Borbón. En abril de 1830, estando la reina embarazada, Fernando VII mandó publicar la Pragmática Sanción por la que derogaba la Ley Sálica, que impedía reinar a las mujeres en España. En octubre de 1830 nacía Isabel, la última esperanza de los liberales para llevar a cabo sus transformaciones, ya que los absolutistas se habían agrupado en torno a Carlos. Los reaccionarios presionaron al rey, enfermo en 1832, para que derogase la Pragmática Sanción, pero ese acto fue un secreto a voces, de modo que los liberales se pusieron en marcha para cambiar la voluntad del monarca. Restablecida su salud Fernando VII declaró públicamente que la infanta Isabel fuese jurada heredera en las Cortes de mayo de 1833. El monarca murió el 29 de noviembre de 1833.



INTRODUCCIÓN

Tras las guerras napoleónicas se inició en Europa el período conocido como la Restauración: desde 1814, los monarcas legítimos retornaron a sus tronos y restablecieron los regímenes absolutistas destruidos por la oleada revolucionaria iniciada en 1789. En España también se produjo la restauración del Antiguo Régimen tras la revolución política impulsada por la Guerra de la Independencia. El retorno de Fernando VII a España supuso la anulación de las reformas liberales y de los principios revolucionarios emanados de las Cortes de Cádiz y el restablecimiento de la monarquía absoluta (1814-1820).

La derrota de Napoleón provocó la precipitada salida de España de su hermano José I. Napoleón firma en diciembre de 1813 un acuerdo con Fernando VII (tratado de Valençay) reconociéndole como rey y permitiéndole regresar a su país. Había una enorme expectación sobre cuál sería el rumbo que el nuevo monarca daría a la política española. Las Cortes se trasladan desde Cádiz a Madrid para esperar en la capital la llegada de Fernando, lo que sucede a comienzos de 1814.



INTRODUCCIÓN

El período que transcurre entre 1808 y 1833 se caracterizó en España por una profunda crisis del entramado político sobre el que se sustentaba el Antiguo Régimen. La crisis del Antiguo Régimen provocó en España un estado de guerra civil permanente entre los partidarios del Antiguo Régimen (absolutistas) y los partidarios de la monarquía parlamentaria (liberales). Este tránsito tuvo unos rasgos muy característicos, porque el cambio político no estuvo acompañado de un auténtico cambio social y económico. Esta crisis se va a manifestar a través de:

1. crisis institucional: motín de Aranjuez y abdicaciones de Bayona.

2. levantamiento nacional y guerra de la Independencia.

3. revolución liberal de las Cortes de Cádiz.

2. CORTES DE CADIZ Y LA CONSTITUCIÓN DE 1812: SU OBRA REFORMADORA

Durante la Guerra de Independencia, una minoría de intelectuales liberales quiso aprovechar la situación de inestabilidad y de vacío de poder (el rey al que reconocían casi todos como legítimo, Fernando VII, se encontraba exiliado en Francia) para llevar a cabo el desmantelamiento del Antiguo Régimen, para lo cual hubo de enfrentarse con los estamentos privilegiados, contrarios a esos cambios. La gran masa de españoles, ignorantes y fanáticos, estuvo totalmente al margen de este debate político, inclinándose más bien hacia las posiciones de los absolutistas debido a la influencia que sobre ellos ejercía el clero. Ya sabemos que por las circunstancias de la guerra, la Junta Suprema Central tuvo que instalarse en la ciudad de Cádiz, la cual, pese al asedio y el bombardeo que sufrió durante largo tiempo, nunca llegó a ser tomada por los franceses. Cuando las operaciones militares organizadas por dicha Junta concluyeron en sucesivos fracasos, la Junta se disolvió y en su lugar fue nombrado un Consejo de Regencia colectivo, que en teoría iba a gobernar en nombre de Fernando VII en tanto durase su permanencia en Francia. Sin embargo varios meses después llegan a Cádiz noticias de la rebelión independentista que está comenzando en las colonias americanas. Este es el motivo por el que la Regencia se decidiera a convocar una reunión de las Cortes (septiembre de 1810), creyendo así ingenuamente que lograrían frenar el movimiento separatista, pues también acudirían a las Cortes representantes de las provincias americanas.

