Trienio Liberal y Regencias: Transición al Liberalismo en España (1820-1843)

El Trienio Liberal (1820 – 1823)

El 1 de enero de 1820 triunfó un pronunciamiento en favor de la Constitución. Lo encabezó el coronel Rafael de Riego en Cabezas de San Juan (Sevilla). La pasividad del ejército real y la acción de los liberales en las ciudades obligaron al rey a aceptar la Constitución de 1812. El gobierno proclamó una amnistía, que permitió el regreso de liberales y afrancesados, y convocó elecciones, que fueron ganadas por los liberales.

Las nuevas cortes iniciaron una importante obra reformista. Desarrollaron una serie de leyes que reflejan la libertad de imprenta, asociación y reunión, lo que permitió el impulso de la prensa y de las sociedades patrióticas.

El principal objetivo del Trienio fue consolidar la abolición del Antiguo Régimen. Para ello se tomaron las siguientes medidas:

  • Supresión de los señoríos jurisdiccionales, mayorazgos y vinculaciones.
  • Aprobación de una reforma eclesiástica, que suprimía los conventos y secularizaba a los frailes. Se llevó a cabo una desamortización de tierras del clero regular, que pasaron al Estado y fueron vendidas a particulares en subasta pública. De esta manera se limitaba el poder de la Iglesia y se conseguían recursos para la Hacienda pública y potenciar el desarrollo agrario.
  • Reforma del sistema fiscal para aumentar los recursos del Estado y disminución del diezmo de la Iglesia.
  • Eliminación de los gremios y aprobación de la libertad de industria y de circulación de mercancías.

Para mantener el orden público se creó la Milicia Nacional, un cuerpo de ciudadanos armados, formado por clases medias urbanas. De igual manera, se procedió a una nueva división del territorio en provincias y a organizar ayuntamientos y diputaciones por medio del sufragio. Se impulsó la educación, garantizando la existencia de escuelas primarias en todos los pueblos de más de 100 vecinos.

Sin embargo, todo este amplio programa liberal despertó una amplia oposición de la monarquía y de los absolutistas. Las reformas en el campo se tradujeron en el descontento de los campesinos, ya que no posibilitó su acceso a la tierra, pues se convertían en arrendatarios, aparceros o jornaleros, y no en propietarios. La nobleza tradicional y la Iglesia, perjudicadas por la supresión del diezmo y los privilegios, y por la venta de bienes, estimularon la revuelta contra los gobernantes del Trienio.

El triunfo del liberalismo en España contagió a otros territorios como Nápoles, Portugal o el Piamonte, y alarmó a las potencias que habían formado la Santa Alianza. De este modo, ante la demanda de ayuda de Fernando VII, dieron lugar a la formación de un ejército francés, los *Cien Mil Hijos de San Luis*, que bajo el mando del duque de Angulema invadió España en 1823 con el fin de restablecer el orden tradicional.

Las Regencias de María Cristina y Espartero (1833 – 1843)

El Estatuto Real

Al mismo tiempo que se libraba la guerra carlista, se produjo la transición al liberalismo, que inicialmente fue realizada por políticos moderados como Cea Bermúdez y Martínez de la Rosa. Esta transición entre absolutismo y liberalismo se plasmó en la promulgación del Estatuto Real de 1834. No es una constitución, sino algo similar a una carta otorgada, una concesión de la Corona que hace algunas concesiones de poder. De ideología conservadora, fija las bases de un régimen parlamentario con unas cortes bicamerales de carácter consultivo, no recoge derechos individuales ni la soberanía nacional.

Sin embargo, es en esas Cortes donde se empiezan a perfilar ya los futuros partidos políticos del reinado, al tiempo que se sientan las bases de un régimen parlamentario, lo que supone el fin del absolutismo en España. Serán estos liberales moderados quienes desarrollen leyes para la administración de justicia y una nueva división provincial (Javier de Burgos, 1833).

La Constitución de 1837

A partir de 1835 se produjo un movimiento revolucionario en el que las masas populares liberales reclamaban derechos (sobre todo de imprenta, reunión y reformas electorales) no contemplados en el Estatuto. Hubo disturbios, quema de conventos y fábricas y se constituyeron juntas revolucionarias. María Cristina se vio obligada a dar el poder a los liberales exaltados o progresistas, asumiendo la presidencia del gobierno Juan Álvarez Mendizábal. Otro movimiento insurreccional progresista, el motín de los sargentos de La Granja (1836) obligó a la regente a derogar el Estatuto Real y restaurar la Constitución de 1812 hasta la promulgación de una nueva, en 1837.

La Constitución de 1837 es de carácter progresista. Reconoce la soberanía nacional, pero de forma compartida con el rey; establece división de poderes; incluye una relación de derechos (libertad de imprenta, reunión y asociación, derecho a la propiedad, igualdad ante la ley, etc.) y reconoce la libertad religiosa, aunque el Estado mantendrá el culto católico. Se mantiene el bicameralismo y la capacidad de veto por parte de la Corona. El sufragio era censitario (2% de la población) y los ministros eran nombrados por el rey. Durante este tiempo se realizó también la desamortización de Mendizábal sobre las tierras de la Iglesia.

La Regencia de Espartero

Tras las revueltas generalizadas contra el gobierno moderado de María Cristina, ésta marcha al exilio (1840) y asumió la regencia el general Espartero, líder de los progresistas y vencedor de la guerra carlista. Sin embargo, su gobierno, de corte autoritario apoyado en el ejército, le creará muchos enemigos y opositores. Tras un pronunciamiento y una insurrección general, Espartero será derrotado y las Cortes deciden adelantar la mayoría de edad de Isabel, quien es proclamada reina en 1843, con sólo 13 años.

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