2.1. LAS CORTES DE CÁDIZ, cuya actividad duró hasta la primavera de 1814, estuvieron integradas por representantes de todas las provincias tanto peninsulares como americanas, pero, debido a la situación de guerra, en la práctica fueron muchos los diputados “sustitutos” gaditanos, entre los que predominaban los miembros de clases medias y burguesas, la mayoría de ellos partidarios de las reformas liberales. Los miembros del clero y la nobleza, casi todos contrarios a los cambios, quedaron en minoría.

Las Cortes se constituyeron en Asamblea Constituyente y asumieron en su primer decreto la soberanía nacional (habida cuenta la ausencia del rey legítimo y la disolución del Consejo de Regencia), al tiempo que proclamaba la igualdad jurídica de todos los ciudadanos (incluidos los americanos, a quienes se pretendía quitar argumentos secesionistas). Ambas medidas significaban un ataque frontal contra la estructura política del Antiguo Régimen.

Desde el principio las Cortes quedaron divididas en dos grandes grupos: los liberales y los absolutistas o serviles (la mayoría del clero y la nobleza). También hubo un tercer sector, el de los jovellanistas, que pretendía conciliar el respeto a los estamentos superiores con la consecución de las reformas (por tanto, sus posiciones eran intermedias entre los dos grupos principales). Los liberales, apoyados por la prensa, constituyeron el grupo más numeroso, por lo que mediante diversos decretos pudieron imponer medidas cuyo objetivo era acabar con las viejas estructuras del Antiguo Régimen, tales como:

a) políticas:

– soberanía nacional

– libertad de imprenta

– Constitución de 1812

– División de poderes

b) administrativas:

– centralización y racionalización institucional

– división en provincias

– Diputación Provincial.

c) social:

– liquidación del orden estamental

– tímida desamortización eclesiástica

– igualdad de los españoles ante la ley

– supresión de la Inquisición

d) económicas:

– libertad de trabajo

– libertad de producción, de comercio y precios.

Constitución.- Hasta la Revolución Francesa, el Derecho del Antiguo Régimen estaba constituido por un conjunto de normas dictadas por los soberanos absolutos, quienes para su aprobación no habían requerido la aprobación de los representantes de la nación. Además eran leyes que reconocían privilegios y diferencias entre los individuos, según su extracción social o su lugar de residencia. En el Derecho actual, se denomina Constitución a la ley fundamental de organización de un Estado, es una ley de rango superior que está por encima de cualquier otra ley de ese Estado. Su contenido fija los aspectos esenciales que deben regir su organización política: el depositante de la soberanía (el rey, la nación, el pueblo), el régimen político, la composición y la función de los poderes e instituciones del Estado, los derechos y deberes fundamentales de los ciudadanos.

2.2. LA CONSTITUCÓN aprobada en 19 de marzo de 1812 fue la obra más trascendente de las Cortes de Cádiz, (bautizada por el pueblo como “La Pepa”). Su extensísimo texto (384 artículos) constituye un resumen de las ideas del liberalismo español en su primera época. Paradójicamente esta Constitución de 1812, hecha por gente que estaba luchando contra los franceses, se inspira en muchos principios que proceden de Francia (por ejemplo, la definición de la ley como expresión de la voluntad popular parte de la idea del “contrato social” de Rousseau; o también el principio de separación de poderes se atribuye a otro filósofo francés: Montesquieu). Su contenido se basaba en cinco principios fundamentales: la afirmación de la soberanía nacional, la introducción de la división de poderes, la declaración de la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley, el establecimiento de elecciones mediante sufragio universal y el reconocimiento de amplios derechos y libertades individuales. Las ideas principales de la Constitución son:

· El principio de la soberanía nacional, cuestión polémica como pocas (art. 3). Corresponde a la nación (es decir a los españoles, y no al rey, como hasta entonces) el derecho a establecer las leyes por las que regirse.

· El principio de la división de poderes. El poder legislativo corresponde “a las Cortes con el Rey” (art. 15). Las Cortes estarán formadas por los representantes de los ciudadanos, elegidos por éstos, y se reunirán en una sola cámara (unicameralismo). Las elecciones se celebrarán por sufragio universal masculino, pero sólo podrán presentarse como candidatos aquéllos que posean una cierta renta, con lo que las Cortes serán casi monopolizadas por la burguesía propietaria, además del clero y la nobleza. Ningún campesino o persona procedente de las clases bajas consiguió ser diputado. El poder ejecutivo pertenece al Rey, quien nombra a su gobierno formado por siete secretarios de despacho (más tarde llamados ministros). La figura del Rey cambia por completo respecto al sistema de monarquía absoluta, pues ahora está sometido a la Constitución y sólo tiene los poderes que ésta le otorga (monarquía constitucional). El poder judicial corresponde a los tribunales de justicia, con lo cual la nobleza y el clero pierden definitivamente sus competencias tradicionales al respecto.

· Nace la institución del Tribunal Supremo. La Justicia (poder judicial) ha de actuar con total independencia del Rey (poder ejecutivo) y de las Cortes (poder legislativo).

· Se regulan las funciones de las Diputaciones Provinciales y de los Ayuntamientos.

· El art. 12 proclama la catolicidad del estado y no establece la libertad religiosa. Se pretendía así contentar a los sectores más tradicionales (y por tanto más favorables a la defensa del catolicismo), aunque esta idea sea contraria a los principios del liberalismo.

· Igualdad jurídica de los ciudadanos (art.248). Iguales derechos y deberes para todos los españoles, idea que choca con la estructura estamental tradicional.

· Sistema fiscal unificado para todo el territorio, sin privilegios para ningún grupo o estamento (art. 339), lo que también choca con los derechos tradicionales de la nobleza y el clero.

· Supresión de las aduanas interiores, basándose en el principio de la unicidad del estado.

· Creación del Presupuesto Nacional como forma de control de los ingresos y gastos del estado.

La situación de guerra y la posterior vuelta de Fernando VII (quien se apresuró a suprimirla nada más llegar a España) hicieron que la Constitución de Cádiz no llegara a tener vigencia real desde que se aprobó en 1812 hasta 1814. No obstante es una constitución casi mítica para la doctrina liberal, con un enorme prestigio no sólo en nuestro país sino también en otros, tanto de Europa como en América (las colonias americanas, una vez convertidas en estados independientes, la tomarían como modelo para elaborar sus respectivas constituciones). En los periodos 1820-23 y 1836-37 los liberales españoles conseguirán reponerla.

La administración de justicia es competencia exclusiva de los tribunales y se establecen los principios básicos de un Estado de derecho: códigos únicos en materia civil, criminal y comercial, garantías de los procesos. La representatividad era en proporción a la población de cada provincia y no por estamentos, pero se exigía un mínimo de renta para elegir y ser elegido. Creaba además la división provincial y las Diputaciones provinciales. Otros artículos de la Constitución contemplan la reorganización de la administración provincial y local, la reforma de los impuestos y la Hacienda Pública .En resumen, el texto establece los principios de una sociedad moderna, con derechos y garantías para sus ciudadanos.

Este texto inicia la historia del constitucionalismo español que llega hasta la actual de 1978. A pesar de la importancia de su obra, las Cortes no tuvieron gran incidencia práctica en la vida del país. La situación de guerra impidió la efectiva aplicación de lo legislado en Cádiz y, al final de la guerra, la vuelta de Fernando VII frustró la experiencia liberal y condujo al retorno del absolutismo. Además las ideas políticas liberales fueron abrazadas exclusivamente por una parte minoritaria de la población, en la que se encontraban altos burócratas, juristas abogados, profesores, escritores y periodistas. Casi todos ellos eran jóvenes y pertenecían a las nuevas clases urbanas, es decir a la burguesía.



INTRODUCCIÓN

Las décadas centrales del siglo XIX (desde 1833 hasta 1874), que constituyen el objeto de estudio de este tema, se caracterizan por ser un periodo de cambios que afectaron a todos los aspectos de la vida en España.

· En lo político, hay que señalar la sustitución del viejo sistema absolutista por otro de tipo liberal, con constituciones, limitación del poder regio, partidos políticos, elecciones, etc. No obstante, la inestabilidad, las guerras civiles y el protagonismo político de los militares son caracteres que demuestran la debilidad del nuevo régimen, como se aprecia también en las dificultades que tiene éste para imponerse sobre los partidarios del absolutismo (los carlistas).

· En lo económico, este periodo está marcado por la progresiva aparición de unas estructuras capitalistas, de forma que el antiguo sistema agrario de tipo señorial o feudal va dando paso muy lentamente a otro distinto caracterizado por los cambios en el sistema de propiedad de la tierra (desamortizaciones), la aparición de la industria (pero sólo en unas pocas regiones del país y limitado a los sectores textil y siderúrgico), el nacimiento de la banca moderna, el gran desarrollo de la minería y la emigración masiva desde las zonas agrarias a las ciudades.

· En lo social, los cambios son también importantes, pues poco a poco va desapareciendo la estructura estamental heredada desde la Edad Media (que se fundamentaba en la desigualdad jurídica de la población), naciendo en su lugar otra en la que la distinción social se basa en la riqueza de cada individuo (sociedad de clases). La nobleza y el clero pierden sus privilegios tradicionales y son sectores en retroceso. En cambio, la burguesía o clase empresarial, enriquecida gracias a las desamortizaciones, a la aparición de la industria moderna, al desarrollo comercio y a las actividades financieras, se convierte en la nueva clase dominante. Hay que señalar además la aparición de otra clase, el proletariado, cuya aspiración a una mayor igualdad social constituirá una constante amenaza para la burguesía.

1. LA TORMENTOSA TRANSICIÓN AL LIBERALISMO: EL CARLISMO.

A partir de 1833 se produjo la desaparición definitiva del Antiguo Régimen, tras los dos intentos frustrados anteriores de implantar el liberalismo: el de las Cortes de Cádiz (1810-14) y el del Trienio Liberal (1820-23). Sin embargo el proceso que comienza con la muerte de Fernando VII y la ascensión al trono de su hija Isabel II no fue fácil, sino traumático: una guerra civil. En efecto, las tensiones acumuladas en los últimos años del reinado anterior estallaron cuando los absolutistas más ultras, denominados apostólicos y más tarde carlistas, no aceptaron la pérdida de la corona por parte de Carlos María Isidro, con lo que eso significaba políticamente, y comenzaron una guerra para la que llevaban ya tiempo preparándose. Por tanto el enfrentamiento entre Carlos María Isidro y María Cristina (madre de la reina Isabel, de la que actúa como regente) es una cuestión dinástica, pero con un claro trasfondo político: los carlistas pretenden mantener el Antiguo Régimen mientras que los que quieren acabar con él (liberales) apoyaban la causa de Isabel II.

1.1. EL CARLISMO constituye una ideología reaccionaria que se caracteriza por la defensa de los fueros vascos y navarros (que peligraban si se imponía el liberalismo, dado que éste tiende a la unificación legislativa), el tradicionalismo (rechazo de la “modernidad”, entendida como degeneración y pérdida de la identidad propia y de las costumbres), el ruralismo (exaltación de la vida campesina frente al proceso creciente de urbanización, por la deshumanización que ésta comporta) y la intransigencia religiosa (pretendía mantener los privilegios del clero así como restablecer la Inquisición). Su lema es Dios, Patria y Rey. Su ámbito geográfico y social era principalmente el País Vasco y Navarra, debido a su defensa de los fueros, y, en menor medida, las zonas montañosas de Cataluña, Valencia y Aragón. En el resto de España el apoyo a la causa carlista fue bastante minoritario (únicamente un sector importante del clero, algunos nobles y campesinos muy apegados a la tradición). Sin embargo Carlos María Isidro pretendía ser rey de toda España y en ningún modo separar al País Vasco y Navarra de aquélla. Los escándalos personales y financieros que provocaba constantemente la regente María Cristina produjeron un aumento de simpatías hacia la causa de su cuñado Carlos, cuya conducta privada era intachable.

El programa político carlista (que era bastante simple y poco concreto) se resumía en su lema: “Dios, Patria, Fueros y Rey”. Sus valores y principios ideológicos más característicos eran:

* la defensa del absolutismo regio de origen divino y del mantenimiento, sin modificaciones, de las jerarquía y privilegios sociales estamentales

* el integrismo religioso y la defensa plena de todos los intereses de la iglesia: oposición a la libertad religiosa, rechazo de las desamortizaciones y mantenimiento del diezmo. Este catolicismo teocrático fue por encima de cualquier otra idea u objetivo, la seña de identidad esencial de los carlistas

* el mantenimiento de los fueros vascos y navarros amenazados por las propuestas liberales de contenido igualitario, uniformador y centralista

* el inmovilismo y la completa oposición a cualquier reforma, por considerar a los liberales como enemigos de dios y el rey

* la fidelidad a la “patria” entendida como un conjunto de tradiciones, normas, costumbres y creencias seculares recibidas de los antepasados. Los carlistas rechazaban todas las novedades del mundo moderno y se resistían al avance de la industrialización y del capitalismo que según ellos, ponían en peligro de desaparición los fundamentos de la sociedad tradicional y agraria del pasado.

· La Primera Guerra Carlista (1833-1840) fue una guerra civil pero con trascendencia internacional. Esto último se debe a que las principales potencias absolutistas (Rusia, Austria y Prusia) apoyaron a Carlos mientras que los países de régimen liberal (Francia, Portugal e Inglaterra) ayudaron a Isabel. El apoyo inglés y francés al bando liberal obedecía no sólo a razones de afinidad política, sino también al compromiso de María Cristina de pagar la deuda exterior que había contraído el gobierno durante el Trienio Liberal y que Fernando VII, tras la segunda restauración absolutista, no había querido reconocer. Además el gobierno liberal se comprometía a abrir el mercado español a los productos y capitales extranjeros. La ayuda inglesa se concretó en el envío de 10.000 soldados voluntarios y la concesión de créditos y de una gran cantidad de armamento.

La guerra se caracterizó por su gran crueldad y ocasionó unos 200.000 muertos. De los choques iniciales salieron vencedores los carlistas, gracias a la eficacia y rapidez en las acciones de su general en jefe Zumalacárregui, un genial estratega que ya había participado como capitán en la Guerra de Independencia. Otra razón fue la lentitud e indecisión de la regente María Cristina en el envío de tropas a las zonas sublevadas, puesto que hasta el último momento esperó lograr un acuerdo con su cuñado que evitase la guerra. Pese a sus éxitos iniciales y al dominio que ejercían sobre las zonas rurales del Norte, los carlistas fracasaron en su intento de conquistar ciudades importantes. Después de la muerte de Zumalacárregui en el asedio de Bilbao (1835 los liberales tomaron el control de la contienda, siendo dirigidos por el general Espartero. Sin embargo ésta se prolongó por la imposibilidad del ejército liberal de dar un golpe definitivo a sus adversarios carlistas, que habían adoptado con éxito el sistema de guerrillas y que encontraban el apoyo de la mayoría de los campesinos norteños. No obstante, el lógico desgaste que producía un conflicto tan largo y cruento explica la división del bando carlista entre los partidarios de negociar una paz honrosa (encabezados por el general Maroto, lorquino de nacimiento) y los que querían continuar a todo trance una guerra que era imposible ganar (el general Cabrera y el propio pretendiente don Carlos). Finalmente en agosto de 1839 tuvo lugar en la localidad de Vergara la firma oficial del tratado de paz entre el general carlista Maroto y el liberal Espartero (Convenio o “Abrazo de Vergara”). Por este tratado los carlistas aceptaban a Isabel II como reina, lo que suponía la aceptación de su derrota; a cambio los isabelinos se comprometían a respetar los fueros vascos y navarros, al tiempo que permitían la incorporación de los militares carlistas en el ejército español con plenos derechos. Sin embargo el acuerdo fue considerado como una traición por el sector más intransigente del carlismo, que, encabezado por el general Cabrera, continuó sus acciones bélicas un año más en algunas comarcas montañosas de Aragón y Valencia (el Maestrazgo). La derrota final obligó a Carlos Mª Isidro a refugiarse en el extranjero.

· A lo largo del siglo XIX los carlistas provocaron otras dos guerras civiles más. La llamada segunda guerra carlista se produjo durante la mayoría de edad de Isabel II y tiene como causa el rechazo hacia la conducta privada de la reina (caracterizada por la proliferación de escándalos personales), además de la sempiterna defensa de la religión católica y de los fueros vascos y navarros. Carlos María Isidro (“Carlos V” en la denominación carlista) había abdicado en su hijo, también llamado Carlos (“Carlos VI”) en 1845. Entre 1846 y 1849 tiene lugar esta segunda guerra, durante la cual no hubo ninguna batalla propiamente dicha, pero sí continuos escarceos bélicos en los mismos escenarios de la primera contienda, sin que los sublevados obtuvieran resultados positivos para su causa. Más tarde, en 1860 se produjo el desembarco de “Carlos VI” en San Carlos de la Rápita, junto con un grupo de partidarios. La expedición fue un fracaso y acabó con el encarcelamiento del pretendiente.

· La tercera y última de las guerras carlistas comenzó en 1872, durante el reinado de Amadeo I. El nuevo pretendiente a la corona es ahora “Carlos VII”, quien quiere aprovechar la situación de máxima inestabilidad que vivía el país en aquellos años para hacerse con el poder. “Carlos VII” llegó a proclamarse rey con toda solemnidad en la Basílica de Loyola, a acuñar moneda con su efigie e incluso a establecer una corte en la localidad navarra de Estella. La guerra duró cuatro años y concluyó, ya empezada la Restauración (reinado de Alfonso XII), con una nueva derrota del bando carlista. El gobierno del presidente Cánovas decidió entonces acabar con el problema de una vez por todas suprimiendo los fueros de las tres provincias vascas y de Navarra. Para acallar las protestas surgidas en contra de esta medida (que suponía el pago de los mismos impuestos que en el resto de España, además de la imposición del servicio militar obligatorio), el gobierno español estableció una serie de conciertos económicos con las provincias afectadas.

CONSECUENCIAS.-

La guerra concluyó con la firma del Convenio de Vergara que fue un compromiso donde predominó la búsqueda de la reconciliación entre ambos bandos y el deseo de reintegrar a los derrotados carlistas en el nuevo sistema político creado por los liberales vencedores. Así pues en contenido de este convenio era abiertamente conciliatorio. Los isabelinos reconocieron los grados de los oficiales y mandos que habían servido en el bando carlista para facilitar su reinserción en el Ejército regular español. Así lo hicieron muchos.

Además de los elevados costes humanos, se produce la inclinación de la monarquía hacia el liberalismo por el agrupamiento de los absolutistas en torno a don Carlos y el protagonismo político de los militares. Ante la amenaza carlista, los militares se convirtieron en una pieza clave para la defensa del régimen liberal. Los generales, conscientes de su protagonismo, se acomodaron al frente de los partidos y se erigieron en árbitros de la vida política. El recurso abusivo a la práctica del pronunciamiento se convirtió en la forma habitual de instaurar cambios de gobierno o de reorientar la política durante todo el reinado.

Por último, los enormes gastos de guerra que situaron a la nueva monarquía liberal ante serios apuros fiscales, que en gran medida condicionaron la orientación dada a ciertas reformas, como por ejemplo la desamortización de Mendizábal.

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